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Nuevo Encuentro: la Justicia Federal condenó al diputado Martín Balsa por irregularidades con los fondos

El Juzgado Federal de Santa Rosa sancionó al actual diputado provincial y al tesorero de la agrupación política tras detectar maniobras opacas en la rendición de cuentas del ejercicio contable 2024.

Por F autor3 min de lectura
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Nuevo Encuentro: la Justicia Federal condenó al diputado Martín Balsa por irregularidades con los fondos 
Nuevo Encuentro: la Justicia Federal condenó al diputado Martín Balsa por irregularidades con los fondos  · Foto: El Diario de La Pampa

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EL DIARIO digital

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El Juzgado Federal de Santa Rosa con competencia electoral, bajo la firma del juez Juan José Baric, dictó sentencia en la causa iniciada a raíz de la desaprobación de los estados contables del partido político Nuevo Encuentro por la Democracia y la Equidad (Distrito La Pampa).

El resolutorio dispuso condenar a la pena de inhabilitación por el plazo de seis meses al presidente de la agrupación y actual diputado provincial Martín Horacio Balsa, así como al tesorero partidario Maximiliano Nahuel Zorrilla.

Dicha sanción les impide ejercer el derecho a elegir y ser elegidos en comicios a cargos públicos nacionales y de autoridades partidarias, además de inhabilitarlos para el desempeño de cargos públicos y partidarios durante dicho período.

La medida fue impuesta al considerarlos coautores de la infracción contemplada en el artículo 63, inciso b), de la Ley 26.215 de Financiamiento de los Partidos Políticos, por no haber podido acreditar debidamente el origen ni el destino de los fondos del ejercicio contable 2024.

De acuerdo con la investigación impulsada por la representante del Ministerio Público Fiscal, la Dra. Iara Silvestre, la agrupación política no recibió aportes públicos durante 2024 por pesar sobre ella una sanción judicial anterior informada por la Dirección Nacional Electoral.

Respecto de los aportes privados, el partido percibió $3.340.869,71 mediante transferencias de la Cámara de Diputados de La Pampa provenientes de descuentos aplicados a afiliados que se desempeñan como funcionarios. Sin embargo, al efectuarse las transferencias en una masa dineraria global, no se garantizó la identificación individual y fehaciente de los donantes en el acto bancario ni en los asientos contables, vulnerando los requisitos de trazabilidad exigidos por la ley.

En relación con los egresos, la investigación constató la extracción de $823.582 mediante cinco cheques librados al portador contra la cuenta partidaria del Banco de la Nación Argentina. De ese monto, la Justicia determinó que solo se logró justificar debidamente la erogación de $14.000 pagados a un proveedor formal, quedando un remanente de $809.582 sin trazabilidad ni justificación válida.

Entre las principales irregularidades detectadas en la documentación aportada para intentar avalar las salidas de dinero, el tribunal destacó:

Cheques cobrados por la letrada defensora: Tres de los cheques emitidos al portador fueron cobrados por caja por la propia abogada de los acusados.

Comprobantes ajenos al distrito o a particulares: Presentación de facturas emitidas a nombre del orden nacional del partido, gastos por honorarios prestados a una particular y tickets de combustible con el CUIL personal de la letrada.

Comprobantes fuera de término: Inclusión de una factura emitida en septiembre de 2023 para intentar respaldar erogaciones del ejercicio 2024.

Asientos sin documentación de respaldo: Anotaciones en el Libro Diario sobre rendiciones de gastos por sumas de $44.000 y $55.000 sin comprobante alguno.

Ausencia en el debate y desaprobación del balance

El fallo recordó que los estados contables del ejercicio 2024 fueron desaprobados debido a la confección irregular del Libro Diario (donde se pegaron fotocopias y hojas adicionales violando el principio de inalterabilidad contable), lo que imposibilitó la auditoría del Cuerpo de Contadores de la Cámara Nacional Electoral.

Asimismo, el juez dejó constancia de que ni los imputados Martín Balsa y Maximiliano Zorrilla ni su defensora particular se presentaron a la audiencia de juicio oral, llevándose a cabo el acto procesal en su ausencia conforme lo faculta el Código Electoral Nacional. Al graduar la sanción en seis meses, el magistrado contempló la ausencia de antecedentes previos de los sancionados, aunque subrayó la gravedad institucional que reviste afectar la transparencia en el financiamiento político.

Fuente: El Diario de La Pampa

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