Régimen Penal Juvenil en Mendoza: punto por punto, los cambios que incorpora el nuevo sistema
El proyecto llega este miércoles a Diputados con los votos necesarios para convertirse en ley. Regula detenciones, procesos y medidas para adolescentes.

El proyecto llega este miércoles a Diputados con los votos necesarios para convertirse en ley. Regula detenciones, procesos y medidas para adolescentes.
El proyecto establece un fuero especializado, regula la prisión preventiva y contempla medidas alternativas a la privación de la libertad.
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La Cámara de Diputados tratará este miércoles el proyecto que adapta la legislación provincial al nuevo Régimen Penal Juvenil nacional, que estableció la responsabilidad penal desde los 14 años. El oficialismo llega al recinto con los votos necesarios para convertir la iniciativa en ley y completar así el trámite legislativo iniciado en el Senado.
La sesión de tablas está prevista para las 11 y el proyecto llegará al recinto después de obtener despacho favorable este martes en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de Diputados. La propuesta fue impulsada por el Poder Ejecutivo provincial para adecuar el funcionamiento de la Justicia mendocina a la Ley Nacional 27.801.
La iniciativa ya cuenta con media sanción del Senado, donde fue aprobada el 15 de septiembre con 25 votos afirmativos y 10 abstenciones. Acompañaron Cambia Mendoza, La Libertad Avanza, el PRO y el Partido Demócrata, mientras que distintos sectores de la oposición optaron por abstenerse.
El nuevo esquema establece un procedimiento específico para los adolescentes que tengan entre 14 y 17 años al momento de cometer un delito y crea una estructura judicial especializada, con jueces, fiscales y defensores dedicados al fuero penal juvenil.
La adecuación provincial se produce después de la entrada en vigencia de la Ley Nacional 27.801, que reemplazó al régimen que regía desde 1980 y redujo de 16 a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal. La norma nacional comenzó a aplicarse en septiembre y obligó a las provincias a reorganizar sus procedimientos judiciales.
Uno de los principales puntos del proyecto regula el procedimiento desde el momento de la aprehensión. Cuando un adolescente sea puesto a disposición de la Justicia, el fiscal contará con un plazo de hasta tres horas para definir si puede regresar con un familiar o adulto responsable o si debe ser trasladado a la Unidad de Procedimientos y Abordaje de la Niñez y Adolescencia (Upana).
La permanencia en ese dispositivo deberá ser excepcional. A partir de allí continuará la intervención del fuero especializado y, en caso de disponerse una medida privativa de la libertad, el adolescente deberá ser alojado en un establecimiento dependiente de la Dirección de Responsabilidad Penal Juvenil, separado de las personas adultas.
El proyecto establece además un plazo máximo de 12 meses para la investigación penal preparatoria, incluidas las posibles prórrogas. Para la prisión preventiva, en tanto, se contempla un plazo máximo de hasta 18 meses, sujeto al control judicial.
La normativa también permite que el adolescente o su defensa soliciten en cualquier momento la revisión judicial de una medida que implique privación de la libertad.
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El régimen incorpora distintas respuestas según la gravedad del delito y las circunstancias de cada caso. Entre ellas aparecen medidas de justicia restaurativa, mediación, reparación del daño, continuidad educativa, capacitación laboral y mecanismos de seguimiento.
La privación de la libertad queda prevista como último recurso dentro del sistema y deberá cumplirse en establecimientos especializados, bajo un régimen socioeducativo que garantice el acceso a la educación, la salud y la formación laboral.
También se establece un régimen progresivo para la ejecución de las penas, que contempla evaluaciones periódicas y distintas modalidades antes del egreso.
En los casos de flagrancia, el proyecto incorpora un procedimiento específico con audiencias orales y plazos más breves. La audiencia inicial deberá realizarse dentro de los primeros días posteriores a la imputación y deberá analizar, además de las medidas cautelares, la posibilidad de aplicar mecanismos alternativos antes de avanzar hacia el juicio.
La reforma crea un Juzgado Penal Juvenil y un Tribunal Penal Juvenil, además de fiscalías y defensorías especializadas. Los debates serán orales y reservados y los adolescentes no serán sometidos a juicios por jurados populares.
En las causas donde exista un adulto y un menor acusados por el mismo hecho, podrán utilizarse procedimientos diferentes: el mayor de edad podrá ser juzgado por un jurado, mientras que el adolescente quedará bajo la intervención de jueces técnicos del fuero especializado.
Otro aspecto previsto es qué ocurrirá cuando un adolescente cumpla 18 años durante el proceso o mientras esté cumpliendo una condena. En esos casos podrá disponerse su traslado a un establecimiento para adultos, aunque deberá procurarse que permanezca en un sector diferenciado acorde a su edad y al proceso de reintegración.
Durante el tratamiento en el Senado, el texto original fue modificado a partir de observaciones realizadas por magistrados, integrantes de la Suprema Corte de Justicia, funcionarios del Ministerio Público Fiscal y otros actores vinculados al sistema penal juvenil. Entre los cambios se precisaron los plazos procesales y las condiciones para aplicar medidas de coerción.
Con el despacho obtenido este martes en Diputados, el expediente quedó en condiciones de ser debatido este miércoles en el recinto. De aprobarse sin modificaciones, quedará sancionado de manera definitiva y Mendoza contará con su propio procedimiento para aplicar el nuevo régimen penal juvenil nacional.
Fuente: Los Andes
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