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Recategorización del Monotributo 2027: cuándo vence y quiénes deben hacer el trámite ante ARCA

Los pequeños contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de febrero para evaluar su nivel de actividad de los últimos doce meses y modificar su escala si superaron los parámetros vigentes.

Por Virginia Daniela Gómez2 min de lectura
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Recategorización del Monotributo 2027: cuándo vence y quiénes deben hacer el trámite ante ARCA
Recategorización del Monotributo 2027: cuándo vence y quiénes deben hacer el trámite ante ARCA · Foto: La Gaceta

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) fijó el próximo vencimiento de la recategorización del Monotributo para el 5 de febrero de 2027. Esta fecha límite establece el período en el cual los pequeños contribuyentes deben evaluar los parámetros de su actividad y modificar su categoría en caso de corresponder. El organismo coordina estas actualizaciones dos veces al año, concretamente en febrero y agosto, garantizando que cada aportante permanezca encuadrado según su nivel operativo real.

La gestión se lleva a cabo de manera virtual desde la plataforma oficial, ingresando con el número de Cuit o Cuil y la respectiva clave fiscal. Al momento de realizar la evaluación, el sistema contempla el desempeño acumulado de los últimos doce meses de facturación y variables asociadas, descartando la observación exclusiva de los períodos más inmediatos.

La obligación de recategorizarse abarca a todos los pequeños contribuyentes que registren al menos seis meses de trayectoria en el régimen previsional al momento de la fecha límite. Sin embargo, la modificación de la escala resulta exigible únicamente cuando se presentan variaciones en los parámetros operativos del negocio. Entre los factores evaluados figuran los ingresos brutos acumulados durante el último año, el monto de alquileres devengados, la superficie destinada a la explotación y el consumo de energía eléctrica anual.

Para determinar si corresponde un reencuadre, es necesario cotejar los valores acumulados en el último período de doce meses frente a las escalas actualizadas por Arca a partir de agosto de 2026. Si alguno de estos indicadores excede o resulta inferior a las marcas de la categoría vigente, el aportante debe proceder a efectuar la corrección correspondiente para alinear su situación ante el organismo recaudador.

El plazo límite fijado para completar el trámite sin sanciones vence el 5 de febrero de 2027. Para esta evaluación, la ARCA contempla el rango temporal de los doce meses previos a la fecha de vencimiento, criterio estandarizado que el organismo aplica en cada una de sus revisiones semestrales.

Asimismo, las escalas del régimen sufrieron modificaciones recientes, como ocurrió con la actualización de parámetros e ingresos brutos máximos establecida en agosto de 2026. Por este motivo, el proceso incide directamente sobre la cuota mensual a abonar, determinando el importe final que el contribuyente debe cumplir según las normas vigentes.

Fuente: La Gaceta

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