La Justicia ordena frenar la instalación de una antena de telefonía en un barrio de Bariloche
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de esta ciudad revocó una resolución de un juez de primera instancia, que había desestimado la medida cautelar solicitada por la junta vecinal de Playa Bonita. La antena estaba autorizada por la Municipalidad y se colocaría en la ú…

Por Redacción
Imagen ilustrativa de antenas de telefonía en Bariloche.
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Minería de Bariloche revocó una resolución del juez de primera instancia en lo contencioso administrativo de esta ciudad, Iván Sosa Lukman, que había rechazado una medida cautelar solicitada por la junta vecinal del barrio Playa Bonita, para suspender la instalación de una antena de telefonía celular en la única plaza de ese sector.
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La junta vecinal apeló esa decisión y la Cámara revocó la resolución que Sosa Lukman había dictado el 23 de abril pasado y aclarado cuatro días después. Y ordenó a la Municipalidad de Bariloche y a Xanten SA que «se abstengan de avanzar con la obra autorizada en virtud de dicho acto administrativo, bajo apercibimiento de tomar las medidas conminatorias que correspondan y de remitir las antecedentes a la autoridad penal en caso de incumplimiento, debiendo disponerse en la Unidad de origen lo que corresponda para notificar lo dispuesto a las afectadas por la medida, como así también los restantes recaudos que fueran necesarios". El fallo lo dictaron el 3 de julio pasado.
Diario RÍO NEGRO consultó este jueves en la Secretaría Legal y Técnica del Ejecutivo municipal si habían impugnado la sentencia de la Cámara de Apelaciones, pero no hubo respuesta hasta el momento de la publicación de esta nota.
El juez de la Cámara Emilio Riat recordó que la Disposición 18-SPT-2025, dictada el 12 de marzo de 2025 por la Dirección de Obras por Contrato (dependiente de la Secretaría de Planeamiento Territorial) de la Municipalidad de Barilochedelegó en la empresa Xanten SA la ejecución de una estructura de soporte para antenas de telecomunicaciones.
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Indicó que la demandante, Asociación de Fomento Vecinal Parque Playa Bonita, solicitó la declaración de nulidad absoluta de esa disposición y de las autorizaciones dictadas en su consecuencia.
Invocó "vicios de objeto, violación de la normativa de espacios verdes, falta de información y participación ciudadana, afectación a la salud e inconstitucionalidad por distancias mínimas, daños al medioambiente y al paisaje, y vulneración del derecho a la propiedad privada de los vecinos cercanos".
Mencionó que Sosa Lukman consideró que no existía verosimilitud suficiente del derecho porque el acto impugnado es ejecución de otro previo no cuestionado (Resolución 32-SPT-2025).
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Sosa Lukman sostuvo que no existía peligro de un daño ambiental actual o inminente porque las densidades de potencia irradiadas por las antenas están por debajo de los niveles máximos. También, dijo que el proyecto cuenta con un Plan de Gestión Ambiental y sigue las pautas de seguridad de la Comisión Nacional de Comunicaciones y del Ministerio de Salud.
Afirmó que tampoco había riesgos estructurales por haberse aplicado las normas de cálculo respectivas; que no existe riesgo de otro perjuicio grave que no pueda solucionarse después de la sentencia definitiva; y que paralizar la instalación afectaría el interés público comprometido en el desarrollo de las telecomunicaciones.
Riat advirtió que la crítica principal de la junta vecinal "es que el mismo juez había admitido una medida cautelar idéntica un año antes (el 27 de marzo de 2025), basándose en los mismos hechos, el mismo inmueble y las mismas resoluciones administrativas".
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La junta en la apelación destacó que la Municipalidad había consentido aquella primera resolución deteniendo la obra, "y que no hubo desde entonces ningún cambio fáctico ni jurídico que justifique el cambio de decisión".
Riat resolvió, con la adhesión de su par Federico Corsiglia, que le asiste razón a la junta vecinal "en la contradicción apuntada y la inexistencia de un cambio suficiente de circunstancias que permita mudar de criterio".


"Al resolverse la cautelar anterior ya se tuvo por acreditada la verosimilitud del derecho invocado, con grado suficiente para trascender la presunción de legitimidad del acto administrativo. Y también se tuvo por acreditado un peligro relevante en la demora", observó Riat.
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Argumentó que la resolución de Sosa Lukman "no ha indicado ni demostrado que el agotamiento de la vía administrativa y la sustanciación de la causa jurisdiccional hayan modificado las circunstancias, desvirtuado la verosimilitud del derecho, o extinguido el peligro en la demora ya juzgado y firme".
El presidente de la junta vecinal, Fernando Véliz, pidió la medida cautelar para frenar los trabajos en la plazoleta ubicada en la intersección de las calles Halley y Cruz del Sur, y colectora sin nombre a la altura del kilómetro 8300 de la avenida de Los Pioneros.
Solicitó que se ordene la suspensión provisoria de los efectos de la disposición 18-PT-2025 del 12 de marzo de 2025 de la Dirección de Obras por Contrato de la Municipalidad de Bariloche y de la autorización de trabajo dispuesta sobre la vía pública (el 19 de marzo de 2025) otorgada por la misma dirección.
Planteó que "todo ello se llevó a cabo sin haber dado intervención, ni haber sido informada previamente la Junta Vecinal Playa Bonita; contraviniendo el proceso de autorización que para este tipo de obras establece la Carta Orgánica Municipal".
Dijo que cuando tomó conocimiento de la situación fue hasta el lugar y las personas que se encontraban llevando adelante la obra le informaron que estaban construyendo un soporte de antena de telefonía celular.
Le exhibieron el acta de inspección 003302 de fecha 7 de marzo de 2025, la resolución 18 del 12 de marzo de 2025, y la autorización de trabajo en la vía pública del 19 de marzo de 2025.
Véliz sostuvo en la presentación que "a medida que los vecinos se fueron enterando se dirigieron a la plaza y que luego, redactaron una nota dirigida al Intendente Municipal con el fin de informarle que no se les había consultado al respecto y que no estaban de acuerdo con el hecho de que en la única plaza del barrio se instale una antena".
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La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y Minería de Bariloche revocó una resolución del juez de primera instancia en lo contencioso administrativo de esta ciudad, Iván Sosa Lukman, que había rechazado una medida cautelar solicitada por la junta vecinal del barrio Playa Bonita, para suspender la instalación de una antena de telefonía celular en la única plaza de ese sector.
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Fuente: Río Negro
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