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La Justicia frenó la eliminación del registro oficial de precios de los combustibles por afectar el derecho de los consumidores

Un juez de La Plata consideró que el Estado no puede reemplazar una herramienta pública de consulta por información dispersa en sitios privados. La medida beneficia a los consumidores de combustibles líquidos y GNC de todo el país.

Por Redacción3 min de lectura
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La Justicia frenó la eliminación del registro oficial de precios de los combustibles por afectar el derecho de los consumidores
La Justicia frenó la eliminación del registro oficial de precios de los combustibles por afectar el derecho de los consumidores · Foto: Río Negro

Por Redacción

Un juzgado federal declaró inconstitucional la resolución del Ministerio de Economía que había eliminado el sistema de información sobre los valores de venta en las estaciones de servicio. Foto gentileza.

La estrategia de desregulación impulsada por el Gobierno nacional tuvo un nuevo revés judicial. La Justicia Federal de La Plata declaró inconstitucional la resolución que había eliminado el Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor, una plataforma que obligaba a las estaciones de servicio a informar al Estado cada modificación en los valores de venta.

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La decisión fue adoptada por el juez Alejo Ramos Padilla, quien hizo lugar a una acción colectiva presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS). Con el fallo, quedó sin efecto la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, aunque la medida todavía puede ser apelada.

El eje de la sentencia es que la eliminación del sistema redujo el nivel de protección que tenían los consumidores. Para el magistrado, el Gobierno no demostró que existiera otro mecanismo capaz de ofrecer el mismo grado de transparencia y acceso a la información que brindaba la plataforma oficial.

La resolución cuestionada se había dictado en el marco de las políticas de simplificación administrativa impulsadas por el Ejecutivo. Entre sus fundamentos sostenía que «la obligación de informar cada cambio de precio representaba una carga burocrática para las estaciones de servicio y que los usuarios ya contaban con otras vías para consultar los valores, como las páginas web de las petroleras, aplicaciones móviles o los propios surtidores«.

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Sin embargo, el juez entendió que esas alternativas no reemplazan una base de datos pública y centralizada. En su análisis señaló que depender de información publicada por empresas privadas obliga a los consumidores a realizar múltiples consultas para comparar precios, dificultando el acceso a datos claros, completos y actualizados.

La sentencia también pone el foco en la evolución del mercado de combustibles. Con la creciente implementación de esquemas de precios dinámicos, que pueden variar según la ubicación, la demanda o el horario, el juez sostuvo que resulta aún más importante contar con una herramienta oficial que facilite la comparación entre las distintas estaciones de servicio.

Otro de los argumentos del fallo es que el propio Estado había creado este sistema en 2016 porque el esquema anterior, basado en actualizaciones mensuales, no reflejaba adecuadamente las variaciones diarias de los precios. En ese contexto, el magistrado consideró contradictorio que ahora se eliminara ese mecanismo sin justificar cómo se garantizaría el mismo nivel de información para los usuarios.

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Además, rechazó los planteos del Estado nacional y de OPESSA, la operadora de la red de estaciones de servicio de YPF, que habían solicitado desestimar el amparo al considerar que se trataba de una decisión de política económica ajena al control judicial. El juez concluyó que el caso sí podía ser revisado por la Justicia porque involucra derechos de incidencia colectiva reconocidos por la Constitución.

Con esta decisión, el sistema oficial de información sobre los precios de los combustibles vuelve a quedar vigente de manera provisoria. Para la Justicia, el acceso a datos confiables y comparables no solo favorece la competencia entre empresas, sino que constituye una garantía para que los consumidores puedan tomar decisiones con información adecuada y transparente.

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La estrategia de desregulación impulsada por el Gobierno nacional tuvo un nuevo revés judicial. La Justicia Federal de La Plata declaró inconstitucional la resolución que había eliminado el Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor, una plataforma que obligaba a las estaciones de servicio a informar al Estado cada modificación en los valores de venta.

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Fuente: Río Negro

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