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Ordenan indemnizar también a la madre en un juicio por reconocimiento de paternidad

La Justicia pampeana dictó un fallo clave que redefine los alcances de la responsabilidad parental en los juicios de filiación, al determinar que la negativa deliberada a reconocer a un hijo no solo vulnera el derecho a la identidad del menor.

Por F autor2 min de lectura
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Ordenan indemnizar también a la madre en un juicio por reconocimiento de paternidad
Ordenan indemnizar también a la madre en un juicio por reconocimiento de paternidad · Foto: El Diario de La Pampa

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La Cámara de Apelaciones de Santa Rosa amplió una indemnización por daños derivada de un juicio de filiación y resolvió que, además de la hija, también deberá ser resarcida la madre por el daño moral sufrido como consecuencia de la negativa del padre a reconocer voluntariamente a la niña.

La Sala 1 confirmó la condena que obliga a Sergio Adrián Houriet a pagar $2 millones en concepto de daño moral a su hija por haber demorado el reconocimiento de la paternidad, pero además revocó parcialmente el fallo de primera instancia y dispuso que deberá indemnizar con otro $1 millón a la madre, Guadalupe Ana Sofía Jeannee, por los padecimientos que atravesó durante el embarazo y la crianza inicial de la niña.

En cambio, los jueces rechazaron el reclamo de la mujer por daño patrimonial, al considerar que no logró acreditar los gastos que dijo haber afrontado durante el embarazo, el parto y el nacimiento de la hija.

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El fundamento

El caso se originó luego de un juicio de filiación que determinó judicialmente que Houriet era el padre biológico de la niña. La Cámara recordó que el reconocimiento recién se concretó por sentencia y quedó inscripto cuando la menor tenía dos años y cinco meses.

Los magistrados entendieron que existían pruebas suficientes para demostrar que el demandado conocía el embarazo y que, aun así, no asumió voluntariamente su responsabilidad parental. Entre los elementos valorados se tuvieron en cuenta testimonios, fotografías, la declaración de la madre y la conducta procesal del demandado.

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Respecto de la niña, la Cámara sostuvo que la sola negativa deliberada a reconocer la filiación constituye una conducta antijurídica que genera un daño moral indemnizable, aun cuando no existan secuelas psicológicas específicas acreditadas. Por ese motivo confirmó la reparación de $2 millones fijada en primera instancia y rechazó tanto el pedido del padre para dejarla sin efecto como el de la madre para incrementarla.

Daño moral

La principal modificación del fallo estuvo vinculada al reclamo personal de Jeannee.

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Los camaristas consideraron probado, mediante una pericia psicológica, que la mujer sufrió ansiedad, depresión, aislamiento social y una importante sobrecarga emocional como consecuencia del comportamiento del demandado. A diferencia de la jueza de primera instancia, entendieron que esos padecimientos sí guardan relación directa con una conducta antijurídica y, por lo tanto, deben ser reparados.

La sentencia sostiene que el daño no provino únicamente de la falta de afecto, sino del abandono durante la etapa final del embarazo, la ausencia de acompañamiento económico y emocional y la necesidad de iniciar acciones judiciales para obtener el reconocimiento de la paternidad.

Con esos fundamentos, la Cámara fijó una indemnización de $1 millón por daño moral a favor de la madre.

Fuente: El Diario de La Pampa

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