Paritaria cerrada del Gobierno con ATE y UPCN: "Es por lejos el mejor acuerdo salarial del país"
El gobernador Rolando Figueroa resaltó el acuerdo al que llegaron con los gremios. Y aseguró que "es el mayor esfuerzo que puede hacer el Gobierno".

El gobernador Rolando Figueroa resaltó el acuerdo al que llegaron con los gremios. Y aseguró que "es el mayor esfuerzo que puede hacer el Gobierno".
Con la aceptación de la última propuesta de incremento salarial, los gremios de ATE y UPCN firmaron elacta acuerdo para cerrar la paritaria en un acto que encabezó este el gobernador Rolando Figueroa, este viernes en Casa de Gobierno, y del que participaron los secretarios generales Carlos Quintriqueo y Luis Querci, respectivamente.
"Es el mayor esfuerzo que la provincia del Neuquén puede hacer y es por lejos el mejor acuerdo salarial que existe en la República Argentina", destacó Figueroa durante la firma del acuerdo. Se trata de un incremento salarial que tambien tendrá alcance para el sector pasivo y la Policía del Neuquén.
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El mandatario neuquino subrayó que este acuerdo "es muy importante el Estado presente para todos los neuquinos" y consideró que "también es muy importante la forma que hemos tomado de administrar el Estado. Es un Estado que tiene que ser eficiente, moderno y no debe derrochar sus recursos".
Figueroa se mostró "muy satisfecho con poder llegar a un acuerdo" con los gremios y agradeció "la madurez con la cual se ha debatido".
Durante el acto, destacó que Neuquén tiene "la mayor cantidad de venta en los supermercados, la mayor cantidad de puestos de trabajo y empresas creados, la mayor inversión en obra pública por habitante y la mayor inversión en educación del país".
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Recordó que desde el inicio de gestión se definió que debía "haber poca planta política convocada de afuera del Estado" y, en ese sentido, agregó: "Hemos jerarquizado a los empleados públicos para ocupar distintos lugares".
Además, explicó que el ingreso de personal estuvo relacionado con "cuidar la presencia del Estado". "El crecimiento siempre fue para sostener el programa de educación, salud, seguridad y los servicios que son indispensables para los neuquinos", afirmó.
Por otra parte, consideró que el acuerdo al que se arribó permite incorporar "puntos que no se toman en otros lugares del país", como por ejemplo "garantizar un salario mínimo para todos los trabajadores". "Son cuestiones fundamentales de reconocimiento de derechos y de protección hacia los trabajadores del Estado", indicó.
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Fgueroa dijo que "ya el acuerdo vigente hasta hoy es el mejor que existe en la República Argentina", dijo y agregó que, a partir de "una buena administración", se incorporó la posibilidad de "elevar 7% los salarios más allá del IPC, es decir, ganarle a la inflación en un 7%".
Por último, destacó que con los gremios se coincide en la necesidad de "cuidar nuestro Instituto de Seguridad Social del Neuquén. Hay que cuidarlo siendo eficientes, teniendo el superávit que hay que tener, no malgastando los recursos, protegiendo la posibilidad de que todos los trabajadores se puedan ir jubilando y puedan cobrar sus salarios con una movilidad única en la Argentina: 82% móvil, que si uno le saca los aportes que hay que hacer, se termina cobrando casi como un empleado en funciones".
El acuerdo implica una actualización salarial por índice de Precios al Consumidor (IPC) para el período comprendido entre julio de 2026 y junio de 2027. Los períodos de actualización se aplicarán en los meses de octubre de 2026, enero de 2027, abril de 2027 y julio de 2027.
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Las variaciones del IPC a aplicar en las actualizaciones salariales se calcularán como una media ponderada del 50% del IPC elaborado por la dirección provincial de Estadística y Censos de Neuquén y el 50% del IPC elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
Además, se incorporó una suma extraordinaria, no remunerativa y no bonificable de 410.000 pesos, a abonarse durante la segunda quincena de septiembre de 2026; y una segunda suma extraordinaria, no remunerativa y no bonificable de 480.000 pesos, a abonarse durante la segunda quincena de enero de 2027. Estas sumas serán extensivas al sector pasivo, en las proporciones previstas por Ley.
