Misiones promulgó la ley que garantiza controles para detectar cardiopatías congénitas desde el embarazo
Misiones promulgó la Ley XVII - Nº 218, que garantiza controles prenatales, oximetría neonatal y seguimiento integral para detectar y tratar cardiopatías congénitas.

El Gobierno provincial promulgó la Ley XVII – Nº 218, que pone en vigencia el Programa Provincial de Cardiopatías Congénitas, destinado a la detección temprana, diagnóstico, tratamiento y seguimiento de pacientes desde la etapa fetal y durante toda la vida.
La norma fue publicada este viernes en el Boletín Oficial de la Provincia de Misiones, junto al Decreto Nº 1132, mediante el cual el Poder Ejecutivo dispuso tener por ley la iniciativa sancionada por la Cámara de Representantes y ordenó su cumplimiento.
El programa funcionará en el ámbito del Parque de la Salud "Dr. Ramón Madariaga" y tendrá como eje garantizar el acceso a controles, estudios, tratamientos y seguimiento de personas con cardiopatías congénitas, una condición que requiere detección oportuna y abordaje especializado desde las primeras etapas de la vida.
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Uno de los puntos centrales de la ley es la obligación de incluir ecografías fetales con evaluación cardíaca y ecocardiograma Doppler Color Fetal en los controles de rutina de todas las mujeres embarazadas o personas gestantes, entre las 16 y 28 semanas de gestación, tengan o no factores de riesgo.
Además, la norma incorpora la realización obligatoria de oximetría de pulso a todo recién nacido, entre las 24 horas de vida y el alta hospitalaria, como medida preventiva para la detección precoz de cardiopatías congénitas.
También establece controles cardiológicos a los 5 y 12 años, destinados a la prevención y detección de cardiopatías no diagnosticadas o asintomáticas en niños, niñas y adolescentes.
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La cobertura prevista por el programa incluye estudios y prácticas diagnósticas, atención médica multidisciplinaria, tratamientos quirúrgicos, rehabilitación, fisioterapia, nutrición, medicamentos, insumos médicos, prótesis, dispositivos médicos y suplementos dietarios o nutricionales indicados por el equipo tratante.
También contempla atención psicológica y contención emocional para el paciente y su grupo familiar, además de servicios de consulta, asistencia y seguimiento mediante tecnologías de la información y la comunicación.
Otro aspecto relevante es que se garantizan las derivaciones y traslados hacia y desde otros centros de tratamiento, tanto dentro como fuera de la provincia, cuando la complejidad del caso lo requiera.
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El programa estará integrado por el Centro de Referencia Provincial del Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas, el nivel central del Ministerio de Salud Pública, hospitales con servicios de obstetricia, neonatología y pediatría, centros de atención primaria y las oficinas de referencia y contrarreferencia de las zonas sanitarias.
La norma también crea el Registro Provincial de Cardiopatías Congénitas, donde deberán notificarse los diagnósticos presuntivos o confirmados, tanto desde el sistema público como desde el privado. Los datos deberán mantenerse actualizados en la Red de Información de Salud de Misiones (RISMi) para facilitar la atención, el seguimiento posterior al alta y la continuidad de los tratamientos.
En paralelo, la ley adhiere a Misiones a la Ley Nacional Nº 27.713, que creó el Programa Nacional de Cardiopatías Congénitas, y establece que el financiamiento saldrá de partidas asignadas al Ministerio de Salud Pública y al Parque de la Salud, además de aportes, subsidios, contribuciones o donaciones de organismos públicos o privados.
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La normativa también instituye el 14 de febrero como Día Provincial de las Cardiopatías Congénitas, en coincidencia con el Día Mundial, y dispone que esa noche se iluminen de color rojo monumentos y edificios públicos provinciales como herramienta de difusión y concientización.
Fuente: Primera Edición
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