Millonario reclamo a la Provincia: un perito pide mantener $441,7 millones en honorarios y rechaza el
La controversia judicial por la actualización de honorarios profesionales en un pleito histórico contra la Provincia de Tucumán sumó un nuevo capítulo. Ante

La controversia judicial por la actualización de honorarios profesionales en un pleito histórico contra la Provincia de Tucumán sumó un nuevo capítulo. Ante el planteo de la Fiscalía de Estado para retrotraer y recortar a $25 millones la regulación de un perito contador, la defensa del profesional contestó formalmente la impugnación ante la Cámara Contencioso Administrativa. En el escrito presentado, el perito Augusto Pío Tacconi solicitó ratificar la planilla de $441,7 millones, advirtiendo que la pretensión oficial de aplicar una tasa activa nominal implica una «licuación y confiscación superior al 90 %» de sus acreencias.
La argumentación de la defensa se centra en sostener que los honorarios profesionales constituyen una «deuda de valor» y no de dinero nominal, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para exigir que la suma conserve su poder adquisitivo real frente a la inflación. El escrito señala que, desde octubre de 2017 a la fecha, los costos de la economía se multiplicaron por 90, mientras que el cálculo pretendido por el Estado provincial apenas incrementaría el monto original por 5,7 veces. Por tal motivo, defienden la aplicación de la tasa TIM —prevista por el Banco Central— como la única herramienta técnica capaz de evitar la depreciación del crédito.
Si bien la presentación ratifica el reclamo de la liquidación original, la representación legal del contador dejó abierta la posibilidad de que el tribunal contencioso fije un mecanismo alternativo que respete la equidad y preserve el valor real de la retribución profesional. Asimismo, la defensa dejó planteada la reserva del caso federal para acudir a la Corte Suprema de la Nación en caso de que la resolución provincial consolide la licuación de los honorarios fijados por sentencia.
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Fuente: El Federalista
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