Roberto Sánchez fue declarado culpable por el transfemicidio de Azul Semeñenko: la decisión del jurado popular
Después de más de una hora de deliberación, el presidente del jurado popular leyó el veredicto ante las partes. Roberto Daniel Sánchez fue responsabalizado de las tres agravantes: ensañamiento, violencia de género y odio a la identidad de género.
Después de más de una hora de deliberación, el presidente del jurado popular leyó el veredicto ante las partes. Roberto Daniel Sánchez fue responsabalizado de las tres agravantes: ensañamiento, violencia de género y odio a la identidad de género.
El jurado popular declaró culpable a Sánchez por el transfemicidio de Azul Semeñenko
Roberto Daniel Sánchez escuchó la decisión del jurado popular que definió su responsabilidad penal por el transfemicidio de Azul Semeñenko: culpable de homicidio triplemente agravado.
Había pasado más de una hora desde que el jurado se retiró a deliberar. En ese tiempo, las y los integrantes debieron evaluar la prueba que durante once jornadas expusieron las partes y decidir si la acusación había logrado acreditar no solo que Sánchez mató a Azul, sino también las tres circunstancias agravantes sostenidas por la Fiscalía y la querella.
El veredicto reconoció la responsabilidad del acusado por el homicidio agravado por ensañamiento, por mediar violencia de género y por odio o prejuicio hacia la identidad de género de la víctima.
La decisión respondió al pedido de las dos acusaciones, que durante sus alegatos finales plantearon que las pruebas debían analizarse en conjunto, orden que ratificó el juez técnico Luciano Hermosilla: las cámaras de seguridad, los rastros de sangre, las lesiones, el traslado del cuerpo y los testimonios que reconstruyeron tanto la vida de Azul como el contexto del crimen de odio contra la trabajadora estatal y sexual.
La condena de culpabilidad cerró la etapa del juicio dedicada a determinar los hechos y la responsabilidad penal. La pena que le corresponderá a Sánchez deberá definirse en la instancia judicial encabezada por el juez técnico.
La Fiscalía, representada por el fiscal jefe Agustín García y la asistente letrada Agustina Jarry, había pedido que el jurado declarara culpable a Sánchez por las tres agravantes. En su alegato, García sostuvo que la prueba permitió reconstruir cómo Azul ingresó a la vivienda del acusado durante la madrugada del 25 de septiembre de 2025, qué ocurrió allí y cuáles fueron las maniobras posteriores para ocultar el crimen.
La última imagen de Azul con vida la ubicó en la camioneta Ford Ranger blanca de Sánchez, que llegó hasta la casa de Copahue al 1100, en Neuquén. Según la reconstrucción presentada por la acusación, las cámaras registraron el ingreso durante la madrugada. Después, el acusado continuó con su rutina cotidiana, mientras la búsqueda de Azul todavía no había comenzado.
Para la Fiscalía, esa normalidad aparente contrastó con lo que ocurrió durante la madrugada siguiente, cuando Sánchez habría trasladado el cuerpo envuelto en un gazebo y atado con cuerdas y alambres hasta un canal de desagüe en el límite entre Neuquén y Plottier, a unos 16 kilómetros de su casa.
Azul permaneció desaparecida durante 19 días. Su cuerpo fue encontrado el 14 de octubre, cuando un vecino que paseaba a sus perras advirtió un olor nauseabundo y llegó hasta el lugar. La acusación sostuvo que el modo en que fue ocultado el cuerpo formó parte de una secuencia deliberada para esconder el crimen.
Las cámaras de seguridad, los registros de circulación de la camioneta, las manchas de sangre detectadas en la vivienda y en el vehículo, y las pericias criminalísticas fueron algunos de los elementos que la Fiscalía presentó para reconstruir los movimientos del acusado y la agresión dentro de la casa.
García rechazó la hipótesis defensiva de una reacción bajo emoción violenta. A su criterio, la continuidad de las actividades de Sánchez, el traslado del cuerpo y las maniobras para borrar rastros no se correspondían con una pérdida repentina del control. También cuestionó la versión de una agresión mutua y señaló que los informes médicos no encontraron lesiones recientes en el acusado que respaldaran esa explicación.
La cantidad y la distribución de las lesiones que presentaba Azul ocuparon un lugar central en los alegatos. La autopsia del médico forense Gerez determinó al menos 25 heridas de arma blanca, además de fracturas en el rostro, la mandíbula, las costillas y los antebrazos. Dos de las heridas comprometieron órganos vitales: el corazón y la aorta.
Para la Fiscalía y la querella, la agresión no se limitó a las lesiones que causaron la muerte. Las heridas defensivas en manos y brazos, la cantidad de puñaladas y las fracturas fueron presentadas como indicadores de una violencia que excedió lo necesario para matar.
