Prisión en suspenso por golpear a su hijo y amenazarlo de muerte
Un hombre de 41 años fue condenado en Santa Rosa a siete meses de prisión en suspenso por golpear a su hijo de 14 años y amenazar de muerte...

Un hombre de 41 años fue condenado en Santa Rosa a siete meses de prisión en suspenso por golpear a su hijo de 14 años y amenazar de muerte al adolescente y a su hermana, de 12. La agresión ocurrió el 4 de marzo de este año, luego de que el chico recibiera una observación disciplinaria en el establecimiento educativo al que asiste.
La sentencia fue dictada el martes 13 de octubre por la jueza María Florencia Maza, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado celebrado entre la Fiscalía, la Defensa Oficial y el imputado.
De acuerdo con los hechos acreditados en la causa, el hombre reaccionó violentamente al conocer una nota escolar en la que se advertía sobre el comportamiento de su hijo. Cuando el adolescente salió de la escuela, lo increpó y le dijo: "Vení, hacete el vivo conmigo". Luego comenzó a golpearlo con puños y patadas en la cabeza y distintas partes del cuerpo, hasta hacerlo caer al suelo.
La agresión continuó cuando el hombre lo tomó del cuello durante varios segundos y posteriormente lo arrastró hasta una habitación, donde lo dejó encerrado durante toda la noche. Además, amenazó al adolescente y a su hermana con matarlos si contaban lo sucedido.
Los estudios médicos realizados al menor constataron lesiones en el rostro, un traumatismo en la oreja izquierda con un hematoma leve y escoriaciones en el tórax, el brazo izquierdo y la espalda.
Los delitos y las condiciones.
La magistrada consideró al hombre autor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves calificadas por el vínculo, en concurso real con amenazas simples. Por esos hechos, le impuso una pena de siete meses de prisión de ejecución condicional.
La condena no implica el ingreso a prisión, pero establece el cumplimiento de determinadas reglas de conducta durante dos años. En ese período, el condenado deberá fijar un domicilio, no podrá ausentarse sin conocimiento o autorización judicial y tendrá que presentarse entre los días 1 y 5 de cada mes ante la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación de personas en conflicto con la ley penal.
El incumplimiento de esas obligaciones podría provocar la revocación de la condicionalidad y la ejecución efectiva de la pena de prisión.
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Fuente: La Arena
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