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Hackeo al legajo de Weretilneck: el juez entendió que el hecho es privado y apartó a la Fiscalía

Para el magistrado, el acceso al sistema informático del Estado provincial representó una «violación de secreto y la privacidad», y entendió que se requiere una acción del perjudicado. La fiscalía cuestionó esa interpretación y ya presentó una revocatoria. La resolución no analiz…

Por Adrian Pecollo3 min de lectura
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Hackeo al legajo de Weretilneck: el juez entendió que el hecho es privado y apartó a la Fiscalía
Hackeo al legajo de Weretilneck: el juez entendió que el hecho es privado y apartó a la Fiscalía · Foto: Río Negro

Por Adrian Pecollo

A fines de junio, el gobernador formalizó la denuncia en el Ministerio Público. Foto Archivo.

La investigación por el presunto hackeo al legajo del gobernador Alberto Weretilneck quedó archivada por una cuestión procesal al entender el juez Adrián Dvorzack que el hecho es de acción privada.

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Esa interpretación del magistrado significa que el Ministerio Público -la Fiscalía- no puede actuar e impulsar la investigación y esa actuación recae en el afectado que, en este caso, en el mandatario provincial.

La fiscal Yanina Estela adelantó su pedido de revocatoria para mantener la intervención pública. Así, este lunes, el juez aceptó la interpretación planteada por Santiago Guenomil, defensor del único acusado de la violación al sistema informático de la administración pública.

La primera audiencia del tema se cumplió la semana pasada y, en esa ocasión, frente al planteo de la defensa, Dvorzak decidió un cuarto intermedio para resolver ese requerimiento.

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El acceso al sistema informático de la Provincia fue denunciado a fines de junio por el gobernador y la Fiscalía de Estado.

Puntualmente, este lunes, el juez compartió con el defensor que el Ministerio Público Fiscal no puede impulsar de oficio una causa que entiende se encuadra en los artículos 153 bis y 157 bis del Código Penal. El primero reprocha a quien acceda, sin autorización, a un sistema informático de acceso restringido, que se agrava si se trata de organización pública, mientras que el segundo se concentra en los registros de datos personales.

Según Dvorzak, esos delitos están comprendidos en las figuras vinculadas con la violación de secretos y la privacidad, requiriendo una acción privada del perjudicado. Así, el magistrado archivó este proceso y aclaró que el mismo puede activarse si el interesado acciona judicialmente.

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La resolución no implica que el magistrado haya determinado que no existió un acceso ilegítimo al legajo del mandatario ni que haya descartado la existencia de un delito.

Dvorzak lo remarcó. "Voy a ordenar el archivo de estas acusaciones, no la desestimación, que quede claro, yo no estoy entrando en el fondo".

En la audiencia anterior, el defensor Guenomil planteó el conflicto de que la Fiscalía no podía iniciar y sostener la investigación y, tras un cuarto intermedio, el magistrado compartió ese criterio al entender que los artículos 153 bis y 157 bis no fueron incorporados expresamente dentro de las excepciones que permiten al Ministerio Público actuar de oficio.

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"Esos dos artículos no están dentro de esas excepciones", afirmó. Alude a que la reforma penal para la incorporación de los delitos informáticos -la ley 26.388- no incluye expresamente a los artículos en cuestión en su excepción del régimen de acción privada.

Dvorzak interpretó finalmente que los artículos 153 bis y 157 bis quedaron dentro del capítulo referido a la violación de secretos y la privacidad y, por esa razón, entendió que se requiere de la iniciativa de la persona afectada.

La fiscal Yanina Estela adelantó su revocatoria a la resolución y cuestionó la interpretación del juez. «Tenemos que se encuentran incluidos en la regla general, que es justamente que los delitos son de acción pública, como lo establece el Código Penal", sostuvo.

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Con ese argumento, la acusación presentó una revocatoria contra la decisión y dejó planteada la reserva para continuar la discusión ante la instancia correspondiente.

El propio juez confirmó que la vía de revisión quedó abierta: "Ya la doctora hizo el acto de revocatoria, ya quedó abierta la vía de revisión".

La Fiscalía debe formalizar la revisión en un plazo máximo de tres días y la resolución corresponderá a otro magistrado.

Temas

La investigación por el presunto hackeo al legajo del gobernador Alberto Weretilneck quedó archivada por una cuestión procesal al entender el juez Adrián Dvorzack que el hecho es de acción privada.

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Fuente: Río Negro

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