Propiedad privada: cómo impactaría la nueva norma en la compra de campos por empresas extranjeras
El Senado debatirá un proyecto que elimina límites para la compra de tierras rurales por extranjeros, exige doble aval en zonas de frontera

El oficialismo buscará aprobar el próximo jueves en el Senado el proyecto denominado "inviolabilidad de la propiedad privada", una iniciativa que introduce cambios de amplio alcance en la regulación de tierras rurales, desalojos, expropiaciones y uso de predios afectados por incendios.
El punto más controvertido del texto es la eliminación de las restricciones para que ciudadanos y empresas extranjeras puedan adquirir tierras rurales. Sin embargo, en el caso de inmuebles ubicados en zonas de frontera, la operación deberá contar con una doble autorización: la del gobierno provincial y la del Poder Ejecutivo Nacional.
La iniciativa, impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, será uno de los principales temas de la sesión convocada para el jueves al mediodía. La bancada de La Libertad Avanza, presidida por Patricia Bullrich, también intentará avanzar con una treintena de pliegos judiciales.
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El debate ya había sido postergado en dos oportunidades. La primera fue el 3 de junio, por diferencias entre el oficialismo y sectores dialoguistas respecto de la apertura a capitales extranjeros. Más tarde, el proyecto volvió a incluirse en la sesión del 25 de junio, pero la discusión no pudo realizarse por falta de quórum.
El proyecto elimina los topes establecidos para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros y deja en manos de las provincias la autorización de las operaciones.
No obstante, se mantendrá una prohibición específica para los Estados extranjeros y para empresas con participación estatal de otros países, cualquiera sea su forma jurídica. En esos casos, la compra solo podrá concretarse con autorización de la provincia donde se encuentra el inmueble y del Poder Ejecutivo Nacional.
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En zonas de frontera, el doble aval será obligatorio. Si ninguno de los dos niveles de gobierno formula objeciones dentro de los 180 días, se aplicará el principio de silencio administrativo positivo y la operación quedará autorizada.
El texto también ratifica que cada provincia conservará jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus límites, de acuerdo con lo establecido por la Constitución Nacional.
Otro de los capítulos relevantes establece un procedimiento de desalojo exprés para inmuebles usurpados o ocupados por tenedores precarios. El juez podrá disponer la entrega inmediata del inmueble cuando el derecho invocado por el propietario resulte verosímil y exista caución juratoria. Además, podrá intimar la devolución en un plazo de 72 horas, siempre que el dueño acredite su titularidad mediante documentación.
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En el caso de los inquilinos con deudas, el propietario deberá enviar una carta documento y otorgar un plazo mínimo de diez días corridos para regularizar el pago. La notificación podrá efectuarse en el domicilio consignado en el contrato o por correo electrónico y deberá indicar el lugar exacto donde debe abonarse la deuda. Si el incumplimiento continúa, el propietario podrá iniciar la acción de desalojo, que deberá concretarse en un plazo de diez días hábiles.
La iniciativa también dispone que el dueño no podrá negarse a recibir las llaves ni imponer condiciones para aceptarlas, aunque podrá dejar asentada por escrito la existencia de deudas pendientes.
Cuando en el inmueble residan menores o adultos en situación de desamparo, el juez deberá dar intervención a los organismos locales de protección y al Ministerio Público Tutelar. Esas dependencias contarán con un plazo máximo de diez días para procurar una alternativa habitacional transitoria, sin frenar el proceso judicial.
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El proyecto modifica además el régimen de expropiaciones. La declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado tendrá que fundamentar con precisión las razones de la medida.
El dictamen incorporó un tope del 30% para las indemnizaciones por lucro cesante, un límite que no estaba contemplado en la redacción original.
En cuanto a los intereses, se establece que deberán calcularse con base en la evolución del Índice de Precios al Consumidor, más la tasa a treinta días del Banco Nación.
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La iniciativa también modifica las restricciones vigentes para los predios afectados por incendios. Se propone derogar la prohibición que impedía durante 30 años cambiar el uso de superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.
En cambio, se mantendrán las restricciones para bosques nativos y humedales. En esos casos continuará prohibido modificar el uso y destino de la tierra, junto con la veda de 60 años prevista en la Ley de Manejo del Fuego.
El texto que llegará al recinto sufrió cambios importantes durante su tratamiento parlamentario. Uno de los capítulos eliminados fue el referido a la ley de barrios populares, luego de las críticas que advirtieron que la redacción original podía habilitar una ola de desalojos.
Ese punto también había generado cuestionamientos de la Iglesia y de organizaciones sociales. La votación será una nueva prueba para el oficialismo, que necesita sostener acuerdos con bloques dialoguistas para avanzar con una iniciativa que combina desregulación económica, ampliación de derechos de propiedad y reformas de fuerte impacto territorial y social.
Fuente: Agencia de Noticias NA
Fuente: Primera Edición
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