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Olivares Yapur explicó la diferencia entre la ley transitoria y el Código Penal Juvenil que deberá tratar Diputados: más estructura, cambios en el rol del fiscal y un nuevo sistema

El presidente de la Corte de Justicia llegó al Anexo de la Legislatura para explicar ante los diputados las diferencias entre el proyecto que se tratará el próximo lunes y el futuro Código Procesal Penal Juvenil, en el que trabaja el Ejecutivo junto a otros organismos. Anticipó l…

Por Tiempo de San Juan5 min de lectura
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Olivares Yapur explicó la diferencia entre la ley transitoria y el Código Penal Juvenil que deberá tratar Diputados: más estructura, cambios en el rol del fiscal y un nuevo sistema
Olivares Yapur explicó la diferencia entre la ley transitoria y el Código Penal Juvenil que deberá tratar Diputados: más estructura, cambios en el rol del fiscal y un nuevo sistema · Foto: Tiempo de San Juan

El presidente de la Corte de Justicia de San Juan, Daniel Olivares Yapur, llegó este jueves al Anexo de la Legislatura acompañado por la jueza de Menores, María Julia Camus, para explicar ante los diputados cómo se aplicará en la provincia la Ley Nacional 27.801 de Régimen Penal Juvenil y, principalmente, qué diferencias existen entre el régimen transitorio que se tratará este lunes en sesión especial y el futuro Código Procesal Penal Juvenil.

La reunión contó con la presencia de casi la totalidad de los legisladores, tanto del oficialismo como de la oposición. El proyecto que llegará al recinto el lunes busca establecer un régimen transitorio que permita adaptar la aplicación de la normativa nacional al sistema procesal que actualmente tiene San Juan, hasta tanto la provincia sancione su propio Código Procesal Penal Juvenil.

El punto central de la discusión está en que la Ley Nacional 27.801 fue sancionada bajo los principios de un sistema acusatorio, en el que la investigación está a cargo del fiscal, mientras que San Juan mantiene para los menores un régimen inquisitivo mixto, establecido por la Ley 754-O. En este esquema, el juez de Menores tiene a su cargo la investigación y también la decisión sobre las medidas que se toman durante esa etapa.

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Olivares Yapur explicó que la ley transitoria no busca modificar ese sistema de fondo, sino generar un marco que permita aplicar los nuevos institutos de la legislación nacional dentro del procedimiento que actualmente rige en la provincia. "Es necesario tener un marco jurídico procesal respaldatorio del accionar de los jueces", sostuvo el presidente de la Corte, quien explicó que el proyecto fue trabajado en conjunto con el Poder Ejecutivo para encontrar una forma de aplicar la nueva normativa nacional mientras se avanza hacia el futuro código provincial.

En la práctica, el juez continuará teniendo el control de la investigación durante la primera etapa del proceso. Sin embargo, antes de tomar determinadas decisiones deberá dar intervención al fiscal y al asesor de Menores. Esa participación será obligatoria, pero no significará que el magistrado quede sujeto a lo que determine el representante del Ministerio Público.

Ante la consulta sobre si la opinión del fiscal será vinculante, Olivares Yapur fue categórico: no. "No es vinculante porque no está previsto que sea vinculante en el régimen actual", explicó. De todos modos, aclaró que el juez deberá solicitar su opinión y la del asesor de Menores antes de resolver, ya que no podrá tomar la decisión sin esa intervención "bajo pena de nulidad".

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La diferencia es clave porque, en un sistema acusatorio, el fiscal es quien tiene a su cargo la investigación y es el titular del ejercicio de la acción penal. En el régimen transitorio sanjuanino, en cambio, esa función continuará en manos del juez, justamente porque la provincia todavía no modificará su estructura procesal.

De esta manera, la iniciativa permitirá que los magistrados puedan aplicar herramientas que incorpora la nueva legislación nacional, entre ellas los criterios de oportunidad, la suspensión del juicio a prueba y el juicio abreviado, pero dentro de las reglas procesales que actualmente existen en San Juan.

"Reitero, no se modifica el régimen actual, se adapta", remarcó Olivares Yapur. Según explicó, no se pretende imponer directamente los principios del sistema acusatorio sobre un procedimiento que tiene otra lógica, sino establecer las condiciones para que la nueva legislación pueda comenzar a aplicarse durante el período de transición.

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El cambio de fondo llegará con el futuro Código Procesal Penal Juvenil, que deberá ser tratado por la Legislatura. Allí sí San Juan pasará a un sistema acusatorio adversarial específico para menores, con una estructura judicial diferente a la actual.

En ese nuevo esquema harán falta jueces, fiscales, defensores y asesores especializados, además de cargos de funcionarios y personal administrativo e infraestructura específica. Olivares Yapur aclaró que todavía se encuentra en estudio la cantidad de cargos que serán necesarios.

El titular de la Corte también marcó una diferencia respecto del sistema acusatorio para adultos. "El sistema acusatorio para adultos no es lisa y llanamente el sistema acusatorio para menores", señaló. El procedimiento puede compartir determinadas características, pero el ámbito juvenil requiere operadores especializados.

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Para graficar la estructura que será necesaria, puso como ejemplo el sistema de Flagrancia, que cuenta con jueces, fiscales, defensores y una oficina judicial propia.

La puesta en marcha del futuro código, además, requerirá un período de preparación. Según explicó Olivares Yapur, todo cambio de sistema procesal necesita un tiempo para que el Estado pueda designar funcionarios y magistrados, adecuar la infraestructura y capacitar a quienes deberán intervenir en los nuevos procedimientos.

En ese sentido, estimó que es probable que el nuevo Código Procesal Penal Juvenil no llegue a implementarse durante este año. Aclaró, de todos modos, que la definición de los tiempos no depende del Poder Judicial, sino exclusivamente de la Legislatura, que será la encargada de sancionar el nuevo cuerpo normativo.

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Fuente: Tiempo de San Juan

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