Revocaron el hábeas corpus que había frenado el nuevo Régimen Penal Juvenil
La Cámara de Lomas de Zamora dejó sin efecto el hábeas corpus que había frenado por 60 días la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil.

La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó la medida que había suspendido durante 60 días la aplicación del nuevoRégimen Penal Juvenilen la provincia de Buenos Aires.
La decisión deja sin efecto el hábeas corpus dictado por la jueza Marta Elba Pascual, quien había frenado temporalmente la implementación de la Ley 27.801 al considerar que no estaban garantizadas las condiciones materiales necesarias para poner en marcha el nuevo sistema. La magistrada había señalado deficiencias vinculadas con infraestructura, personal especializado y dispositivos de alojamiento para adolescentes, en un contexto marcado por la baja de la edad de imputabilidad y la necesidad de adaptar el sistema provincial.
Ese fallo fue apelado por el fiscal de menores Hernán Ceruti, quien cuestionó que una acción de hábeas corpus pudiera utilizarse para suspender de manera general la aplicación de una ley nacional sancionada por el Congreso. El fiscal sostuvo además que no se había acreditado una afectación concreta e inmediata a la libertad ambulatoria de adolescentes que justificara una medida de alcance tan amplio y advirtió sobre el impacto institucional de dejar sin efecto, aunque fuera de manera transitoria, una norma nacional.
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Con la resolución de la Cámara, la suspensión quedó revocada y el nuevo régimen recuperó vigencia en territorio bonaerense.
La discusión judicial se convirtió así en uno de los principales focos de tensión desde la entrada en vigor de la reforma. Por un lado, los cuestionamientos apuntan a si las provincias cuentan con recursos e infraestructura suficientes para implementar el sistema. Por otro, aparece el debate sobre hasta qué punto un tribunal provincial puede frenar la aplicación de una ley nacional mediante una acción de hábeas corpus.
La reforma modificó el esquema penal juvenil y redujo la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, además de establecer nuevas reglas procesales, medidas socioeducativas y disposiciones específicas para adolescentes acusados de cometer delitos.
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La suspensión inicial había abierto un escenario de incertidumbre respecto de la implementación del régimen en la jurisdicción más poblada del país. La resolución de la Cámara despeja, al menos por ahora, ese obstáculo y vuelve a colocar el eje en la aplicación efectiva de la ley y en la capacidad operativa de los sistemas provinciales.
El caso podría no quedar cerrado, ya que las partes todavía cuentan con vías recursivas para cuestionar la resolución.
Fuente: Agencia de Noticias NA
Fuente: Primera Edición
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