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Golpeó a su expareja, violó la domiciliaria y lo condenaron a prisión efectiva

Un hombre fue condenado a un año de prisión de cumplimiento efectivo por golpear a su expareja en Santa Rosa. Fue declarado reincidente. Durante la causa había recibido arresto domiciliario con tobillera electrónica, pero incumplió la medida y s…

Por F autor3 min de lectura
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Golpeó a su expareja, violó la domiciliaria y lo condenaron a prisión efectiva
Golpeó a su expareja, violó la domiciliaria y lo condenaron a prisión efectiva · Foto: El Diario de La Pampa

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Un hombre fue condenado a un año de prisión efectiva por agredir a golpes a su expareja, en un hecho ocurrido en marzo pasado en Santa Rosa. La Justicia lo declaró reincidente y encuadró el episodio en un contexto de violencia de género.

La sentencia fue dictada la semana pasada por el juez de Control Carlos Chapalcaz, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre la fiscal Cecilia Molinari, el imputado y el defensor oficial Juan José Hermúa.

El hombre fue considerado autor material y penalmente responsable del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en un contexto de violencia de género, conforme a la Ley 26.485. Además de imponerle un año de prisión de cumplimiento efectivo, el magistrado lo declaró reincidente.

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La agresión

El hecho ocurrió durante la tarde del 17 de marzo de este año. De acuerdo con la reconstrucción incorporada a la sentencia, la mujer llegó hasta un domicilio de Santa Rosa donde se encontraba su expareja.

Cuando la vio, el hombre comenzó a insultarla y amenazarla. La víctima intentó retirarse en una motocicleta, pero el agresor la tomó de los cabellos, la bajó del rodado y comenzó a golpearla.

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La mujer cayó sobre el asfalto y recibió golpes de puño en distintas partes del cuerpo, entre ellas los brazos, la cabeza, la espalda, las piernas y el rostro. El ataque continuó mientras permanecía en el piso y, posteriormente, cuando logró incorporarse.

Finalmente pudo subir nuevamente a la motocicleta y retirarse del lugar. Desde la vivienda a la que se dirigió pidieron asistencia policial a través del 101.

Las lesiones fueron constatadas por el Servicio de Sanidad Policial y documentadas mediante fotografías. También intervino el médico forense Pablo Miguel Veliz, quien determinó que las heridas sufridas por la mujer tenían carácter leve.

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La investigación incorporó además testimonios de personas que ubicaron a la víctima y al agresor en el lugar y que observaron posteriormente las lesiones. También declaró, mediante un dispositivo de CCTV, un hijo de ambos, quien relató distintas situaciones de violencia vividas dentro del ámbito familiar.

Arresto domiciliario

Durante el proceso judicial se produjo otro episodio que agravó la situación procesal del acusado. Mientras se encontraba bajo prisión preventiva en modalidad domiciliaria y controlado mediante una tobillera electrónica, incumplió la medida y se acercó al domicilio de su expareja.

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A raíz de ese incumplimiento, la Justicia reexaminó la medida de coerción y dispuso que pasara a cumplir prisión preventiva efectiva.

Chapalcaz consideró acreditado que el acusado había agredido físicamente a quien había sido su pareja y que las lesiones debían ser agravadas por ese vínculo. También determinó que el episodio debía encuadrarse en la Ley de Protección Integral a las Mujeres como un caso de violencia física y doméstica.

La víctima

El imputado reconoció la existencia del hecho y su autoría y aceptó la pena propuesta en el acuerdo de juicio abreviado.

La víctima, en cambio, quien intervino en el proceso como querellante particular junto a su abogada Vanesa Silvana Ortiz, no prestó conformidad con el monto de la pena acordada. Además, pidió ser informada en los términos de la Ley 24.660 sobre cualquier decisión que pueda modificar las condiciones de detención del condenado.

El juez hizo lugar a ese pedido y ordenó que sea notificada ante eventuales planteos vinculados con salidas transitorias, semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, libertad asistida o cualquier otro régimen preparatorio para la liberación.

Fuente: El Diario de La Pampa

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