Polémica por el DNU migratorio: el Gobierno descarta "cacería de extranjeros" y definió cómo detectará "los me
Entró en rigor los cambios dispuestos por decreto por Javier Milei, que modificó la ley migratoria y agregó causales de deportación o prohibición de ingreso al país. Cómo será "el control" para la detección de estos casos.

Comenz� a regir en las �ltimas horas el reciente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei, que modifica la Ley de Migraciones y establece nuevas causales para impedir el ingreso al pa�s y cancelar la residencia de extranjeros que manifiesten mensajes de odio contra el "pueblo argentino en su conjunto" o contra "alg�n ciudadano argentino".
En el marco de la denuncia oficial ante una supuesta campa�a "antiargentina", el presidente ya reglament� esta reforma que le dio forma el asesor Santiago Caputo.
La medida incluye a aquellas personas que hayan realizado o participado en actos de ultraje contra s�mbolos patrios nacionales, o haber incitado a cometer cualquiera de esas conductas.
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El DNU aclara que no pueden considerarse mensajes de odio las expresiones de "disenso ideol�gico o de cr�tica pol�tica, acad�mica o ciudadana".
Tras conocerse el esp�ritu y el alcance de la disposici�n, que fue girada al Congreso que puede rechazar los cambios, existen dudas acerca de cu�l ser� el procedimiento de detecci�n de estos casos y si habr� un mecanismo autom�tico para identificar a eventuales infractores.
Fuentes oficiales precisaron a MDZ que se llevar� adelante la misma log�stica que "en los otros casos que se aplica la ley migratoria".
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"Con la informaci�n apropiada de la conducta infractora, el cuerpo de abogados del Estado dictamina sobre la legalidad de la expulsi�n o la prohibici�n de ingreso, y luego se dicta el acto administrativo", se�al� un funcionario con asiento en la Casa Rosada.
"A partir de all� se actualiza el Registro de Aptitud y la medida puede ser conocida en todos los pasos, puertos y aeropuertos internacionales del pa�s", agreg�.
En ese marco, en el Gobierno descartan que deban contratar o reubicar personal para una presunta b�squeda sistem�tica de mensajes de odio en redes sociales o medios de comunicaci�n. Aseguran que el mismo personal que se dedica a la recopilaci�n de informaci�n de las otras infracciones establecidas en la ley ser� el encargado de recoger las nuevas denuncias. "No habr� una maquinaria de trolls ni de empleados que est�n todo el d�a mirando las redes", aclararon.
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"La informaci�n puede llegar desde cualquier medio, por mail, hay casos que pueden ser de p�blico y notorio conocimiento", subrayaron, enfatizando que los principales casos que se identificar�n ser�n aquellas manifestaciones virales, tal como ocurri� en las �ltimas dos semanas con personalidades que apuntaron duramente contra el pa�s.
La decisi�n de deportar finalmente a los infractores ser� impuesta por la Direcci�n Nacional de Migraciones, aunque "tiene que haber un dictamen jur�dico" que lo respalde, que llevar� cada investigaci�n de manera personalizada y buscando informaci�n que constate la violaci�n a la ley.
El Gobierno sum� nuevas causales de deportaci�n
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La legislaci�n migratoria argentina contempla una serie de supuestos en los que el Estado puede disponer la expulsi�n de un ciudadano extranjero del pa�s.
Uno de los casos m�s frecuentes es el de la permanencia irregular. La ley establece que, cuando la Direcci�n Nacional de Migraciones detecta que una persona reside en el pa�s sin una situaci�n migratoria regular, debe intimarla a normalizar su condici�n dentro de un plazo determinado. Si no lo hace, el organismo queda habilitado para ordenar su expulsi�n.
La normativa tambi�n prev� la expulsi�n para quienes ingresen al territorio argentino por pasos no habilitados o eludan los controles migratorios, as� como para aquellos que hayan obtenido su residencia mediante documentaci�n falsa, adulterada o informaci�n fraudulenta, supuesto que habilita la cancelaci�n del permiso migratorio.
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Otro de los motivos contemplados es la comisi�n de delitos. La ley permite cancelar la residencia y avanzar con la expulsi�n de extranjeros que registren condenas por delitos dolosos en los supuestos previstos por la legislaci�n. Asimismo, establece un criterio especialmente estricto para personas vinculadas con delitos de mayor gravedad, como narcotr�fico, trata de personas, tr�fico ilegal de armas, terrorismo o cr�menes de lesa humanidad, entre otros.
La Ley de Migraciones tambi�n fija garant�as para el procedimiento. Proh�be las expulsiones colectivas, establece que cada caso debe analizarse de manera individual, reconoce el derecho de defensa y permite que la decisi�n administrativa sea revisada por la Justicia. Adem�s, la expulsi�n suele llevar aparejada una prohibici�n de reingreso al pa�s, cuyo plazo var�a seg�n la causal aplicada y la gravedad del caso.
Fuente: Diario Nuevo Día
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