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La Corte Suprema declaró inconstitucional la ley provincia que consideraba insalubre a toda la industria papelera

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este jueves la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley misionera que, desde 2008, establecía la insalubridad laboral de toda la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón en el territorio provincial. La decisión fue adoptada en la causa promovida por Papel Misionero contra la […]

Por Leandro De Mora5 min de lectura
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La Corte Suprema declaró inconstitucional la ley provincia que consideraba insalubre a toda la industria papelera
La Corte Suprema declaró inconstitucional la ley provincia que consideraba insalubre a toda la industria papelera · Foto: Primera Edición

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este jueves la inconstitucionalidad del artículo 1° de la ley misionera que, desde 2008, establecía la insalubridad laboral de toda la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón en el territorio provincial.

La decisión fue adoptada en la causa promovida por Papel Misionero contra la Provincia de Misiones y pone fin a una discusión judicial iniciada años atrás en torno al alcance de la Ley IX N° 7, anteriormente identificada como Ley 4438.

El máximo tribunal hizo lugar a la queja presentada por la empresa, declaró parcialmente procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Misiones que había considerado válida la disposición provincial.

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El punto cuestionado es el artículo 1° de la norma, que declaraba directamente la "insalubridad laboral de la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón en todo el territorio de la Provincia".

Para la Corte, esa declaración general resulta irrazonable porque coloca bajo el régimen excepcional del trabajo insalubre a todos los trabajadores de la actividad sin distinguir cuáles son las tareas, sectores o lugares donde existen efectivamente condiciones riesgosas para la salud.

El tribunal recordó que la declaración de insalubridad tiene consecuencias laborales y previsionales concretas, entre ellas la reducción de la jornada laboral y la aplicación de un régimen jubilatorio diferencial. Por ese motivo, sostuvo que debe estar fundada en condiciones de trabajo efectivamente riesgosas y no aplicarse de manera automática a la totalidad de una industria.

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En su voto, el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, señaló que la ley provincial no individualizaba las tareas o ámbitos considerados peligrosos, sino que sometía al mismo régimen tanto a trabajadores expuestos a condiciones nocivas como a quienes desarrollaban funciones sin ese tipo de riesgos.

Uno de los principales argumentos del fallo se encuentra en la propia estructura de la norma sancionada por Misiones.

Mientras el artículo 1° declaraba insalubre a toda la industria papelera de la provincia, otro artículo establecía que la Secretaría de Trabajo debía realizar inspecciones e informes técnicos en los establecimientos para determinar cuáles eran los lugares, sectores y tareas que presentaban condiciones de insalubridad.

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Para la Corte, ambas disposiciones entraban en contradicción.

Si toda la actividad había sido declarada previamente insalubre, sostuvo el tribunal, perdía sentido realizar posteriormente inspecciones para establecer qué sectores reunían efectivamente esas características.

En ese sentido, el fallo sintetizó su posición al advertir que "la conclusión no puede preceder al análisis": primero deben evaluarse las condiciones concretas de cada espacio o tarea y luego, a partir de esos estudios, determinarse si corresponde aplicar el régimen especial.

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La sentencia no implica que hayan quedado sin efecto todas las medidas adoptadas en materia de insalubridad dentro de la industria.

La propia Corte aclaró que mantiene su validez la Resolución 185/2012 de la Secretaría de Trabajo y Empleo de Misiones, mediante la cual fueron declarados insalubres determinados sectores de la planta de Papel Misionero después de realizar inspecciones técnicas.

Entre las áreas alcanzadas se encuentran digestión, horno de cal, máquina de papel, caldera de recuperación, caldera de potencia, taller de mantenimiento y preparación de madera.

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Aquellas inspecciones se realizaron con asistencia técnica de la Universidad Nacional de Misiones y detectaron, entre otros factores, niveles de ruido superiores a los 85 decibeles y presencia de sulfuro de hidrógeno.

La Corte no cuestionó la posibilidad de declarar insalubre una determinada actividad o sector cuando existen verificaciones que acreditan riesgos laborales. Lo que consideró contrario a la Constitución fue extender esa calificación de manera general a toda una industria, independientemente de las tareas que realizara cada trabajador.

La ley había sido sancionada en 2008 y tuvo como impulsores al entonces diputado Erico Álvarez, dirigente proveniente del gremialismo papelero, y a Carlos Rovira, quien por entonces presidía la Cámara de Representantes.

Álvarez había ingresado a la Legislatura en 2005 por el Frente Renovador, aunque posteriormente se alejó del oficialismo y se posicionó en contra del intento de reforma constitucional que buscaba habilitar una nueva reelección de Rovira.

Sin embargo, en diciembre de 2007 acompañó a Rovira cuando este fue elegido por primera vez presidente de la LegislaturaÁlvarez explicó públicamente que su decisión estuvo vinculada con compromisos para avanzar en proyectos destinados a los trabajadores papeleros, entre ellos la declaración de insalubridad de la actividad.

El dirigente gremial sostuvo que priorizaba los beneficios para los trabajadores por encima de las diferencias partidarias y aseguró que había recibido el compromiso de impulsar la iniciativa.

Ese entendimiento político antecedió a la sanción de la ley un año después.

El 10 de julio de 2008, la Cámara de Representantes aprobó la norma que declaró la "insalubridad laboral de la industria productora de pasta celulosa, papel y cartón en todo el territorio provincial".

La votación general fue unánime, aunque cuatro legisladores rechazaron en particular el artículo 1°, precisamente el apartado que extendía esa condición a toda la actividad y que ahora, 18 años después, fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema.

La sanción estuvo acompañada por trabajadores papeleros, mientras sectores empresariales cuestionaron desde el inicio los fundamentos técnicos y jurídicos de la medida.

Rovira fue uno de sus principales defensores. Durante el debate sostuvo que había asumido el compromiso de trabajar junto a Álvarez para conseguir los consensos necesarios y respondió a quienes advertían que la iniciativa podía ser inconstitucional.

"No le tememos a quienes le ponen el ropaje de la inconstitucionalidad", afirmó entonces el dirigente.

También argumentó que la protección de los trabajadores debía ocupar un lugar central frente a los avances tecnológicos y productivos de la industria, mientras los cuestionamientos empresarios apuntaban a que la declaración de insalubridad debía surgir de estudios e inspecciones sobre lugares y tareas específicas.

Esa discusión jurídica terminó convirtiéndose posteriormente en el eje del planteo de Papel Misionero.

Fuente: Primera Edición

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