La Justicia ordenó a la CPE reconectar la luz a Alfredo Rincón
Un fallo del tribunal civil de Santa Rosa dispuso la inmediata reconexión de la electricidad en la casa del exfutbolista en Villa Martita.

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EL DIARIO digital
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El juez consideró la luz como un servicio público esencial y expuso la maniobra del empresario Eduardo Ros para dejarlo a oscuras.
La Justicia provincial de La Pampa dictó un fallo a favor del exfutbolista Alfredo Rincón que ordenó a la Cooperativa Popular de Electricidad (CPE) de Santa Rosa la inmediata reconexión del servicio eléctrico en su casa de la calle Felgueras 2056/2084, en el barrio Villa Martita.
La resolución fue emitida el 11 de septiembre de 2026 por el juez Pedro Campos, en el expediente N° 194371 por interdicto ante la Oficina de Gestión Común Civil, revocando una decisión previa que había denegado la medida cautelar a Rincón.
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En sus fundamentos, el magistrado remarcó la urgencia de la medida cautelar basándose en el carácter de servicio público esencial que reviste la energía eléctrica para garantizar condiciones básicas y dignas de habitabilidad. Con este pronunciamiento, el tribunal le puso freno a más de una semana de incertidumbre para el exfutbolista y su hijo, quienes permanecían a oscuras en su propia vivienda tras el retiro intempestivo del medidor.
El corte del suministro no respondió a un problema de morosidad ni a una suspensión por falta de pago, sino a una maniobra ejecutada por el empresario gastronómico Eduardo Enrique Ros.
Según constató la propia CPE en el expediente judicial, Ros se presentó en las oficinas cooperativas de la calle Raúl B. Díaz, canceló una deuda del medidor registrado a su nombre y solicitó la renuncia y baja definitiva del servicio, trámite al que la entidad accedió sin verificar la ocupación efectiva de la propiedad.
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Esta privación del servicio eléctrico se enmarca en una prolongada saga de disputas judiciales y denuncias por despojo inmobiliario. Rincón sostiene que es víctima de una red criminal que utilizó boletos de compraventa falsificados y escrituras a precio vil para apropiarse de sus bienes.
El caso reviste antecedentes de extrema gravedad: durante el juicio por el homicidio de Griselda Fuentes Cabal —asesinada por un sicario en mayo de 2014 por orden de Carlos Luján Sosa—, el propio Ros declaró que aquel crimen ocurrió tras la negativa a firmar la escritura de la casa de Rincón, propiedad que figuraba a nombre de Élida Esther Sosa mediante un boleto que el damnificado denunció como fraguado.
No es la primera vez que se intenta un amedrentamiento de estas características contra el exfutbolista para forzar su salida. Tiempo atrás, Ros intentó dar de baja el suministro de gas natural mediante un trámite virtual, maniobra que Rincón logró frenar acreditando la escritura original a su nombre y exhibiendo un fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca.
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Dicha resolución instruyó a la Justicia Federal de Santa Rosa a investigar todas las operaciones de desapoderamiento de bienes bajo la figura de lavado de dinero, causa que aún no registra avances sustanciales.
Al evaluar la cautelar, el juez Campos revisó el expediente de escrituración entre Ros y Élida Sosa (Expte. N° 131279) y destacó la cláusula quinta de la Escritura N° 12 (del 29 de enero de 2026). Allí se dejó asentado que Sosa transmitía la "posesión jurídica" a Ros pero reconociendo expresamente la "ocupación material que ejerce un tercero" (Rincón). Este dato confirmó que el adquirente conocía perfectamente la presencia de Rincón en la propiedad y que la baja del servicio configuró un acto de presión indebido.
En consecuencia, el juez ordenó la reconexión inmediata del suministro (artículo 224 del CPCC) bajo responsabilidad de Rincón y previa caución juratoria. Además, dispuso que las facturas mensuales deberán ser abonadas directamente por el exfutbolista, quien tendrá la obligación de acreditar los comprobantes de pago de manera trimestral en el expediente, garantizando el servicio básico mientras se sustancia el juicio.
Fuente: El Diario de La Pampa
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