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Presupuesto 2027: qué pasa con la ley de emergencia en discapacidad, salud y aranceles

El proyecto de Presupuesto 2027 propone derogar y modificar distintos artículos de la ley de emergencia en discapacidad. Las modificaciones alcanzan las pensiones no contributivas, el sistema de aranceles, la definición de persona con discapacidad y la cobertura de salud.

Por Redacción Nuevo Día4 min de lectura
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Presupuesto 2027: qué pasa con la ley de emergencia en discapacidad, salud y aranceles
Presupuesto 2027: qué pasa con la ley de emergencia en discapacidad, salud y aranceles · Foto: Diario Nuevo Día

Uno de los principales cambios se�alados en el proyecto es la eliminaci�n de la compatibilidad entre una pensi�n por discapacidad y un empleo registrado o un monotributo que genere ingresos de hasta dos salarios m�nimos.

Seg�n explic� el diputado Juan Marino, vicepresidente de la comisi�n de Discapacidad, el art�culo 37 del Presupuesto modifica esta situaci�n y establece, de acuerdo con su interpretaci�n del proyecto, que cualquier empleo registrado o alta tributaria provocar�a la extinci�n de la pensi�n.

Marino tambi�n cuestion� que se elimine el mecanismo de suspensi�n temporaria del beneficio y su posterior rehabilitaci�n una vez terminado el contrato laboral. El legislador sostuvo que este cambio podr�a incentivar la informalidad laboral entre las personas con discapacidad.

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Otro de los puntos centrales est� relacionado con el sistema de aranceles. El proyecto elimina el art�culo 14 de la Ley 27.793, que establec�a un nomenclador �nico a nivel nacional para las prestaciones del sistema de discapacidad.

La modificaci�n implica que los prestadores deber�n negociar individualmente los aranceles con cada obra social y empresa de medicina prepaga. De acuerdo con Noticias Argentinas, el cambio terminar�a con la homogeneidad de los valores dentro del sistema.

El art�culo 39 del Presupuesto tambi�n reemplaza el art�culo 7 bis de la ley de emergencia y elimina la actualizaci�n autom�tica mensual de los valores seg�n el �ndice de movilidad jubilatoria.

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El nuevo texto establece expresamente que la universalidad del nomenclador no implicar� una homogeneidad de aranceles y que no tendr� valores universales.

El diputado de la Coalici�n C�vica Maximiliano Ferraro coincidi� con Marino en que el nuevo esquema permitir�a que cada obra social, prepaga o Estado determine los valores en su relaci�n con los prestadores.

Para el Estado nacional, el proyecto contempla una determinaci�n trimestral de los aranceles por parte de la Secretar�a Nacional de Discapacidad, aunque Ferraro cuestion� que no se establezca un �ndice concreto de actualizaci�n.

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El proyecto contempla adem�s la eliminaci�n del instrumento utilizado para estudiar los costos de cada uno de los servicios y prestaciones del sistema.

Marino cuestion� esta modificaci�n y sostuvo que esa herramienta permit�a actualizar los aranceles teniendo en cuenta costos espec�ficos del sector que no necesariamente quedan reflejados en el �ndice de precios al consumidor.

Como ejemplo, el diputado mencion� el transporte para personas con discapacidad y afirm� que actualmente se pagan alrededor de 900 pesos por kil�metro, un valor que, seg�n su planteo, no alcanza para cubrir los costos reales de mantenimiento del servicio.

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Otro de los art�culos que el Presupuesto busca derogar es el art�culo 5 de la Ley 27.793, que define a la persona con discapacidad remitiendo a la Convenci�n sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Seg�n la interpretaci�n expuesta por Marino en la nota, la modificaci�n otorgar�a mayor discrecionalidad al Poder Ejecutivo para determinar los requisitos y podr�a derivar en una reducci�n de la cantidad de personas consideradas beneficiarias.

Este punto forma parte de las cr�ticas planteadas por el legislador al proyecto, quien cuestion� que modificaciones de fondo sobre el sistema de discapacidad sean incorporadas dentro de una ley de Presupuesto.

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El art�culo 41 del proyecto tambi�n plantea eliminar el art�culo 8 de la Ley 27.793, que garantiza la cobertura de salud a los titulares de pensiones no contributivas por discapacidad.

Marino sostuvo que, con esta modificaci�n, la cobertura dejar�a de estar establecida como un derecho legal exigible por quienes reciben esas pensiones.

La eliminaci�n de este art�culo es presentada por el diputado como otro de los cambios centrales de la iniciativa, junto con las modificaciones en las pensiones, los aranceles y la definici�n de discapacidad.

Las modificaciones generaron cuestionamientos de legisladores opositores citados por Noticias Argentinas.

Marino sostuvo que el Gobierno busca desarmar la ley de emergencia en discapacidad y calific� la maniobra como ilegal e inconstitucional. Seg�n argument�, incorporar modificaciones permanentes de leyes de fondo dentro de una ley de Presupuesto entrar�a en conflicto con el art�culo 20 de la Ley de Administraci�n Financiera y con principios constitucionales vinculados con los derechos humanos.

Ferraro tambi�n cuestion� el contenido del proyecto y acus� al Gobierno de aplicar una pol�tica que, seg�n su posici�n, afecta a un sector que atraviesa una emergencia reconocida por ley.

El diputado de la Coalici�n C�vica sostuvo adem�s que existen instituciones al borde del cierre, prestaciones desactualizadas y familias afectadas por la situaci�n.

En s�ntesis, los cambios descriptos en el art�culo de Noticias Argentinas alcanzan varios aspectos del sistema de discapacidad: la compatibilidad entre pensiones y empleo registrado, el nomenclador nacional, la actualizaci�n de aranceles, el estudio de costos, la definici�n de persona con discapacidad y la cobertura de salud.

El proyecto de Presupuesto 2027 queda as� en el centro de una fuerte discusi�n pol�tica en torno a la continuidad y el alcance de la ley de emergencia en discapacidad. La oposici�n plantea que las modificaciones podr�an afectar derechos y prestaciones, mientras que el debate legislativo deber� determinar el destino de los art�culos cuestionados.

Fuente: Diario Nuevo Día

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