Saltar al contenido principal

La causa estaba frenada, apelaron y cambiaron el rumbo: hay dos imputados por trata y lavado en Neuquén

La Cámara Federal de Apelaciones de Roca revocó una decisión del juez de garantías de Neuquén y permitió avanzar con la investigación contra dos hombres acusados por trata de personas con fines de explotación sexual y lavado de activos.

Por Redacción5 min de lectura
Compartir
La causa estaba frenada, apelaron y cambiaron el rumbo: hay dos imputados por trata y lavado en Neuquén
La causa estaba frenada, apelaron y cambiaron el rumbo: hay dos imputados por trata y lavado en Neuquén · Foto: Río Negro

Por Redacción

La resolución dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca revocó la decisión tomada en los tribunales de Neuquén. Foto Fiscales.gob.ar/Matías Pellón.

La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca revocó la decisión de un juez federal de garantías de Neuquén que había rechazado la formalización de una investigación penal preparatoria contra dos hombres acusados por trata de personas con fines de explotación sexual y lavado de dinero. El tribunal sostuvo que, en esta etapa, la audiencia de formalización constituye principalmente un acto de comunicación de cargos y no una instancia para evaluar de manera anticipada el mérito de las pruebas reunidas por la Fiscalía.

La resolución fue adoptada por los jueces con funciones de revisión Richard Fernando Gallego y Mariano Roberto Lozano. De esta manera, hicieron lugar a la impugnación presentada por el Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Neuquén, a cargo de la fiscal federal Ángela Pagano Mata.

El conflicto surgió a partir de una resolución del 14 de agosto, cuando el juez federal de garantías de Neuquén, Gustavo Villanueva, no había hecho lugar a la formalización respecto de los dos acusados. Según explicó la Cámara, el magistrado había considerado que la Fiscalía no había alcanzado el grado de certeza probatoria necesario para avanzar en esa instancia.

Los jueces revisores entendieron que ese criterio impedía la continuidad de las actuaciones y remarcaron además que los plazos previstos por el artículo 253 del Código Procesal Penal Federal son perentorios.

Al analizar el planteo de la Fiscalía, la Cámara delimitó el alcance que debe tener la intervención judicial durante la audiencia prevista en el artículo 254 del mismo código. Según el fallo, el juez de garantías debe controlar que el acto sea legal, comprensible y regular, y que permita al imputado conocer con precisión la acusación para ejercer su defensa.

Pero ese control, aclararon los magistrados, no puede transformarse en un análisis anticipado sobre la pertinencia o el valor de la evidencia que todavía se encuentra en etapa de producción.

En el voto de Gallego se sostuvo que la legislación no habilita al juez a intervenir en la decisión investigativa propia del Ministerio Público Fiscal. En ese sentido, señaló que "la formalización no clausura la investigación, sino que permite su prosecución respecto del imputado".

El magistrado explicó además que la hipótesis comunicada por la Fiscalía queda abierta a corroboración, modificación o descarte mediante las medidas que se produzcan posteriormente. Por ese motivo, consideró improcedente exigir en ese momento un grado de certeza propio de etapas posteriores.

El fallo remarcó que la facultad de formalizar constituye una atribución autónoma del Ministerio Público Fiscal. Para la Cámara, exigir un nivel de certeza probatoria más elevado en esa etapa implicaría adelantar una discusión que corresponde desarrollar durante el avance de la investigación y, eventualmente, en otras instancias procesales.

Lozano profundizó sobre la diferencia entre los estándares exigibles en cada etapa del proceso penal. Según describió, la investigación preliminar parte de una sospecha simple que permite conformar el legajo fiscal, mientras que para formalizar la investigación deben existir elementos suficientes para describir el hecho, su calificación jurídica y la participación que se atribuye al imputado.

Más adelante, al momento de formular una acusación, esa sospecha inicial debe encontrarse corroborada por las pruebas obtenidas. Para una eventual condena, en cambio, se requiere el máximo grado de certeza exigible.

En ese marco, el juez señaló que la Fiscalía no necesita haber reunido la totalidad de la prueba que sustenta su teoría del caso para poder formalizar. "Aun cuando los jueces no compartamos absolutamente la valoración que hizo de esos indicios significativos el MPF, bastará para habilitar la formalización, con que no pueda descartarse la hipótesis del MPF", sostuvo.

La Cámara también verificó que, en el caso analizado, la Fiscalía había individualizado a las personas investigadas, descripto los hechos atribuidos, indicado las calificaciones legales y precisado el grado de participación que les asignaba. También consideró que los elementos de convicción habían sido expuestos y que la defensa había podido conocer y controvertir la hipótesis fiscal durante la audiencia.

Respecto del primero de los hombres investigados, la Cámara tuvo por formalizada la investigación por trata de personas con fines de explotación sexual, en perjuicio de siete víctimas, y por lavado de activos. En el caso de trata, la imputación contempla como agravantes el abuso de la situación de vulnerabilidad de más de tres víctimas y la intervención de tres personas. El acusado fue considerado partícipe necesario.

El juez de garantías había aceptado previamente la formalización por el hecho de trata, pero había rechazado hacerlo por lavado de activos. Los jueces revisores consideraron que, en esta instancia, no podía descartarse que parte de los bienes incorporados al patrimonio del imputado hubieran sido financiados con el producto del delito antecedente previsto en el artículo 303 del Código Penal.

Por esa razón, extendieron la formalización también al delito de lavado.

En cuanto al segundo hombre, Villanueva había rechazado la formalización por ambos delitos. Sin embargo, la Cámara consideró que los elementos incorporados al legajo fiscal permitían vincularlo con la sociedad titular del inmueble donde, según la hipótesis investigada, se habrían desarrollado las actividades de trata con fines de explotación sexual.

Los jueces señalaron que el investigado aparecía como socio mayoritario de esa sociedad y entendieron que los elementos reunidos hasta ese momento alcanzaban para habilitar la formalización por trata de personas y lavado de activos.

Con esta resolución, la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca dejó sin efecto la decisión del juez de garantías y tuvo por formalizada la investigación penal preparatoria respecto de los dos hombres.

El tribunal remarcó que la medida no implica tener por acreditados los hechos investigados ni determina la responsabilidad penal de los acusados. Su alcance, de acuerdo con el fallo, es permitir que la Fiscalía continúe con la investigación dentro de los plazos y las reglas previstas por el Código Procesal Penal Federal, con la posibilidad de producir nuevas pruebas y de corroborar, modificar o descartar la hipótesis inicialmente comunicada.

Temas

La Cámara Federal de Apelaciones de General Roca revocó la decisión de un juez federal de garantías de Neuquén que había rechazado la formalización de una investigación penal preparatoria contra dos hombres acusados por trata de personas con fines de explotación sexual y lavado de dinero. El tribunal sostuvo que, en esta etapa, la audiencia de formalización constituye principalmente un acto de comunicación de cargos y no una instancia para evaluar de manera anticipada el mérito de las pruebas reunidas por la Fiscalía.

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Fuente: Río Negro

  • #justicia
  • #causa
  • #estaba
  • #frenada
  • #apelaron
  • #cambiaron
  • #rumbo
  • #hay
  • #dos
  • #imputados
  • #por
  • #trata
  • #lavado
  • #neuquen
  • #4734778
  • #neuquén

Te puede interesar

Newsletter Pulso Federal · Diaria

La radiografía política y económica del país, todos los días en tu casilla.

Análisis federal, indicadores y la mirada del interior sobre la agenda nacional. Para tomadores de decisión, periodistas y ciudadanos exigentes. Sin spam.

Te suscribís y podés cancelar cuando quieras.