La Fiscalía apuntó contra la imprudencia de un hombre que mató al volante en Capital: "La prioridad de paso no es impunidad"
La Justicia formalizó a Raúl Enrique García por la muerte de la ciclista Rosana Patiño, siniestro ocurrido en la esquina de Juan Jufré y Aberastain el pasado 25 de agosto. El Ministerio Público Fiscal fue tajante al desestimar el argumento del conductor sobre su derecho a paso en…
La investigación por la trágica muerte de Rosana Elina Patiño (59), la ciclista que perdió la vida tras ser violentamente embestida en el barrio de Concepción, tuvo un avance judicial determinante. En una audiencia presidida por la Jueza de Garantías, Flavia Allende, el Ministerio Público Fiscal (MPF) formalizó la investigación penal preparatoria contra Raúl Enrique García, conductor del Peugeot 2008, a quien le imputaron el delito de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo con motor en calidad de autor.
Durante la sesión, los representantes de la UFI Delitos Especiales N° 4, el fiscal Roberto Ginsberg y el ayudante fiscal Emiliano Pugliese, expusieron los dramáticos detalles del siniestro vial ocurrido el pasado 25 de agosto en la intersección de calles Juan Jufré y Aberastain. El eje central de la acusación fiscal fue desarticular la defensa inicial de García, sentando una fuerte jurisprudencia sobre cómo debe interpretarse la prioridad de paso en las calles sanjuaninas.
"Este principio de prioridad no es impunidad"
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El choque ocurrió en una esquina sin semáforos ni señalización. Si bien la Fiscalía no desconoce que, por la mecánica del cruce, García se aproximaba por la derecha (circulaba de Norte a Sur por Aberastain), los funcionarios judiciales fueron categóricos respecto a la responsabilidad del automovilista.
"Este principio de prioridad no es impunidad", argumentaron desde el MPF. En esa línea, explicaron que la prioridad de paso existe con el único fin de ordenar el tránsito, pero bajo ninguna circunstancia significa que quien viene por la derecha "puede pasar a la velocidad que quiera y sin cumplir con otras reglas de conducta".
"La prioridad de paso ha quedado obsoleta si se la interpreta de manera aislada, no significa que esto es una carrera para llegar primero. Se tiene que respetar, ser cauto y respetuoso", expusieron los fiscales. Según la reconstrucción, García tenía una sola obligación: mirar hacia el Este y bajar la velocidad. Sin embargo, su accionar estuvo signado por la imprudencia: no frenó ni hizo ninguna maniobra para prevenir la tragedia; simplemente pasó. El factor humano, remarcó la Fiscalía, "ha sido determinante en este siniestro vial".
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A esto se suma un detalle técnico sumamente grave aportado durante la audiencia: el acta del primer interventor policial señala que el vehículo circulaba en contramano al momento del hecho.
Aquel martes, minutos antes de las 17 horas, Patiño se movilizaba en su bicicleta a escasa velocidad por calle Juan Jufré, de Este a Oeste. La mujer ya había iniciado el cruce y estaba finalizándolo cuando fue sorprendida por el Peugeot 2008. Al ver que el conductor no frenaba, la víctima intentó esquivarlo, pero fue alcanzada por la parte frontal derecha del rodado. Impactó contra el capó, fue arrastrada varios metros y quedó tendida sobre el asfalto.
Una ambulancia del 107 la trasladó de urgencia con un traumatismo encéfalo craneano (TEC) grave y politraumatismos. Las pericias médicas indicaron que sufrió lesiones irreversibles en el cráneo, con grandes hematomas, hemorragias y abundantes coágulos. Tras agonizar tres días en Terapia Intensiva, falleció el 28 de agosto.
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En un pasaje de la audiencia, el ayudante fiscal Pugliese destacó el último gesto solidario de la víctima: "Patiño se fue dando sus órganos", confirmó, aludiendo a la donación. Por otro lado, se informó que el dosaje toxicológico practicado a García arrojó 0,0 gramos de alcohol en sangre.
El Ministerio Público Fiscal solicitó un plazo de 8 meses de investigación penal preparatoria. Asimismo, requirió que se le impongan a García medidas de coerción (artículo 295, incisos 1, 3 y 4): presentarse periódicamente en la comisaría más cercana, la prohibición de salir de la provincia sin previa autorización judicial y someterse al proceso sin entorpecerlo.
Como medida cautelar fundamental, la Fiscalía pidió inhabilitarlo para manejar cualquier vehículo con motor por el plazo preventivo de 4 meses y exigió que el imputado se someta a un examen médico y mental obligatorio, ante la sospecha de un posible problema de salud que afecte su conducción.
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Frente a esta dura acusación, el abogado defensor de García, el Dr. Reinoso, intentó desligar a su cliente. El letrado aseguró que todavía no se ha probado la culpabilidad del conductor y rechazó que haya violado la Ley Nacional de Tránsito. "Se trata de una ley que deben cumplir todos. No podemos hacer una conclusión de que un vehículo de mayor o menor porte tiene prioridad. En el artículo 41 de la ley no hay una excepción que favorezca a la víctima", argumentó.
Cerrando su exposición, la defensa anticipó que buscará probar la inocencia de García, trasladando la responsabilidad a la mujer fallecida: "Mi cliente me ha manifestado que el vehículo venía a 20 km/h o menos, y que la ciclista no paró la marcha nunca".
La Jueza de Garantías hizo lugar a las medidas solicitadas y este hombre, que dice ser oriundo de Rivadavia, no podrá manejar ningún vehículo por el plazo de 4 meses. La investigación será durante 8 meses.
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Imputarán a un automovilista que provocó un choque fatal en Concepción: él le echó la culpa a la fallecida
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Fuente: Tiempo de San Juan
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