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Movilidad jubilatoria: los aumentos se aplicarán solo sobre conceptos remunerativos

Este mes debuta el nuevo esquema de movilidad jubilatoria para 67.000 jubilados provinciales, que toma como referencia la paritaria docente

Por Uno Entre Rios2 min de lectura
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Movilidad jubilatoria: los aumentos se aplicarán solo sobre conceptos remunerativos
Movilidad jubilatoria: los aumentos se aplicarán solo sobre conceptos remunerativos · Foto: UNO Entre Ríos

Este mes debuta el nuevo esquema de movilidad jubilatoria para 67.000 jubilados provinciales, que toma como referencia la paritaria docente

Este mes debuta el nuevo esquema de movilidad jubilatoria para 67.000 jubilados provinciales, que toma como referencia la paritaria docente

En septiembre entra en vigencia por primera vez la movilidad jubilatoria dispuesta por la Ley 11.302, de Restauración del Equilibrio y Fortalecimiento del Sistema Previsional, en la provincia de Entre Ríos. La normativa introduce cambios clave en el mecanismo de traslado de los incrementos salariales desde los trabajadores activos hacia los jubilados y pensionados del sistema provincial.

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El nuevo régimen vincula la movilidad con las variaciones salariales —acordadas por paritaria o dispuestas por decreto— del escalafón que concentra la mayor cantidad de aportantes, que actualmente corresponde al sector docente.

La piedra angular de la aplicación estará definida en la reglamentación del artículo 34° (que modifica el artículo 71° de la Ley 8732), la cual dejará asentado que únicamente se trasladará a los pasivos el porcentaje fijado sobre conceptos remunerativos.

Transparentar la realidad previsional también es gobernar.

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El presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, Gastón Bagnat, anticipó que la reglamentación del artículo 34° dejará claramente establecido que sólo se trasladarán a los pasivos los aumentos sobre conceptos remunerativos. También dijo que el objetivo es sostener un criterio técnico donde los aumentos trasladados generen sus correspondientes aportes previsionales por parte de los activos.

Con la paritaria docente en marcha, es clave determinar qué parte de esos aumentos se trasladará a los jubilados. Ese punto quedará establecido en la reglamentación del artículo 34°, que modifica el artículo 71° de la Ley 8732, cuya publicación es inminente, anticipó el presidente de la Caja a Página Gremial.

La aclaración responde a la estructura del haber docente, integrada por múltiples bonificaciones y adicionales no remunerativos que, al no contar con aportes, generaban distorsiones en el sistema.

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En declaraciones radiales, Bagnat señaló que bajo el esquema previo de la Ley 8.732 se trasladaban incrementos fijados en ámbitos ajenos a la negociación provincial —como paritarias de la Corte Suprema o del sector bancario—, lo que causaba un daño severo al organismo previsional.

Con la nueva reglamentación, la redacción final del acta paritaria docente será la referencia directa para determinar la proporción que percibirán los pasivos.

El titular del organismo confirmó que el sistema no apelará a índices ni promedios para calcular los haberes, por considerarlos un análisis más subjetivo. A su vez, ratificó que la suba surgida de la negociación salarial se liquidará a los jubilados en el mismo mes en que sea percibida por los trabajadores activos.

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Bagnat precisó que el plazo de 60 días previsto en la norma constituye únicamente un margen administrativo ante imponderables, dado que los aportes ingresan en el mismo mes de la liquidación.

La implementación de este esquema alcanza de forma directa a los 67.000 jubilados y pensionados que componen el sistema previsional de la provincia

Fuente: UNO Entre Ríos

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