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Polémica por el homicidio en Sapere: Fiscalía rechaza la "legítima defensa" y exigirá homicidio simple

El tribunal consideró que existía una "duda razonable" en el crimen de Néstor Ibarra. El condenado le dio una puñalada que le atravesó el corazón y los pulmones.

Por LM Neuquen7 min de lectura
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Polémica por el homicidio en Sapere: Fiscalía rechaza la "legítima defensa" y exigirá homicidio simple
Polémica por el homicidio en Sapere: Fiscalía rechaza la "legítima defensa" y exigirá homicidio simple · Foto: LM Neuquén

El tribunal consideró que existía una "duda razonable" en el crimen de Néstor Ibarra. El condenado le dio una puñalada que le atravesó el corazón y los pulmones.

Fiscalía confirmó que impugnará la decisión del Tribunal y solicitará la condena por homicidio simple.

La Justicia de Neuquén declaró a Mariano Iuliano responsable del delito de homicidio en exceso de legítima defensa por la muerte de Néstor Alejandro Ibarra en el barrio Sapere de Neuquén capital. Fiscalía anunció que impugnará la condena dictada por el tribunal y solicitará una pena por homicidio simple.

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El tribunal integrado por el juez Juan Manuel Kees y las juezas Natalia Pelosso y Florencia Martini resolvió declarar responsable al único responsable, tras tres jornadas de juicio. La fiscal del caso Lorena Juárez y el asistente letrado Maximiliano Jávega anunciaron que impugnarán la decisión del tribunal, luego de que este se inclinara por la teoría de la defensa.

Mariano Iuliano fue declarado penalmente responsable por el delito de exceso de legítima defensa en un veredicto unánime leído en una audiencia este lunes al mediodía. Ambos representantes del Ministerio Público Fiscal habían solicitado durante el juicio una condena por homicidio simple.

El homicidio ocurrió el 21 de agosto de 2025 en horas de la madrugada en el barrio Sapere, cuando el acusado lo llamó a Néstor, lo inmovilizó con un nylon y le provocó una herida con arma blanca que atravesó el pulmón y el corazón.

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La fiscal del caso Lorena Juárez y el asistente letrado Maximiliano Jávega anunciaron que impugnarán la decisión del tribunal.

La teoría del caso de la defensa, sostuvo que Iuliano actuó para defenderse de una agresión previa. El tribunal consideró que, en el juicio, la fiscalía no probó que eso no hubiera ocurrido y determinó que esa duda debía interpretarse a favor del acusado.

Además, el eventual cambio de calificación jurídica implicaría una modificación en la pena prevista, ya que el homicidio simple contempla una pena de 8 a 25 años de prisión y en los casos de homicidio cometido con exceso de legítima defensa se aplica una escala reducida, que puede ser entre 1 año y 6 meses y 12 años y 6 meses de prisión efectiva.

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Durante el juicio, surgieron contradicciones entre los testimonios de las personas que presenciaron el episodio. Tras analizar la prueba producida, los magistrados consideraron que esas inconsistencias generaron una duda razonable que impedía declarar al acusado responsable de homicidio simple.

Ante la duda, los jueces resolvieron lo que más favorece al imputado, que en este caso es la teoría de la defensa de que el hecho ocurrió como un exceso en la legítima defensa.

El principal acusado se ausentó de la primera audiencia del juicio oral en su contra.

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Según la reconstrucción del Ministerio Público Fiscal, el hecho ocurrió el 21 de agosto de 2025, entre las 4:45 y las 5:10 de la madrugada, en un sector del barrio Sapere cercano a la costa del río Neuquén. Ibarra estaba junto a su expareja, una amiga de ella y otro hombre. En un momento, los cuatro salieron de una vivienda para ir a comprar cigarrillos.

La fiscalía sostuvo que el acusado se encontraba en su casa, vio pasar a Ibarra y comenzó a llamarlo para que se acercara a hablar. La víctima respondió al pedido y caminó hasta el domicilio.

Fue entonces cuando, de acuerdo con la acusación, Iuliano lo sorprendió y le envolvió la cabeza y parte del torso con un nylon negro para impedir que pudiera defenderse o escapar.

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Luego tomó un arma blanca de grandes dimensiones y le dio una única puñalada. Tras el ataque, el acusado huyó del lugar, mientras las personas que acompañaban a la víctima quedaron frente a una situación de extrema gravedad.

La lesión provocada por el arma blanca alcanzó órganos vitales. La autopsia estableció que Ibarra murió por un shock hipovolémico, es decir, una pérdida masiva de sangre.

El informe forense determinó que la herida punzocortante lesionó ambos pulmones y el corazón de la víctima. Se trató de una sola puñalada, pero con consecuencias mortales debido a la profundidad y al lugar del cuerpo afectado.

Durante la primera jornada, tanto la fiscalía como la defensa expusieron sus versiones sobre el caso. A lo largo del juicio fueron analizados los testimonios, las pericias y el resto de la documentación incorporada a la investigación.

También tuvieron relevancia las declaraciones de las personas que se encontraban con Ibarra antes del ataque y de quienes intervinieron posteriormente en la investigación y en las tareas periciales.

El tribunal integrado por el juez Juan Manuel Kees y las juezas Natalia Pelosso y Florencia Martini resolvió declarar a Mariano Iuliano responsable del delito de homicidio en exceso de legítima defensa. Sin embargo, los representantes del Ministerio Público Fiscal anunciaron que impugnarán la decisión del Tribunal y solicitarán una condena por homicidio simple.

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Fuente: LM Neuquén

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