Saltar al contenido principal

Monteros: un hombre pretendía dejar de pagar los alimentos de su hijo con autismo

Alegaba falta de representación legal porque su hijo es mayor de edad, pero el tribunal validó el rol materno como apoyo de hecho sin exigir trámites previos.

Por Juan Manuel Montero3 min de lectura
Compartir
Monteros: un hombre pretendía dejar de pagar los alimentos de su hijo con autismo
Monteros: un hombre pretendía dejar de pagar los alimentos de su hijo con autismo · Foto: La Gaceta

Un hombre deberá seguir pagando la cuota alimentaria para su hijo diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista (TEA), a pesar de que intentó suspender el reclamo alegando que el joven ya cumplió la mayoría de edad y no cuenta con una sentencia judicial que declare su incapacidad ni designe formalmente a la madre como su tutora. Frente a esa pretensión, la Justicia de Monteros denegó el planteo al determinar que la falta de un juicio de restricción a la capacidad no anula los derechos del joven ni desconoce el rol de la progenitora, quien asumió en forma exclusiva su crianza, sus terapias diarias y su sostenimiento cotidiano, por lo que el padre tendrá que continuar sujeto al descuento provisorio del 35% de sus haberes y afrontar las costas del litigio.

El litigio se originó el 5 de mayo de 2025, cuando el Defensor Oficial Civil de la 1ª Nominación, Gustavo Paliza, en representación letrada de la mujer, promovió demanda contra el hombre solicitando la fijación de una cuota asistencial en favor del hijo de ambos. La mujer acreditó el vínculo filial, el Certificado Único de Discapacidad y constancias de una pensión no contributiva, junto con evaluaciones neurológicas, psicológicas y fonoaudiológicas que dan cuenta de las necesidades permanentes del joven.

Tras el dictado de una medida provisoria del 35% sobre el sueldo municipal del demandado y el fracaso de la instancia de mediación prejudicial, el hombre sostuvo que su hijo es mayor de edad y que la madre carecía de personería para peticionar en su nombre al no exhibir un poder otorgado por el joven ni una sentencia judicial que declare su incapacidad.

También te puede interesar: "Granate" demoledor

La jueza Mariana Rey Galindo declaró la improcedencia formal y manifiesta de la vía elegida. Puntualizó que el propio texto del rito procesal local prohibe de manera expresa la deducción de excepciones de previo y especial pronunciamiento durante la audiencia de alimentos, en resguardo de la celeridad y la naturaleza asistencial urgente del proceso. "El texto legal es categórico y clausura cualquier debate al respecto, por lo tanto, resulta formal y sustancialmente inadmisible introducir una excepción de previo y especial pronunciamiento en el marco de la audiencia del juicio de alimentos. El planteo colisiona de frente con la estructura, la celeridad y la finalidad tuitiva que rigen este procedimiento especial", consignó el pronunciamiento al rechazar in limine el planteo.

El conflicto se redujo a una discusión básica: el padre pretendía que, como su hijo ya superó la mayoría de edad, la Justicia no le cobre los alimentos hasta tanto la madre no tramite un juicio formal que declare al joven como persona incapaz y la designe formalmente como su tutora. Sin embargo, la jueza descartó de plano esa exigencia al señalar que la condición de autismo no convierte a una persona en una figura sin derechos, y remarcó que la realidad diaria demuestra que es la madre quien cuida, asiste y acompaña al joven en todas sus necesidades desde la infancia, por lo que no hace falta imponerle más trámites ni someter a la familia a un desgaste burocrático previo para exigir el dinero que Manuel necesita para subsistir.

La resolución desarticuló la premisa defensiva del progenitor, señalando que "la 'discapacidad' no equivale ni presupone 'capacidad restringida'". Rey Galindo valoró que la mujer ejerce una función de soporte fáctico e ininterrumpido en la vida real del joven, la cual no puede verse obturada por exigencias formales de designaciones previas.

También te puede interesar: Cronograma semanal de operativos ambientales para prevenir chikungunya y dengue, del 14 al 18 de septiembre

De acuerdo con los informes interdisciplinarios, las variaciones en las rutinas del joven y la imposición de actos solemnes generan estados de desestabilización emocional, motivo por el cual él manifestó su negativa a presentarse. Asimismo, la jueza ordenó la inmediata prosecución del trámite principal del juicio de alimentos según las pautas del Código Procesal de Familia de Tucumán. De este modo, la causa continuará su curso para determinar la cuota definitiva sin supeditar la subsistencia alimentaria a los resultados del proceso sobre determinación de capacidad que tramita en paralelo.

Fuente: La Gaceta

  • #politica
  • #monteros
  • #hombre
  • #pretendia
  • #dejar
  • #pagar
  • #alimentos
  • #hijo
  • #autismo
  • #tucuman

Te puede interesar

Newsletter Pulso Federal · Diaria

La radiografía política y económica del país, todos los días en tu casilla.

Análisis federal, indicadores y la mirada del interior sobre la agenda nacional. Para tomadores de decisión, periodistas y ciudadanos exigentes. Sin spam.

Te suscribís y podés cancelar cuando quieras.