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Licencia por maternidad para empleadas domésticas: guía de ARCA para empleadores

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) detalló el trámite para informar la licencia para empleadas domésticas por maternidad. Conocé los plazos legales, la cobertura económica y la gestión ante ANSES.

Por Daniela Castro2 min de lectura
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Licencia por maternidad para empleadas domésticas: guía de ARCA para empleadores
Licencia por maternidad para empleadas domésticas: guía de ARCA para empleadores · Foto: Río Negro

Por Daniela Castro

Licencia para empleadas domésticas.-

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó el procedimiento formal, que deben realizar los empleadores, para declarar la licencia para empleadas domésticas por maternidad a través del sistema web del organismo.

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Este derecho, consagrado en la Ley 26.844, otorga un receso remunerado de 90 días corridos sin costo salarial directo para las familias contratantes, dado que la prestación dineraria queda cubierta en su totalidad por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Para las trabajadoras y empleadores de Río Negro y Neuquén, conocer la articulación administrativa entre ambos entes resulta determinante para evitar interrupciones en los ingresos y asegurar la continuidad de los aportes previsionales.

El circuito administrativo se inicia cuando la trabajadora presenta, ante su empleador, el certificado médico en el que se certifique de forma fehaciente la fecha probable de parto (FPP).

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A partir de esa notificación formal, la parte empleadora debe ingresar con su Clave Fiscal al portal de ARCA e ingresar a la herramienta interactiva «Personal de Casas Particulares«, donde seleccionará a la dependiente y cargará el período de receso correspondiente.

La legislación contempla un período legal total de 90 días corridos, que puede distribuirse bajo dos modalidades a elección de la trabajadora:

Durante el transcurso de este período, rige la prohibición legal de trabajar y la garantía de conservación del puesto. Al asentar la novedad en el portal fiscal, el sistema suspende temporalmente la obligación patronal de abonar la remuneración mensual y readecúa las contribuciones según la normativa vigente.

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La cobertura económica durante la licencia para empleadas domésticas no recae sobre el empleador, sino sobre el sistema de seguridad social administrado por ANSES.

El organismo previsional abona la Asignación por Maternidad, un beneficio dinerario equivalente a la remuneración bruta que percibe habitualmente la trabajadora, garantizando el cobro íntegro sin retenciones de aportes de seguridad social.

Para habilitar la liquidación del beneficio, la empleada debe gestionar el expediente ante ANSES presentando la «Declaración Jurada Maternidad Trabajadoras de Casas Particulares«, firmada por el empleador, acompañada por el certificado médico y el DNI.

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En los casos en que la trabajadora cumpla tareas en más de un domicilio bajo modalidad multifunción o por horas, deberá presentar una declaración jurada individual por cada uno de los vínculos laborales debidamente registrados para percibir la asignación sobre la totalidad de sus ingresos.

Temas

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) recordó el procedimiento formal, que deben realizar los empleadores, para declarar la licencia para empleadas domésticas por maternidad a través del sistema web del organismo.

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Fuente: Río Negro

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