Ley o reglamento: ¿cómo debería modificarse el proceso de selección de magistrados sanjuaninos?
En el mundo jurídico y político, el debate está instalado del mismo modo en que ocurre con el Consejo de la Magistratura de la Nación. Los posibles cambios que no sólo marcarían un antes y un después en las designaciones de las ternas, sino que serían un condicionante para la uni…

La forma en que se eligen jueces, fiscales y defensores es parte de una discusión jurídica y también política, que gana terreno en el contexto sanjuanino y que sería centro de debate en las próximas semanas, con vistas a la próxima elección en el Foro de Abogados, que renueva sus representantes en el Consejo de la Magistratura. Es que hay posturas que sostienen que se deben garantizar concursos más transparentes y, por ello, apuntan a la modificación interna del cuerpo y su forma de designación de magistrados.
En ese contexto, surge un interrogante y es cómo deberían hacerse esas modificaciones: ¿mediante una ley aprobada por la Cámara de Diputados o con la creación de un reglamento del propio organismo? El tema hace rato genera controversia y divide las aguas entre los juristas locales. Una de las posiciones entiende que el Consejo tiene facultades para establecer reglas de funcionamiento y selección sin necesidad de esperar una reforma legislativa. La otra considera que los cambios de fondo requieren una nueva ley, especialmente si se pretende modificar aspectos centrales del procedimiento vigente.
Entre quienes consideran que la vía reglamentaria es suficiente aparece el argumento de que el Consejo de la Magistratura debe comenzar por resolver una deuda institucional y es contar con un reglamento interno que establezca pautas claras para llevar adelante los concursos. Señalan que el organismo tiene facultades para ordenar su funcionamiento y fijar criterios que reduzcan la discrecionalidad en la elección de los postulantes. "Corresponde adoptar a los propios integrantes del Consejo de la Magistratura y constituye una de las cuestiones institucionales pendientes", advirtieron.
La propuesta apunta a establecer un procedimiento con herramientas concretas. Una de ellas sería la incorporación de un examen escrito anónimo, de manera que la evaluación de los conocimientos jurídicos no esté condicionada por la identidad de quien rinde. A eso se sumaría una tabulación de antecedentes, con puntajes previamente establecidos, que permita comparar la formación y trayectoria de los aspirantes bajo parámetros comunes.
Otro de los puntos que se busca fortalecer es la entrevista personal. Quienes impulsan esta alternativa consideran que debería ser pública y hasta transmitirse para que cualquier ciudadano interesado pueda conocer cómo se desarrolla esa instancia. También plantean que su ponderación sea menor en el resultado final, para evitar que una entrevista termine modificando de manera determinante el orden de mérito construido a partir de los antecedentes y las evaluaciones técnicas.
El esquema se completaría con la obligación de que los consejeros emitan votos fundados y por escrito. Es decir, que no solo definan quiénes integrarán una terna, sino que expliquen cuáles fueron los motivos y criterios que justificaron esa decisión. La intención, según las fuentes consultadas, es que cada instancia del concurso pueda ser controlada y que las decisiones no queden sujetas a valoraciones sin fundamentos explícitos.
A propósito de ello, en la oposición habría una propuesta de reglamento que podría convertirse en parte de una plataforma electoral y funcionar como punto de encuentro entre distintos sectores. De hecho, para una parte de la oposición es clave consensuar acerca de ello.
La segunda postura sostiene que una transformación del sistema de selección debe pasar por la Cámara de Diputados. Quienes defienden esta alternativa consideran que una nueva ley permitiría introducir modificaciones más amplias y establecer obligaciones que excedan las cuestiones de funcionamiento interno del organismo.
El antecedente más reciente fue el proyecto que el oficialismo provincial anunció en julio de 2025. La propuesta buscaba reformar la ley que regula el Consejo de la Magistratura y establecer nuevos filtros para la designación de jueces, fiscales y defensores. Sin embargo, de ese proyecto no trascendieron mayores detalles, que contemplaba cuatro modificaciones centrales.
Para los postulantes, proponía incorporar un examen escrito de oposición y establecer un orden de mérito basado en el puntaje obtenido, además de exigir un certificado de salud mental y aptitud psicológica. Para los integrantes del Consejo, planteaba que los votos con los que se eligen los ternados debieran estar debidamente fundamentados. También preveía la participación de docentes especialistas de las universidades que dictan la carrera de Derecho en San Juan, quienes colaborarían en la elaboración y corrección de las evaluaciones.
En 2003 se había sancionado una ley que introducía cambios en el funcionamiento del Consejo e incorporaba un jurado con participación de las universidades. Sin embargo, ese esquema quedó suspendido y el procedimiento que continuó aplicándose fue el vigente desde 1986.
De todos modos, la discusión no se resuelve simplemente eligiendo entre una ley o un reglamento. No todos los cambios requieren necesariamente el mismo instrumento. Las reglas operativas de los concursos podrían ser materia de una reglamentación propia, siempre que se mantengan dentro de las atribuciones del Consejo y respeten el marco normativo vigente. En cambio, si se busca modificar disposiciones establecidas por la ley que regula el organismo, será necesaria una intervención legislativa. Y cualquier alteración de aspectos fijados por la Constitución provincial abriría una discusión de otro nivel.
El debate sanjuanino no es aislado. A nivel nacional, la forma de seleccionar a los magistrados también se encuentra bajo revisión. En marzo de 2026, los ministros de la Corte Suprema Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti impulsaron, mediante la Acordada 4/2026, un Proyecto de Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados. La iniciativa fue remitida al Consejo de la Magistratura de la Nación para su tratamiento y eventual adopción; no se trató de una ley ni de un reglamento que entrara automáticamente en vigencia.
El proyecto nacional propone adelantar los concursos para que las vacantes no queden sujetas a las coyunturas políticas, crear un legajo digital único y auditable, establecer una calificación de antecedentes con criterios uniformes e incorporar exámenes anónimos en dos etapas: una general, con preguntas de un banco público, y otra especial, basada en la resolución de casos prácticos y la redacción de sentencias. También limita la incidencia de la entrevista personal a 20 puntos sobre un total de 200.
La propuesta fue aprobada por Rosenkrantz y Lorenzetti, con la firma del secretario interviniente Luis Sebastián Clerici, y no contó con el acompañamiento de Horacio Rosatti. La Corte planteó que sus criterios podrían ser considerados por las provincias, con las adaptaciones correspondientes a cada orden constitucional. De esa manera, el debate nacional también funciona como referencia para las discusiones que se desarrollan en las jurisdicciones locales.
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Fuente: Tiempo de San Juan
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