Guías llevan a la Justicia la disputa por el libre acceso al Balcón del Pissis
Sostienen que la Municipalidad de Fiambalá impone condiciones que exceden sus atribuciones y contradicen la normativa nacional y provincial sobre montañismo.

Sostienen que la Municipalidad de Fiambalá impone condiciones que exceden sus atribuciones y contradicen la normativa nacional y provincial sobre montañismo.
Guías turísticos y vecinos acudieron a la Justicia para cuestionar las condiciones establecidas por la Municipalidad de Fiambalá para el acceso al circuito del Balcón del Pissis. A través de una acción de amparo presentada ante la Quinta Circunscripción Judicial, solicitaron que se declare la nulidad e inaplicabilidad del Decreto Municipal 149/26 y pidieron una medida cautelar urgente que permita la libre circulación en las zonas de alta montaña bajo la supervisión de la autoridad provincial. No están de acuerdo con los requisitos y con el control en kilómetro cero.
El planteo fue presentado por Carlos Alberto Buslaiman y otros firmantes, con patrocinio letrado y tiene como eje la discusión sobre las facultades municipales para establecer requisitos y controles en el acceso al circuito.
Los prestadores sostienen que el decreto fija condiciones diferentes a las previstas por la normativa provincial y nacional y que afecta sus derechos a circular y trabajar, particularmente a quienes desarrollan actividades vinculadas al turismo y al montañismo.
En el escrito, cuestionan además que el Decreto 149/26 no habría sido publicado ni difundido formalmente en su totalidad y que sus requisitos fueron comunicados a través de publicaciones en redes sociales. Señalan que en el puesto de control se estarían aplicando condiciones que consideran "ambivalentes" y diferentes de las establecidas por la legislación vigente. Los accionantes sostienen que la Municipalidad de Fiambalá no puede establecer por sí misma determinadas condiciones de circulación en la huella de acceso al Pissis y que la autoridad de aplicación corresponde al ámbito provincial.
Para fundamentar su presentación citan la Ley Nacional 27.665, que declara al montañismo actividad de interés deportivo, cultural y sociorrecreativo y establece que el acceso a los espacios de montaña debe ser garantizado. Catamarca adhirió a esa norma mediante la Ley Provincial 5.811, que también modificó aspectos de la legislación provincial sobre montañismo.
El escrito también cuestiona el funcionamiento del control instalado en el denominado kilómetro cero y plantea que allí se estaría realizando una selección de guías, camionetas y visitantes que, según los denunciantes, resultaría arbitraria. Esa afirmación forma parte de los argumentos presentados ante la Justicia y deberá ser analizada en el marco del expediente.
El planteo judicial se produce luego de una temporada marcada por los problemas de seguridad en la alta montaña. En julio, más de un centenar de turistas quedaron varados en distintos sectores próximos al Balcón del Pissis durante un fuerte temporal de nieve y se desplegó un importante operativo de rescate. La Fiscalía de la Quinta Circunscripción reunió posteriormente información sobre turistas, guías y empresas que participaron de las travesías. Después de más de dos meses de cierre, la Municipalidad de Fiambalá reabrió el acceso el 26 de septiembre desde el kilómetro cero y estableció controles para verificar documentación de prestadores, habilitaciones de vehículos, licencias, seguros y elementos de seguridad como ropa de alta montaña.
En la primera reapertura se dispuso además el ingreso exclusivo de vehículos 4x4, el pago de un seguro de 20 mil pesos y cadenas en los vehículos por si hay nieve.
En el amparo, los accionantes solicitaron que la medida cautelar sea dictada con carácter urgente y que se ordene dejar sin efecto la aplicación del Decreto Municipal 149/26 mientras se resuelve la cuestión de fondo.
Fuente: El Ancasti
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