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La mujer que chocó y mató a Elizabeth Martínez será juzgada por el accidente en el que hirió a su propio hijo

La joven permanece en prisión domiciliaria por problemas de salud. En el caso del accidente con su hijo, había recibido una "pena natural" que quedó sin efecto.

Por Olga Cabeza7 min de lectura
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La mujer que chocó y mató a Elizabeth Martínez será juzgada por el accidente en el que hirió a su propio hijo
La mujer que chocó y mató a Elizabeth Martínez será juzgada por el accidente en el que hirió a su propio hijo · Foto: LM Neuquén

La joven permanece en prisión domiciliaria por problemas de salud. En el caso del accidente con su hijo, había recibido una "pena natural" que quedó sin efecto.

La mujer acusada de chocar y matar a Elizabeth Martínezen agosto de 2025 en la Ruta 7 deberá afrontar un nuevo juicio, en esta oportunidad por el accidente en el que estaba acompañada por su hijo de 14 meses, quien resultó gravemente herido.

La fiscal del caso, Lucrecia Sola, y la asistente letrada, Dolores Franco, solicitaron que la acusada, identificada por sus iniciales C.S.S., sea juzgada por las lesiones que sufrió el niño durante un siniestro vial ocurrido el 27 de julio de 2024. El pedido fue realizado durante una audiencia de control de acusación y aceptado por el juez de garantías Luis Giorgetti, quien dispuso el pase de la causa a juicio.

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De acuerdo con la acusación del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió alrededor de las 00:30 sobre la Ruta 7, a la altura del expeaje de Centenario. La mujer conducía un Volkswagen Vento a una velocidad mínima aproximada de 122,49 kilómetros por hora, en un sector donde el límite máximo permitido era de 60 kilómetros por hora.

Además, no contaba con habilitación para conducir y había consumido alcohol. En el vehículo también viajaba su hijo de 14 meses, pero el pequeño no tenía colocados los elementos de seguridad correspondientes. La butaca infantil no estaba anclada al asiento trasero y el niño tampoco se encontraba sujetado con cinturones de seguridad.

Al ingresar a un sector de curvas, la conductora perdió el control del automóvil y terminó impactando contra un poste de alumbrado público. Tras el choque, el niño fue encontrado entre las piernas de su madre y la puerta del vehículo. Como consecuencia del fuerte impacto, sufrió graves lesiones, entre ellas fracturas de cráneo, fémur y húmero. Las heridas le provocaron una incapacidad para realizar sus tareas habituales durante más de 30 días.

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La joven imputada por atropellar y matar a Elizabeth Martínez cayó con su pareja en un control de alcoholemia.

Para la fiscal Sola, la conducta de la mujer no debe ser considerada simplemente como imprudente. El Ministerio Público Fiscal sostiene que actuó con dolo eventual, es decir, que pudo representarse el grave riesgo que implicaba conducir de esa manera para la integridad de su hijo y, pese a ello, decidió continuar.

Por esa razón, la acusación que llegará a juicio es por el delito de lesiones graves agravadas por el vínculo, con dolo eventual, en calidad de autora.

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Durante la audiencia, la defensa intentó que la calificación fuera modificada por la de lesiones graves culposas agravadas. Sin embargo, el juez Giorgetti rechazó ese planteo y mantuvo la acusación impulsada por la fiscalía.

El magistrado también descartó un pedido para otorgarle a C.S.S. una suspensión de juicio a prueba y resolvió que el debate sea llevado adelante por un tribunal colegiado.

Entre las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público Fiscal se encuentran las declaraciones de policías, médicos y peritos que participaron de la investigación y de la asistencia posterior al siniestro. También fueron incorporados registros del Centro de Monitoreo Urbano, fotografías del Volkswagen Vento y datos extraídos del teléfono celular de la acusada.

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El padre del niño también podrá declarar durante el debate. El hombre participa además del proceso como querellante.

Uno de los puntos discutidos durante la audiencia estuvo relacionado precisamente con la información obtenida del celular de C.S.S. La defensa cuestionó su incorporación, pero el juez entendió que podía ser utilizada durante el juicio debido a que el dispositivo había sido secuestrado respetando la cadena de custodia y su contenido ya era conocido por las partes.

En cambio, el magistrado aceptó una objeción de la defensa respecto de un video periodístico que mostraba a la acusada años antes del accidente. Consideró que esa grabación tenía menor valor probatorio que el resto de las evidencias directamente relacionadas con el choque investigado.

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La causa tuvo un giro importante durante 2025. Inicialmente, la fiscalía había decidido no continuar con la acusación aplicando el denominado criterio de pena natural.

Este mecanismo puede utilizarse cuando la propia persona acusada sufre, como consecuencia del hecho investigado, un daño físico o moral de tal gravedad que una eventual condena puede resultar innecesaria o desproporcionada. La decisión había sido tomada el 3 de julio de 2025. Sin embargo, menos de un mes después ocurrió un nuevo hecho que modificó por completo el escenario judicial.

El 1 de agosto de 2025, C.S.S. volvió a protagonizar un grave siniestro vial sobre la Ruta 7. En esa oportunidad, está acusada de haber cruzado un semáforo en rojo y provocado la muerte de la motociclista Elizabeth Martínez.

Ese episodio es investigado en otro expediente y también deberá llegar a juicio. Luego del segundo choque, el 12 de agosto de 2025, la fiscal Sola resolvió dejar sin efecto el criterio de pena natural que había beneficiado a la mujer y reactivar la acusación por las lesiones de su hijo.

La representante del Ministerio Público Fiscal consideró que el nuevo episodio demostraba que la acusada no había modificado su conducta al volante y que continuó circulando de forma imprudente y contraria a las normas de tránsito hasta protagonizar un siniestro en el que murió otra persona.

También señaló que existían reiterados incumplimientos de las normas viales y entendió que, frente a ese escenario, correspondía continuar con el proceso penal.

Con la decisión adoptada ahora por el juez de garantías, la causa por las graves lesiones que sufrió el niño quedó formalmente habilitada para llegar a juicio. Allí, un tribunal deberá determinar si C.S.S. es penalmente responsable en los términos planteados por la fiscalía.

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Fuente: LM Neuquén

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