También se aplicará un incremento salarial del 4% en los haberes de noviembre de 2026, sobre los haberes conformados luego de la actualización salarial correspondiente a octubre de 2026. Y luego se sumará un incremento salarial del 3% en los haberes de enero de 2027, sobre los haberes conformados luego de la aplicación de la actualización salarial correspondiente a enero de 2027.
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Además, habrá una compensación por Ropa de Trabajo a abonarse en dos cuotas, manteniendo el mecanismo de actualización por la variación del IPC ponderado, considerando para el primer pago de 2027 la recomposición del 7% propuesto en el punto anterior.
Los trabajadores comprendidos en el presente concepto serán aquellos encuadrados en las leyes: 3475 (Obras Publicas), 3546 (Registro Civil), 3077, 3215, 3326 (OPTIC), 3373, 3548 (Trib. Ctas.), 3549 (IPVU-ADUS), 3487 (Aux. Servicio), 3476 (Salud), 3524 (EPROTEN), 3523 (RTN) y 3543 (Sub. Trabajo); quedando excluidos de la presente compensación las trabajadoras y los trabajadores de CIPPA, EPEN, EPAS e ISSN, y aquellos que eventualmente pudieran haberla recibido.
Los trabajadores encuadrados en la Ley 3395 (Rentas), percibirán el monto correspondiente a 2026, quedando exceptuados de las percepciones de 2027.
Respecto de las trabajadoras y los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo aprobado por Ley N.º 3524-EPROTEN-, modalidad de Temporada, la percepción de las cuotas correspondientes se efectuará conforme las condiciones de actividad y los períodos de prestación previstos para cada temporada.
Se actualizarán por IPC los importes de las asignaciones familiares establecidas en el Decreto Nº 418/22 semestralmente en junio y diciembre de cada año. Con la variación del IPC hasta diciembre de cada año, se actualizarán los importes que tendrán vigencia a partir de marzo del año siguiente, y con la variación de IPC hasta junio inclusive, se actualizarán los importes de septiembre del mismo año.
Todos estos puntos serán extensivos a los municipios sin coparticipación y a las comisiones de fomento.
También se asegurará, a partir de agosto de 2026, un salario mínimo para los trabajadores encuadrados en las Leyes 3475 (Obras Públicas), 3546 (Registro Civil), 3077, 3215, 3519 (EPAS), 3547 (ΕΡΕΝ), 3326 (OPTIC), 3548 (Trib. Ctas), 3549 (IPVU-ADUS), 3487 (Aux Servicio), 3476 (SALUD), 3395 (RENTAS), 3524 (EPROTEN), 3523 (RTN), 3543 (Trabajo) y 3373 (excluidos los Anexos II y III de dicha Ley), que revistan una carga horaria mínima de 35 horas semanales, de 1.560.000 pesos de bolsillo, luego de practicadas las deducciones de ley correspondientes a aportes jubilatorios, asistenciales y seguro de vida obligatorio, calculado sobre los conceptos normales y habituales, sin considerar la actividad extraordinaria.
A los fines de determinar la diferencia necesaria para alcanzar dicho importe, se considerarán las remuneraciones vigentes al momento de su efectiva implementación, incluidas las modificaciones salariales de carácter general o sectorial que hubieren sido acordadas o aprobadas hasta esa fecha. La diferencia resultante será de naturaleza remunerativa y no bonificable, no será absorbida por futuros incrementos salariales ni será alcanzada por el mecanismo de actualización salarial por IPC propuesto en el punto 1 de la presente.
Se conformará una Mesa Técnica a fin de trabajar lo acordado en el punto precedente, para las trabajadoras y trabajadores pertenecientes al personal de comisiones de fomento y municipios sin coparticipación, de igual manera que se hizo en el acuerdo salarial de 2024.
Se dará continuidad a los procesos de negociación paritaria en trámite, culminar el proceso paritario Ley 3373, y procesos reaperturas convencionales pendientes, dentro de los respectivos ámbitos sectoriales. También se conformarán Mesas Técnicas sectoriales a los fines de dar resolución a los distintos temas planteados a lo largo de la negociación, vinculados a los diferentes Convenios Colectivos de Trabajo vigentes.
Se realizarán los procesos correspondientes a la aplicación de las Carreras Administrativas de las convenciones colectivas de trabajo actualizadas, acordadas en procesos paritarios.
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Fuente: LM Neuquén
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