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Modifican la VTV: habilitan a talleres particulares y fijan nuevos plazos para la revisión vehicular

El Gobierno nacional desreguló el sistema de inspección técnica obligatoria y actualizó los requisitos mecánicos y de emisiones según estándares internacionales

Por Redacción2 min de lectura
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Modifican la VTV: habilitan a talleres particulares y fijan nuevos plazos para la revisión vehicular
Modifican la VTV: habilitan a talleres particulares y fijan nuevos plazos para la revisión vehicular · Foto: El Esquiú

El Gobierno nacional desreguló el sistema de inspección técnica obligatoria y actualizó los requisitos mecánicos y de emisiones según estándares internacionales

El Poder Ejecutivo Nacional aprobó una serie de modificaciones al Decreto 779/1995, reglamentario de la Ley 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial, que transforman el funcionamiento de la Verificación Técnica Vehicular (VTV). La medida elimina la obligación de concurrir a centros de inspección específicos y habilita a cualquier taller mecánico o empresa privada con capacidad técnica demostrada a realizar la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) de vehículos particulares y de transporte.

La reforma se concretó formalmente mediante la publicación del Decreto 689/2026 en el Boletín Oficial, el cual modifica el artículo 34 de la reglamentación de tránsito para completar el marco normativo iniciado por la Resolución 32/2026 de la Secretaría de Transporte. Esta norma previa había dispuesto la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, abriendo el padrón a todos los establecimientos que cumplan con los requisitos técnicos exigidos.

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Según los documentos oficiales a los que accedió la Agencia Noticias Argentinas, la nueva normativa también actualiza los artículos que regulan las exigencias mecánicas de los automóviles y los parámetros de emisiones contaminantes, adecuándolos a los estándares internacionales vigentes. A su vez, el decreto redefinió los plazos de vigencia de la RTO para todo el parque automotor:

Vehículos particulares de hasta 10 años de antigüedad: deberán realizar la revisión cada dos años.

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Vehículos particulares con más de 10 años de antigüedad: mantendrán la obligación de hacer el trámite en forma anual.

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Vehículos de transporte de pasajeros y de carga: tendrán un esquema de control en forma semestral.

La fiscalización de los centros habilitados y el control de calidad de los procedimientos estarán bajo la órbita de la Subsecretaría de Transporte Automotor de la Nación. Como condición indispensable para mantener la licencia operativa, los talleres inscriptos deberán transmitir los resultados de cada chequeo en tiempo real a la base de datos unificada del sistema nacional.

Fuente: El Esquiú

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