Milei decretó la expulsión de extranjeros que expresen mensajes de odio contra Argentina o sus ciudadanos
La medida también incluye el impedimento de ingreso al país. La decisión del Presidente se da luego de la campaña anti-Argentina que hubo después el Mundial.

El Gobierno nacional publicó durante la medianoche un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el que remarcó que expulsará o prohibirá el ingreso al país de aquellos extranjeros que "incitaren o dirigieran mensajes de odio, discriminación y o violencia contra el pueblo argentino" o directamente "ultrajen los símbolos patrios".
La medida, que lleva la firma del presidente Javier Milei, fue dada a conocer por la Oficina del Presidente de la República Argentina (OPRA) y es en respuesta "a las recientes manifestaciones de hostilidad" contra el país.
"La Oficina del Presidente informa que el presidente Javier G. Milei ha firmado un Decreto de Necesidad y Urgencia que incorpora como causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a todo extranjero que dirigiere o incitare mensajes de odio, discriminación y/o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por razón de su nacionalidad, así como el ultraje a los símbolos patrios", indicó el DNU en su comienzo.
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Y remarcó: "Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país".
Los ataques a los que se refiere Milei se intensificaron durante el último Mundial de fútbol disputado en los Estados Unidos, México y Canadá, sobre todo en redes sociales.
El DNU incorporó un nuevo inciso al artículo 29 de la Ley 25.871, que establece las causas por las cuales una persona extranjera puede ser rechazada al intentar ingresar al territorio nacional.
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Según el decreto, la nueva normativa permitirá prohibir el ingreso o expulsar del territorio argentino a extranjeros que promuevan ataques contra el país, sus ciudadanos o sus símbolos.
A partir de la modificación, se impedirá la entrada a quienes hayan dirigido "mensajes de odio en forma oral o escrita" o incitado a la violencia contra el pueblo argentino o contra un ciudadano por su nacionalidad.
La restricción también alcanzará a quienes hayan realizado, participado o incitado a cometer "actos de ultraje de símbolos patrios nacionales".
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Sin embargo, el texto aclara que no podrán quedar comprendidas dentro de estas causales las expresiones de disenso ideológico ni las críticas políticas, académicas o ciudadanas que formen parte del ejercicio legítimo de derechos constitucionales.
En los fundamentos, el Gobierno sostuvo que aumentaron "considerablemente los mensajes de odio y actos de hostilidad y menosprecio dirigidos específicamente contra el pueblo argentino, su cultura y su identidad nacional".
Además, argumentó que esas conductas representan un riesgo para los ciudadanos y afectan las condiciones de "convivencia armónica y paz social" que justifican la admisión y permanencia de extranjeros en el país.
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El decreto también incorporó estas conductas como causal para cancelar la residencia de una persona extranjera que ya se encuentre dentro del territorio argentino.
La modificación del artículo 62 establece que podrá perder su residencia quien haya difundido mensajes de odio, promovido la violencia contra argentinos por su nacionalidad o participado en actos contra los símbolos patrios.
En esos casos, la decisión podrá derivar en una intimación para abandonar el país dentro de un plazo determinado o directamente en la expulsión del territorio nacional.
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Para adoptar esa medida, las autoridades deberán tener en cuenta "las circunstancias fácticas y personales del interesado", según establece el nuevo texto del artículo 63.
Fuente: Tiempo de San Juan
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