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La clase de ESI que permitió romper el silencio y llevó a juicio a un odontólogo acusado de abusar de una niña

La menor pudo exponer un abuso después de una clase de Educación Sexual Integral. Fiscalía había pedido el sobreseimiento pero la Defensoría sostuvo la acusación.

Por Manuela Wilhelm8 min de lectura
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La clase de ESI que permitió romper el silencio y llevó a juicio a un odontólogo acusado de abusar de una niña
La clase de ESI que permitió romper el silencio y llevó a juicio a un odontólogo acusado de abusar de una niña · Foto: LM Neuquén

La menor pudo exponer un abuso después de una clase de Educación Sexual Integral. Fiscalía había pedido el sobreseimiento pero la Defensoría sostuvo la acusación.

Una clase de ESI se transformó en la herramienta para que una niña contara un abuso.

A veces el camino hacia la Justicia comienza con una pregunta hecha en la escuela. En este caso ocurrió después de una clase de Educación Sexual Integral (ESI) en la que una niña de 9 años pudo reconocer que había atravesado una situación de abuso sexual durante una consulta odontológica.

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Además de identificarlo como una situación de abuso finalmente pudo contarlo y la rebelación abrió camino a una investigación que atravesó casi dos años.

El caso ocurrió en San Martín de los Andes durante el invierno de 2024. El imputado es un odontólogo, quien fue declarado penalmente responsable por el delito de abuso sexual simple en perjuicio de la niña.

La sentencia fue dictada el 5 de julio por el juez Maximiliano Bagnat, después del juicio realizado los días 24 y 25 de junio. El fallo no está firme y todavía puede ser recurrido.

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Lo llamativo del caso es que estuvo a punto de quedar archivada por un pedido de sobreseimiento de la Fiscalía y terminó llegando a juicio gracias a que la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes (DNNyA) decidió sostener la acusación de manera autónoma.

La causa había comenzado a partir del relato de la niña. El 8 de septiembre de 2025, la Fiscalía formuló cargos contra el odontólogo por abuso sexual simple y el juez le impuso como medida cautelar la prohibición de contacto con la víctima y su familia.

Pero apenas dos meses después la fiscalía tomó una decisión desconcertante. En noviembre de 2025, durante la audiencia de control de investigación, el Ministerio Público Fiscal pidió el sobreseimiento del imputado.

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La Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes, que intervenía como querella Institucional, se opuso. No aceptó que el proceso terminara allí y pidió una prórroga para continuar investigando. La solicitud fue concedida por un mes.

El 5 de diciembre, sin embargo, el juez de Garantías rechazó un nuevo pedido de prórroga formulado por la querella Particular. Fue entonces cuando la DNNyA tomó una decisión determinante: presentó su propia acusación.

El juez rechazó el sobreseimiento solicitado por la Fiscalía y habilitó a la Defensoría a sostener la acusación en forma autónoma. La querella particular, además, había sido declarada en abandono por no presentar la acusación dentro del plazo correspondiente.

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La defensa del odontólogo recurrió esa decisión, pero el 13 de mayo el Tribunal de Impugnación declaró inadmisible el recurso y confirmó lo resuelto por el juez de Garantías.

Así, el proceso pudo continuar hacia el juicio aun cuando la Fiscalía había desistido de seguir adelante con la persecución penal. El Defensor adjunto Lucas González estuvo a cargo de la querella institucional y sostuvo la acusación en las distintas instancias.

En el juicio, una de las pruebas centrales fue el testimonio de la niña en Cámara Gesell. El juez consideró que su relato había sido creíble, espontáneo y persistente a lo largo del tiempo. También valoró que presentara un nivel cognitivo acorde con su edad y que tuviera capacidad para diferenciar la verdad de la mentira, aspectos que habían sido evaluados por una perito psicóloga forense.

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El magistrado también encontró coherencia entre el relato de la niña y otros testimonios vinculados con el proceso de develamiento de la situación.

A eso se sumaron los indicadores compatibles con estrés postraumático detectados por la psicóloga forense y por la psicóloga que atendía a la niña. Entre ellos se mencionaron reexperimentación, hiperalerta, culpa y angustia.

Imagen ilustrativa.

El fallo también consideró que no existía una explicación profesional alternativa que pudiera justificar lo ocurrido durante la consulta: ninguna práctica odontológica permitía explicar el hecho atribuido al imputado.

Otro de los aspectos valorados por el juez fue el contexto en el que se produjo el abuso denunciado. Según la sentencia, el odontólogo había generado un escenario de privacidad porque le pidió a la madre de la niña que permaneciera fuera del consultorio.

El magistrado consideró ese elemento dentro de un contexto de vulnerabilidad y asimetría de poder entre el profesional y la niña.

La acusación sostenida por la Defensoría planteó justamente que esas circunstancias debían ser analizadas junto con el relato de la víctima y el resto de la prueba producida durante el proceso.

Finalmente, el 5 de julio, Bagnat declaró al odontólogo autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple. Todavía no se trata de una condena firme.

Hay un elemento de esta historia que atraviesa el expediente pero que excede las paredes del tribunal: la ESI. La situación pudo ser develada después de una charla de Educación Sexual Integral en la escuela. Allí, la niña encontró herramientas para reconocer que aquello que había vivido no era una situación normal ni parte de una práctica médica, sino una situación de abuso.

Para la Defensoría, el caso demuestra también la importancia de que las niñas y los niños tengan herramientas para identificar situaciones de vulneración y sepan que pueden contarlas.

"La actuación de la Defensoría se enmarca en la doctrina y jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia que reconocen las facultades de la querella para continuar con la persecución penal cuando la acción ya fue instada por el Ministerio Público Fiscal luego de la formulación de cargos", explicó González.

El defensor agregó que, en este caso, ese rol tuvo particular relevancia porque se trataba de un delito que afectaba la integridad de una niña y porque el interés superior de la víctima exigía garantizar su derecho a ser escuchada y su acceso a la Justicia.

El proceso aún no terminó. La sentencia de responsabilidad dictada en primera instancia puede ser impugnada por las partes y todavía no se encuentra firme.

El próximo capítulo será la audiencia de cesura fijada para el 15 de septiembre, en la que se determinará la pena que eventualmente deberá cumplir el imputado.

Hasta entonces, el caso deja una secuencia particular: una niña pudo reconocer y contar lo que había vivido a partir de una herramienta recibida en la escuela; la Fiscalía posteriormente pidió el sobreseimiento; la Defensoría decidió sostener la acusación; un tribunal habilitó que continuara el proceso y finalmente un juez, después de escuchar las pruebas, declaró al odontólogo penalmente responsable.

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Fuente: LM Neuquén

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