¿Por qué la Justicia bonaerense suspendió el nuevo Régimen Penal Juvenil?
La resolución fue dictada por Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 del partido bonaerense de Lomas de Zamora.

La Justicia bonaerense suspendió preventivamente por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en todo el territorio de aquella provincia, con el objetivo de evaluar si el sistema cuenta con la capacidad necesaria para implementar las nuevas disposiciones sin afectar los derechos de los adolescentes.
La resolución fue dictada por Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, luego de que la Federación Familia Grande Hogar de Cristo presentara un habeas corpus preventivo colectivo en representación de adolescentes privados de su libertad.
El fallo se conoció apenas dos días después de la entrada en vigencia de la Ley 27.801, que incorporó al sistema penal a adolescentes de 14 y 15 años y modificó las condiciones para la aplicación de las penas al reducir de 16 a 14 años la edad de imputabilidad.
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A partir de ese cambio, los adolescentes de entre 14 y 16 años pueden quedar sometidos a procesos judiciales por determinados delitos contemplados en el Código Penal. Para la magistrada, esta modificación puede generar un aumento de la cantidad de jóvenes que ingresen al sistema y también extender el tiempo que algunos permanezcan privados de su libertad.
Ese posible incremento de la población dentro del sistema penal juvenil fue uno de los principales motivos que llevaron a la jueza a disponer la suspensión. Pascual sostuvo que la Provincia no cuenta actualmente con la infraestructura ni con los recursos materiales necesarios para incorporar a una mayor cantidad de jóvenes.
La magistrada también puso bajo análisis si el territorio bonaerense dispone de las condiciones edilicias, institucionales y profesionales necesarias para afrontar el nuevo escenario que plantea la legislación.
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Otro de los fundamentos utilizados en la resolución fue el denominado principio precautorio. De acuerdo con el planteo de la jueza, el Poder Judicial tiene la obligación de actuar de manera anticipada cuando existan elementos que permitan prever que podrían vulnerarse derechos fundamentales.
De esta manera, la suspensión por 60 días no implica dejar sin efecto la nueva legislación, sino abrir un período para analizar si el sistema bonaerense está preparado para aplicar las nuevas reglas y afrontar el eventual incremento de adolescentes alcanzados por el régimen penal.
Fuente: Tiempo de San Juan
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