Presunto tráfico de influencias: Robles apeló el fallo que le prohíbe hablar de Casella
El recurso quedó en manos de la Cámara de Apelaciones. El abogado Fernando Colombres, representante de Robles, cuestionó con dureza la resolución de primera

La disputa judicial por la investigación del presunto tráfico de influencias en la Justicia Federal de Tucumán sumó una nueva instancia. La defensa del abogado Juan Andrés Robles apeló el fallo del fuero Civil y Comercial que le impuso un bozal legal para impedirle mencionar a la relatora de Cámara y aspirante a jueza federal, Solana Casella, en relación con la causa penal.
El recurso quedó en manos de la Cámara de Apelaciones. El abogado Fernando Colombres, representante de Robles, cuestionó con dureza la resolución de primera instancia y sostuvo que presenta inconsistencias que deberán ser revisadas por el tribunal superior.
"Ya apelamos esta sentencia, y lo hicimos con fundamentos concretos, no con una discrepancia genérica. El fallo tiene, a nuestro criterio, contradicciones internas que no se sostienen entre sí, y eso es lo que le vamos a mostrar a la Cámara", afirmó Colombres.
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El conflicto se originó a partir de una presentación realizada por Casella. La relatora acudió a la Justicia para frenar las expresiones públicas de Robles, a quien acusó de impulsar una campaña difamatoria contra su honor y su desempeño profesional. El planteo coincidió con el proceso de análisis de su terna para ocupar el Juzgado Federal N° 1 de Tucumán.
Casella sostuvo que Robles, quien representa como querellante a Mario Martínez Salazar Pérez en la causa penal que involucra a su pareja, Luis Alejandro Ontiveros, la vinculó públicamente con supuestas maniobras delictivas a través de medios de comunicación y redes sociales.
El juzgado civil aceptó parcialmente ese planteo y estableció que Robles deberá abstenerse de realizar nuevas referencias a Casella cuando las vincule con la investigación penal.
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La resolución también sostuvo que las acusaciones contra la funcionaria resultaban falsas a partir de la situación procesal de Ontiveros, quien quedó como único procesado dentro del expediente federal.
Uno de los principales argumentos de la apelación apunta al alcance de la decisión del fuero civil sobre una investigación que tramita en la Justicia Federal y que, según la defensa, todavía no terminó.
Colombres sostuvo que la sentencia tomó expresiones del Ministerio Público Fiscal como si implicaran una conclusión definitiva sobre la participación de terceros.
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"Un juez civil está dando por terminada, en los hechos, una investigación penal que ni siquiera está a su cargo. La sentencia afirma que 'las referencias a la Sra. Casella como vinculada al delito por el que fue imputado su pareja… no es una información verdadera, sino falsa'. Pero el propio dictamen del fiscal federal, que la misma sentencia transcribe, no dice eso: dice que 'esta pesquisa se dirigió desde el comienzo y a la fecha contra Luis Alejandro Ontiveros, en tanto los elementos colectados a la fecha no permiten extenderla a terceros', y que 'al momento no se ha determinado que exista una colusión o un acuerdo' con la relatora. 'Al momento' y 'a la fecha' no significan nunca: es la fórmula que usa cualquier fiscal para describir una instrucción en curso, no una absolución".
Para la defensa, esas expresiones del dictamen fiscal muestran que la investigación permanece abierta y que no existe una conclusión definitiva sobre terceros.
El recurso también cuestionó el criterio adoptado por el juzgado respecto de la libertad de expresión y el nivel de exposición que corresponde a quienes ocupan cargos públicos o aspiran a acceder a la Magistratura.
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Colombres objetó que la sentencia considere a Casella como una persona "más vulnerable" por su exposición pública y su postulación a un cargo judicial.
"Sostiene que la actora, por su exposición pública y su postulación a la Magistratura, 'es más vulnerable' y por eso merece mayor protección. La doctrina constitucional, y la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en particular, dicen exactamente lo contrario: quien ejerce o aspira a ejercer función pública debe tolerar más escrutinio, no menos, porque se expuso voluntariamente a él. Acá no hay una diferencia de interpretación posible: es tomar la regla y aplicarla al revés de cómo está escrita".
La defensa también cuestionó que el fallo descartara la aplicación del estándar de real malicia porque Robles no es periodista. Según Colombres, existen antecedentes de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana en los que ese criterio alcanzó a abogados y otras personas con exposición pública.
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El último planteo de la apelación se concentra en una supuesta contradicción dentro de la propia sentencia. Según Colombres, el fallo reconoce que Robles tenía derecho a denunciar y que no existió una restricción previa a su libertad de expresión, pero al mismo tiempo establece una prohibición para sus futuras declaraciones.
"La propia sentencia reconoce, en más de un pasaje, que la conducta de mi asistido no fue reprochable: dice textualmente que 'no se ha impedido de manera alguna, que el Sr. Robles ejerciera el derecho a denunciar' y que 'no se ha limitado de manera alguna, el derecho a la libertad de expresión del demandado'. Pero termina ordenándole, igual, que se calle hacia el futuro. No se puede sostener al mismo tiempo que una conducta fue lícita y que merece ser prohibida", concluyó Colombres.
Ahora será la Cámara de Apelaciones la que deberá revisar los argumentos de la defensa y definir si mantiene, modifica o deja sin efecto la medida dictada por el fuero civil. Mientras tanto, la investigación federal por el presunto tráfico de influencias continúa su trámite.
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Fuente: El Federalista
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