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La pelea entre la Fiscalía de Estado y la jueza Marina Álvarez sumó otro fallo del STJ

El Superior Tribunal declaró inadmisible otro recurso de la Provincia y advirtió que se vienen presentando planteos "sustancialmente idénticos", por lo que pidió evitar reiterar los mismos argumentos en causas análogas.

Por F autor2 min de lectura
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La pelea entre la Fiscalía de Estado y la jueza Marina Álvarez sumó otro fallo del STJ
La pelea entre la Fiscalía de Estado y la jueza Marina Álvarez sumó otro fallo del STJ · Foto: El Diario de La Pampa

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La prolongada disputa judicial entre la Fiscalía de Estado de La Pampa y la camarista Marina Álvarez sumó un nuevo capítulo. El Superior Tribunal de Justicia volvió a rechazar un intento de la Provincia para apartar a la magistrada y, además, dejó un mensaje dirigido a la estrategia procesal del organismo: sostuvo que se vienen promoviendo recursos "sustancialmente idénticos" y consideró deseable evitar que el máximo tribunal deba seguir resolviendo planteos con los mismos fundamentos.

La resolución fue dictada por la Sala A al declarar inadmisible el recurso extraordinario provincial presentado por la fiscal de Estado, Romina Schmidt, y el apoderado Carlos Casetta contra el rechazo de la recusación de Álvarez en una causa iniciada por Génova Automotores para impugnar una multa aplicada por la Dirección General de Defensa del Consumidor.

Los funcionarios provinciales sostuvieron que la jueza debía apartarse porque había denunciado penalmente a ambos representantes de la Provincia en otros expedientes, situación que, a su entender, comprometía su imparcialidad. Sin embargo, el Superior Tribunal entendió que el rechazo de esa recusación no constituye una sentencia definitiva y, por lo tanto, no habilita la instancia extraordinaria.

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El fallo adquiere relevancia porque se inscribe en una serie de expedientes derivados del enfrentamiento institucional entre la Fiscalía de Estado y la magistrada. De hecho, el propio STJ recordó que recientemente sí resolvió apartar a Álvarez en otra causa —el juicio de apremio contra Adriana Gómez Luna— al considerar que allí existían circunstancias excepcionales que podían afectar objetivamente la garantía de imparcialidad. En ese expediente, la estrecha relación entre el proceso ejecutivo y el litigio donde la jueza había denunciado a los representantes provinciales justificó una solución distinta.

En cambio, en la causa vinculada con Génova Automotores, el Tribunal entendió que esas condiciones excepcionales no se verifican y ratificó el criterio general según el cual las resoluciones sobre recusaciones no ponen fin al litigio ni generan un perjuicio irreparable que justifique la revisión extraordinaria.

Uno de los pasajes más llamativos de la sentencia aparece en el tramo final. Allí, los ministros remarcan que la Fiscalía de Estado ha formulado "reiterados planteos sustancialmente idénticos" y afirman que, para evitar un mayor desgaste jurisdiccional, "sería deseable" evitar que el Superior Tribunal tenga que seguir reproduciendo una y otra vez los mismos fundamentos en causas análogas.

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Con este pronunciamiento, el máximo tribunal mantiene abierta la diferencia de criterios entre los distintos expedientes: mientras en un caso aceptó apartar a la jueza por las particularidades del proceso, en este volvió a rechazar el planteo de la Provincia y reafirmó que no toda recusación puede llegar por la vía extraordinaria al Superior Tribunal.

Fuente: El Diario de La Pampa

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