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Revocaron el procesamiento de un acusado por los incidentes durante una caravana de Javier Milei

La Cámara Federal de La Plata dictó la falta de mérito para Thiago Román Florentín al considerar que las pruebas reunidas hasta el momento no alcanzan para sostener la acusación. El joven seguirá siendo investigado.

Por Redacción Diario Panorama3 min de lectura
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Revocaron el procesamiento de un acusado por los incidentes durante una caravana de Javier Milei
Revocaron el procesamiento de un acusado por los incidentes durante una caravana de Javier Milei · Foto: Diario Panorama

La Cámara Federal de La Plata dictó la falta de mérito para Thiago Román Florentín al considerar que las pruebas reunidas hasta el momento no alcanzan para sostener la acusación. El joven seguirá siendo investigado.

La Cámara Federal de La Plata revocó el procesamiento de Thiago Román Florentín, uno de los detenidos por los incidentes registrados durante una caravana de campaña encabezada por el presidente Javier Milei en el sur del conurbano bonaerense, y dictó la falta de mérito, al entender que las pruebas reunidas hasta el momento son insuficientes para sostener la imputación.

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El episodio ocurrió el 27 de agosto de 2025, en la intersección de la avenida Hipólito Yrigoyen y Laprida, cuando un grupo de manifestantes se concentró para protestar durante un acto proselitista en el que participaron Milei, la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, y el entonces diputado nacional José Luis Espert.

Durante los disturbios, manifestantes y militantes libertarios quedaron mezclados en la zona y se registró el lanzamiento de distintos objetos hacia los vehículos oficiales. Como consecuencia de la situación, el Presidente y su hermana fueron evacuados por su custodia, mientras que Espert abandonó el lugar a bordo de una motocicleta.

Florentín había sido procesado por el Juzgado Federal N° 2 de Lomas de Zamora, acusado de atentado contra la autoridad agravado e instigación a la violencia colectiva. La resolución se apoyó principalmente en el testimonio de un comisario de la Policía bonaerense, quien aseguró haber visto al imputado arrojar objetos contra la camioneta presidencial. También se tuvo en cuenta que el joven reconoció haber participado de la manifestación.

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Sin embargo, la defensa apeló la decisión al sostener que no existían pruebas audiovisuales que demostraran que Florentín hubiera lanzado piedras u otros elementos contundentes. Además, afirmó que el único registro difundido mostraba el lanzamiento de un brócoli, un objeto que, según los abogados, no tenía capacidad para causar daños ni intimidar.

Al revisar el expediente, los jueces César Álvarez y Roberto Agustín Lemos Arias, integrantes de la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, concluyeron que las pruebas no permiten acreditar con el grado de certeza necesario la participación del imputado en los delitos atribuidos.

Los magistrados señalaron que cantar consignas políticas durante una manifestación no constituye, por sí solo, una incitación a la violencia, y remarcaron que el fallo apelado no logró demostrar que el acusado hubiera promovido agresiones contra las autoridades.

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Respecto al presunto atentado contra la autoridad, la Cámara sostuvo que la investigación no pudo determinar con precisión qué objetos fueron arrojados, quiénes los lanzaron ni cuál era su capacidad de causar daños. También observó que la acusación descansaba casi exclusivamente sobre un único testimonio policial, sin respaldo suficiente en las filmaciones incorporadas a la causa.

En ese contexto, el tribunal resolvió dejar sin efecto el procesamiento y el embargo de bienes que pesaban sobre Florentín y dictó la falta de mérito, una decisión que implica que el acusado continuará vinculado a la investigación, aunque por el momento no existe evidencia suficiente para mantener una acusación firme en su contra.

Fuente: Diario Panorama

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