Los colectivos en Bariloche deberán tener cartelería con amplia información en el interior
Una ordenanza que entró en vigencia exige recorridos, horarios, puntos de interés, entre otros datos.

Por Redacción
Los colectivos del TUP de Bariloche deberán tener carteles informativos de unidad, recorridos de las líneas y otros datos definidos por ordenanza. Foto: Archivo
Con la entrada en vigencia de la ordenanza 3605, los colectivos del transporte urbano de pasajeros (TUP) de Bariloche deberán contar con cartelería y señalética con información al usuario.
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La norma tiene un plazo de cumplimiento a partir de los 180 días de promulgada, por lo que para fines de diciembre todas las unidades del servicio deberán cumplir con la nueva exigencia.
Se busca "establecer estándares mínimos y uniformes en materia de cartelería, señalética, orientación, accesibilidad, seguridad e información a las personas usuarias" del TUP y ordenar con precisión qué tipo de datos deben difundirse en las unidades, más allá de la información que ya está disponible según las exigencias del contrato de concesión con la empresa Mi Bus (Amancay SRL).
La cartelería deberá estar en todas las unidades de la flota de colectivos de Mi Bus que presta el servicio urbano, que se dota de unos 80 colectivos, entre los de servicio normal y los refuerzos.
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Estos carteles deben contener el número de línea y número interno de la unidad; el recorrido de la línea, incluyendo calles principales, barrios, paradas relevantes y sitios de interés; los horario, tarifas y medios de pago habilitados; además de información sobre derechos, obligaciones, normas de convivencia y uso del servicio; identificación de asientos prioritarios e información relativa a accesibilidad y prioridad de uso.
También debe tener visibles y señalizadas las salidas de emergencia y ubicación de los elementos de seguridad; identificación de matafuegos, martillos rompecristales y botiquín de primeros auxilios; pictogramas y símbolos de fácil comprensión destinados a la orientación de las personas usuarias; canales telefónicos y/o digitales de atención, reclamos, denuncias y consultas; y números telefónicos de emergencia.
En la parte exterior de los colectivos también deben tener cartelería que indique el número de línea en la parte delantera, lateral y trasera de la unidad; identificación visible del recorrido, cabecera o destino principal de la línea; número interno de la unidady señalización relativa a accesibilidad y prioridad de uso.
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La ordenanza que promovieron los concejales Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche) y Roxana Ferreyra (Nos Une) especifica además que los colectivos del transporte urbano deben mantener la limpieza interior periódica y condiciones de higiene y salubridad.
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Con la entrada en vigencia de la ordenanza 3605, los colectivos del transporte urbano de pasajeros (TUP) de Bariloche deberán contar con cartelería y señalética con información al usuario.
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Fuente: Río Negro
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