Heladas tardías: desde hoy los productores pueden denunciar daños en sus cultivos
Los afectados por las heladas del 7 de septiembre podrán presentar las denuncias hasta el 9 de octubre y acceder a beneficios según el nivel de daño.

Los afectados por las heladas del 7 de septiembre podrán presentar las denuncias hasta el 9 de octubre y acceder a beneficios según el nivel de daño.
Quedó habilitado, hasta el 9 de octubre, el registro de denuncias por las heladas tardías del 7 de septiembre
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Los productores mendocinos afectados por las heladas tardías registradas el 7 de septiembre podrán comenzar a denunciar los daños desde este lunes 28 de septiembre. El trámite estará disponible hasta el 9 de octubre y permitirá acceder a beneficios previstos por la Ley de Emergencia Agropecuaria 9.083, según el porcentaje de afectación certificado.
La presentación podrá realizarse de manera digital mediante el Sistema de Información Agrícola (SIA) o en forma presencial en las delegaciones y centros receptores de la Dirección de Contingencias Climáticas (DCC).
El mecanismo contempla dos categorías según la magnitud del daño: emergencia agropecuaria para pérdidas de entre 50% y 79% y desastre agropecuario cuando el daño alcanza o supera el 80%.
Los productores agrícolas deben estar inscriptos en el Registro de Uso Permanente de la Tierra (RUT) para efectuar la denuncia. Quienes opten por la vía digital podrán ingresar al Sistema de Información Agrícola (SIA).
También podrán realizar el trámite personalmente, de lunes a viernes, de 8 a 13, en las distintas oficinas de la Dirección de Contingencias Climáticas distribuidas en Mendoza.
El procedimiento contempla un período de 20 días corridos posteriores al fenómeno climático para evaluar el impacto real de las heladas sobre los cultivos. Luego se habilitan 10 días hábiles para presentar la denuncia.
Una vez recibidas las declaraciones, los peritos de la DCC realizarán las tasaciones correspondientes para determinar el porcentaje de daño y establecer la categoría que corresponde a cada productor.
Las denuncias por heladas se podrán realizar de modo virtual o presencial en las oficinas de la Dirección de Contingencias Climáticas
Los productores cuyo daño certificado se encuentre entre el 50% y el 79% serán considerados en situación deemergencia agropecuaria y podrán acceder a los beneficios establecidos por la Ley 9.083.
Entre las medidas previstas se encuentran:
Cuando la tasación determine un daño igual o superior al 80%, el productor queda comprendido en la categoría de desastre agropecuario.
En este caso, la normativa contempla:
La diferencia entre ambas categorías también se refleja, por lo tanto, en el alivio sobre los costos de riego y electricidad, con mayores beneficios para quienes registren daños del 80% o más.
Viñedo tras una helada: el hielo recubre las superficies y daña los tejidos.
Los productores que prefieran hacer la denuncia de manera presencial podrán acudir a las delegaciones de la Dirección de Contingencias Climáticas:
El trámite también estará disponible a través de la plataforma SIA, para los productores que cumplan con la inscripción en el RUT.
Fuente: Los Andes
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