El abogado querellante Fernando Gómez retomó el concepto de overkill, utilizado por los especialistas para describir una cantidad de lesiones muy superior a la necesaria para provocar la muerte. Según sostuvo, esa mecánica evidenciaba sufrimiento innecesario y debía ser valorada para acreditar el ensañamiento.
Gómez también destacó las fracturas en el rostro de Azul. Los peritos no pudieron determinar si se produjeron antes o después de la muerte debido al estado de descomposición del cuerpo. Sin embargo, para el querellante, esa limitación no impedía analizar el conjunto de la violencia ejercida.
"Le rompió la cara tres veces", afirmó durante su alegato. Y definió esas lesiones como "la marca indeleble del odio a la identidad y expresión de género".
La segunda dimensión central de la acusación fue el odio o prejuicio hacia la identidad de género. La Fiscalía sostuvo que ese agravante no podía analizarse únicamente a partir de la existencia de un encuentro sexual entre Sánchez y Azul, sino mediante el conjunto de la evidencia: el trato hacia la víctima, las expresiones discriminatorias incorporadas a la causa, la violencia desplegada y el modo en que fue tratado su cuerpo.
En ese planteo, los testimonios de la antropóloga Josefina Fernández, de la referente trans María Belén Correa y de trabajadoras sexuales permitieron contextualizar la discriminación y las condiciones de vulnerabilidad que atraviesan muchas mujeres trans, así como las situaciones de riesgo que pueden presentarse durante el trabajo sexual.
La querella, por su parte, puso el foco en la historia de Azul: su búsqueda de reconocimiento, el camino para acceder a su identidad registral y los proyectos que había empezado a construir. Gómez recordó que Azul había conseguido un trabajo estable y había iniciado el proceso para una cirugía que consideraba importante para su vida.
"Ninguna víctima viene a un juicio a rendir examen para que le reconozcan el derecho a no ser asesinada", dijo el abogado, al cuestionar los testimonios que durante el debate buscaron desacreditar a Azul por su identidad, su actividad laboral o sus decisiones personales.
Para la querella, el crimen no podía entenderse al margen de esa historia ni de las desigualdades de poder entre una trabajadora sexual expuesta a la vulnerabilidad económica y un cliente que la llevó a su propia casa.
"Desde mucho antes de llegar a esa esquina, Sánchez ya la había deshumanizado a Azul", sostuvo Gómez.
El tercer agravante, por mediar violencia de género, también fue defendido a partir de la relación desigual de poder y de los antecedentes de violencia atribuidos a Sánchez durante el juicio. La querella cuestionó la imagen de una persona pacífica que, según planteó, se había intentado construir desde algunos testimonios de la defensa.
Gómez consideró que la violencia ejercida contra Azul no debía ser presentada como un episodio aislado o una reacción circunstancial. Para sostenerlo, retomó declaraciones vinculadas con otros vínculos de Sánchez y las puso en relación con la agresión que terminó con la vida de Azul.
Las acusaciones también cuestionaron las maniobras posteriores al crimen y algunos testimonios ofrecidos por la defensa. La Fiscalía señaló contradicciones en las declaraciones de ciertas personas y recordó las comunicaciones telefónicas que, a su criterio, permitían observar intentos de condicionar relatos. Entre ellas estuvo la conversación en la que Carola Araneda, expareja del acusado, le indicó a su hija que no dijera ante la Fiscalía que Sánchez la golpeaba porque podía perjudicarlo.
Para la acusación, esos episodios debían ser considerados junto con la evidencia material, sin tomar de manera aislada los relatos que favorecían la versión defensiva.
El alegato de Gómez había cerrado con un pedido dirigido al jurado: que reconociera la responsabilidad de Sánchez y los tres agravantes. El abogado destacó el impacto que el crimen tuvo en la familia, las amigas y las compañeras de Azul, y recordó que ella había comenzado una etapa de su vida marcada por proyectos personales que quedaron truncos.
"La decisión es clara: el único mandato es pedirles justicia", había concluido.
Afuera de la sala, el juicio había sido acompañado por personas cercanas a Azul, integrantes del colectivo travesti-trans, trabajadoras del Centro de Atención a la Víctima donde ella trabajaba y organizaciones sindicales. Durante las jornadas, el reclamo por justicia atravesó tanto el desarrollo de las audiencias como las actividades de acompañamiento en Ciudad Judicial.
Con el veredicto de culpabilidad, el jurado dio por acreditada la responsabilidad penal de Roberto Daniel Sánchez por el homicidio de Azul Semeñenko y las tres agravantes que sostuvieron las acusaciones. La lectura puso fin a la deliberación popular, aunque todavía resta la instancia judicial en la que se determinará la pena.
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Fuente: LM Neuquén
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