La Justicia avaló la continuidad del nuevo sistema de alimentación escolar en Entre Ríos
La Justicia hizo lugar parcialmente a una apelación y ordenó adecuar las prestaciones a la ley de alimentación saludable, sin modificar el esquema vigente.

La Justicia hizo lugar parcialmente a una apelación y ordenó adecuar las prestaciones a la ley de alimentación saludable, sin modificar el esquema vigente.
La Justicia avaló la continuidad del nuevo sistema de alimentación escolar en Entre Ríos.
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió este jueves la acción de amparo presentada por un grupo de padres, Agmer y la Fundación Cauce contra el nuevo sistema de desayunos y meriendas escolares implementado por la Provincia.
El máximo tribunal provincial hizo lugar parcialmente al recurso de apelación presentado por los amparistas y precisó el alcance de la sentencia dictada el 21 de agosto. La resolución establece que la obligación del Estado provincial no se limita a excluir productos alcanzados por sellos de advertencia. También debe adecuar las prestaciones alimentarias a los estándares de alimentación saludable establecidos por la Ley Provincial 10.594.
El fallo sostiene, al mismo tiempo, que corresponde al Poder Ejecutivo determinar los mecanismos técnicos y organizativos necesarios para cumplir con esos estándares.
De esta manera, el Tribunal no sustituye las facultades propias de la Administración ni dispone modificaciones específicas sobre la forma en que debe organizarse el servicio de alimentación escolar.
En ese sentido, los jueces señalaron que el cumplimiento de la sentencia no puede reducirse a verificar la presencia o ausencia de sellos de advertencia. También debe contemplar la composición nutricional de los productos y el cumplimiento efectivo de las normas vigentes sobre alimentación saludable.
La resolución tampoco dispone el regreso al sistema de desayunos y meriendas que funcionaba anteriormente ni establece la sustitución del esquema adoptado por el Gobierno provincial.
El Ejecutivo conserva así la potestad para definir cómo implementar la política alimentaria, aunque deberá garantizar que las prestaciones se ajusten a las exigencias establecidas por la legislación provincial.
El Superior Tribunal también rechazó otros planteos formulados durante el proceso judicial.
Entre ellos, desestimó el pedido para que se ordenara la presentación de los menús completos del nuevo sistema y la acreditación genérica y anticipada del cumplimiento de todos los estándares invocados por los amparistas.
El Tribunal indicó que cualquier controversia vinculada con un eventual incumplimiento deberá plantearse en la etapa de ejecución de sentencia, siempre que exista una situación concreta que deba ser revisada.
Fuente: UNO Entre Ríos
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