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Gritos y tensión en el fallo: negó el abuso ante los padres de la víctima, pero lo condenaron a 4 años de prisión

El acusado cuando era sentenciado miró fijamente a los familiares de la víctima, luego comenzó a decirles cosas y ellos no le dirigieron la palabra y ni lo miraron. En un fallo unánime del tribunal colegiado lo declararon culpable por un delito menor de lo que había solicitado fiscalía.

Por Tiempo de San Juan4 min de lectura
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Gritos y tensión en el fallo: negó el abuso ante los padres de la víctima, pero lo condenaron a 4 años de prisión
Gritos y tensión en el fallo: negó el abuso ante los padres de la víctima, pero lo condenaron a 4 años de prisión · Foto: Tiempo de San Juan

Una jornada de extrema tensión se vivió este martes en los tribunales locales durante la lectura de la sentencia contra J.P.M., el hombre que llegó a juicio acusado de haber abusado sexualmente de una menor de edad. En un veredicto que generó un fuerte impacto en la sala, el tribunal resolvió condenar al imputado a la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectivo, tras recalificar la grave imputación inicial por un delito menor.

El fallo fue dictado de manera unánime por el tribunal colegiado, presidido por el juez Federico Rodríguez y compuesto por los vocales Gerardo Javier Fernández Caussi y Pablo Leonardo León. Los magistrados consideraron al acusado penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda, en concurso real, por dos hechos.

La resolución judicial desató un momento de alta fricción. Mientras escuchaba la condena, el imputado fijó su mirada en los familiares de la víctima presentes en el recinto. Rompiendo el silencio de la sala, comenzó a increparlos a viva voz, asegurando que él no había hecho nada y que todo se trataba de una mentira, llegando incluso a gritar el nombre de la madre de la joven. Los allegados de la víctima optaron por mantener una postura firme: ignoraron por completo las provocaciones, no le dirigieron la palabra ni la mirada, y se retiraron de inmediato de la sala de audiencias.

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Tras el desplante, J.P.M. permaneció en el banquillo y le suplicó a su abogado defensor: "Por favor, Jorge, impugná esto que no es así".

La sentencia final distó considerablemente de las pretensiones iniciales del Ministerio Público Fiscal. La UFI CAVIG, representada por la fiscal Claudia Ruiz Carignano y las ayudantes fiscales Silvina Zogbe y Paula Ventimiglia, había sostenido a lo largo del debate una acusación penal mucho más severa, que incluía los delitos de abuso sexual simple agravado por la guarda, abuso sexual con acceso carnal y corrupción de menores. Bajo esa hipótesis, el acusado enfrentaba una expectativa de pena de hasta 15 años de cárcel.

Durante los alegatos y la posterior audiencia de determinación de la pena, la fiscalía solicitó formalmente una sanción de 6 años de prisión efectiva basándose en la gravedad de los hechos ventilados. Por su parte, la defensa técnica, ejercida por el médico y abogado Jorge Luis Gil, sorprendió al tribunal al solicitar una suspensión de juicio a prueba (probation), un recurso inusual para la instancia y la naturaleza del debate.

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Finalmente, el tribunal colegiado optó por descartar las figuras de acceso carnal y corrupción de menores, recalificando el caso hacia el abuso sexual simple agravado y fijando el monto de la pena en 4 años.

Junto con la condena, el tribunal dictó de manera inmediata la prisión preventiva para el condenado. Hasta el día de hoy, J.P.M. gozaba del beneficio de la prisión domiciliaria bajo el argumento de que debía sostener económicamente a su familia mediante el trabajo en un almacén de su propiedad.

A partir de la resolución de los jueces, se dispuso su inmediato traslado al Servicio Penitenciario Provincial, donde comenzará a cumplir la pena de forma efectiva.

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Los hechos que originaron este juicio penal ocurrieron hace más de una década. Según la reconstrucción de la fiscalía, las agresiones comenzaron cuando la víctima tenía apenas 6 años. El acusado se habría aprovechado de su vínculo cercano y de confianza con la menor para someterla a tocamientos, obligarla a ver pornografía y retenerla en su regazo bajo el falso pretexto de "enseñarle a manejar". Las agresiones, de acuerdo con la denuncia original, escalaron a accesos carnales a medida que la víctima fue creciendo.

La joven cargó con el Calvario en silencio hasta que, siendo ya mayor de edad, logró exteriorizar la situación ante una psicóloga y, posteriormente, ante una tía que la impulsó a buscar justicia. A sus 18 años, la víctima radicó la denuncia formal en la UFI CAVIG.

Los fundamentos de la sentencia se escucharán el próximo agosto.

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Siendo mayor confesó que la pareja de su abuela la manoseó varias veces: el acusado lo admitió, lo condenaron y quedó libre

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Fuente: Tiempo de San Juan

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