Monotributo 2026: cuánto puede facturar por mes cada categoría tras la actualización de ARCA
ARCA actualizó los topes de facturación y las cuotas mensuales del régimen simplificado con una suba del 16,8%. Los nuevos valores ya se aplican para la recategorización del segundo semestre.

ARCA actualizó los topes de facturación y las cuotas mensuales del régimen simplificado con una suba del 16,8%. Los nuevos valores ya se aplican para la recategorización del segundo semestre.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las escalas del monotributo con un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales.
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Los nuevos valores se utilizan para la recategorización correspondiente al segundo semestre de 2026 y comenzarán a aplicarse en los pagos con vencimiento desde agosto.
Si bien el régimen simplificado evalúa los ingresos brutos acumulados de los últimos 12 meses, muchos contribuyentes toman una referencia mensual para controlar su facturación y evitar superar el límite de la categoría en la que están inscriptos.
Desde ARCA aclararon que el parámetro oficial es anual, pero dividir ese monto por doce permite tener una guía orientativa durante el año.
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Cuánto puede facturar por mes cada categoría
Tomando los nuevos topes anuales vigentes, estos son los montos orientativos de facturación mensual para cada categoría del monotributo:
Categoría A: hasta $1.000.784,20 por mes.Categoría B: hasta $1.466.265,23 por mes.Categoría C: hasta $2.055.874,53 por mes.Categoría D: hasta $2.552.387,62 por mes.Categoría E: hasta $3.002.352,61 por mes.Categoría F: hasta $3.762.638,28 por mes.Categoría G: hasta $4.499.649,91 por mes.Categoría H: hasta $6.827.055,03 por mes.Categoría I: hasta $7.641.646,83 por mes.Categoría J: hasta $8.751.043,27 por mes.Categoría K: hasta $10.550.903,23 por mes.
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Qué pasa si se supera el límite
ARCA recuerda que la permanencia en una categoría no depende únicamente de la facturación. También se consideran otros parámetros, como la superficie afectada a la actividad, el consumo anual de energía eléctrica y el monto de los alquileres devengados, según corresponda.
Además, el organismo analiza los ingresos devengados de los últimos doce meses, es decir, las facturas emitidas durante ese período, independientemente de cuándo hayan sido cobradas.
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Por ese motivo, superar el promedio mensual en un mes puntual no implica automáticamente quedar excluido del régimen, siempre que el total anual permanezca dentro del tope de la categoría correspondiente.
Los contribuyentes que excedan los límites establecidos deberán recategorizarse o, en caso de superar el máximo previsto para el monotributo, pasar al régimen general de IVA y Ganancias, de acuerdo con las normas vigentes de ARCA.
Fuente: Diario Panorama
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