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Ley de Tierras: la Corte Suprema dio marcha atrás y restituye la norma

La Corte Suprema frena la derogación de la Ley de Tierras y restituye la norma. Se suspende temporalmente la liberación de venta de tierras a extranjeros

Por Uno Entre Rios2 min de lectura
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Ley de Tierras: la Corte Suprema dio marcha atrás y restituye la norma
Ley de Tierras: la Corte Suprema dio marcha atrás y restituye la norma · Foto: UNO Entre Ríos

La Corte Suprema frena la derogación de la Ley de Tierras y restituye la norma. Se suspende temporalmente la liberación de venta de tierras a extranjeros

La Corte Suprema frena la derogación de la Ley de Tierras y restituye la norma. Se suspende temporalmente la liberación de venta de tierras a extranjeros

La Corte Suprema frena la derogación de la Ley de Tierras y restituye la norma. Se suspende temporalmente la liberación de venta de tierras a extranjeros

La Corte Suprema frenó la derogación de la Ley de Tierras y restituye la norma de forma provisoria. El Máximo Tribunal dictó una medida cautelar interina que frena los efectos del DNU 70/2023 tras un reclamo enfocado en la protección del medio ambiente. La decisión suspende temporalmente la liberación de la venta de tierras a compradores extranjeros.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio marcha atrás en su postura previa y aprobó una medida cautelar interina que restituye de manera provisoria la Ley de Tierras (Ley 26.737). Con esta resolución de trámite exprés, queda en suspenso el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 impulsado por el Poder Ejecutivo, el cual eliminaba los límites legales para la venta de territorios argentinos a personas o firmas extranjeras.

El Gobierno llevó a la Corte la reforma laboral con un "per saltum" para frenar su suspensión.

El fallo responde a un amparo colectivo presentado a fines de diciembre de 2023 por la Asociación Civil Árbol de Pie y un grupo de particulares ante la Justicia Federal de Bariloche.

Esta decisión se produce poco después de que la Corte desestimara, el 29 de septiembre de 2026, una demanda similar planteada por el Centro deExcombatientes de Malvinas (CECIM).

En aquel caso, el tribunal rechazó la presentación aduciendo que la agrupación no contaba con representación legal suficiente ("legitimación activa") para litigar en nombre de la soberanía nacional.Sin embargo, los jueces establecieron una distinción clara entre ambos expedientes:

La restitución de la Ley de Tierras tiene carácter provisorio e interino. Se mantendrá vigente hasta que el Juzgado Federal de Bariloche determine si la organización demandante posee legitimación activa y evalúe de manera definitiva la medida cautelar solicitada.

La resolución judicial se alcanzó en un acuerdo extraordinario con los votos favorables de los ministros Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto a los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.

En tanto, el juez Carlos Rosenkrantz emitió su voto en disidencia.Impacto en el escenario político y socialEl pronunciamiento del tribunal se dio en medio de una creciente tensión social y política.

Por un lado, distintas organizaciones sociales y ambientales preparaban movilizaciones masivas. Por otro lado, la decisión otorga un margen de maniobra al Gobierno nacional ante el avance de sectores opositores en la Cámara de Diputados que buscan rechazar el DNU 70/2023, el cual ya fue desestimado en el Senado.

Fuente: UNO Entre Ríos

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