Rosales advirtió sobre el uso "liviano" de los pedidos de intervención federal
La presidenta de la Corte de Justicia sostuvo que una intervención solo se justifica ante una verdadera gravedad institucional y pidió responsabilidad a los funcionarios públicos.

La presidenta de la Corte de Justicia sostuvo que una intervención solo se justifica ante una verdadera gravedad institucional y pidió responsabilidad a los funcionarios públicos.
La presidenta de la Corte de Justicia de Catamarca, María Fernanda Rosales, cuestionó el uso "liviano" de los pedidos de intervención federal a los poderes provinciales y consideró que ese tipo de planteos solo pueden realizarse cuando existen causales de extrema gravedad institucional debidamente acreditadas.
Durante una entrevista en el programa Fuego Cruzado, de Radio Ancasti, la magistrada remarcó que una intervención federal constituye una medida excepcional prevista por la Constitución y que su tratamiento corresponde al Congreso de la Nación, por lo que advirtió que no debe utilizarse como una herramienta de disputa política.
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"La utilización de estas gravedades institucionales livianamente, por cuestiones políticas o ajenas a la verdadera situación institucional de una provincia, nos tiene que llamar a la reflexión sobre nuestra responsabilidad", afirmó.
En ese sentido, sostuvo que los funcionarios públicos deben ser especialmente cuidadosos al referirse al funcionamiento de las instituciones, ya que "las personas confían o no en esas instituciones también de acuerdo a cómo nosotros planteamos las cosas". Si bien consideró que la crítica siempre es válida, insistió en que debe estar "fundada, ser constructiva y acorde a la gravedad de los planteos".
Rosales también explicó el procedimiento previsto para los pedidos de desafuero de funcionarios y aclaró que el inicio de ese trámite no implica un juicio de culpabilidad.
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Detalló que el proceso comienza con una denuncia por la presunta comisión de un delito. A partir de allí, el fiscal evalúa si existen elementos suficientes para requerir una investigación judicial y, de ser así, solicita la intervención del juez de Garantías. Este último analiza únicamente si corresponde avanzar con el procedimiento y eventualmente remitir el pedido a la Cámara correspondiente, mientras que la decisión sobre el desafuero queda en manos del Poder Legislativo.
"La investigación inicial no tiene que ver con determinar si la persona es culpable o no, sino con establecer si existen méritos suficientes para solicitar el desafuero y profundizar la investigación", explicó.
A título personal, la presidenta de la Corte opinó que cualquier funcionario acusado de un ilícito penal debería ponerse a disposición de la Justicia para ser investigado.
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"Si somos funcionarios públicos, deberíamos ser los primeros en someternos a la ley, a la Constitución y a los tratados internacionales", sostuvo.
Otro de los ejes de la entrevista estuvo centrado en el funcionamiento del sistema de protección de niños, niñas y adolescentes.
Rosales explicó que, ante una situación de vulneración de derechos, la primera intervención corresponde a la Secretaría de Familia, organismo que debe evaluar las medidas necesarias para preservar al menor dentro de su entorno familiar cuando ello sea posible. Posteriormente, los juzgados de Familia realizan el control de legalidad de esas decisiones.
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Asimismo, advirtió que no todos los municipios cuentan con sistemas locales de protección, situación que, a su entender, representa una vulneración de derechos al dificultar el acceso de niños y adolescentes a los mecanismos de asistencia.
También planteó la necesidad de avanzar en la implementación efectiva de la figura del abogado del niño, prevista por la legislación vigente, para garantizar una representación exclusiva de los intereses de los menores en situaciones de vulnerabilidad.
En relación con la difusión pública de casos que involucran a menores, Rosales sostuvo que informar es necesario, pero insistió en que debe hacerse de manera responsable y respetando la legislación vigente.
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Recordó que la ley prohíbe divulgar imágenes, identidades o datos que permitan identificar a niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos o situaciones de vulneración, ya que ello puede generar consecuencias permanentes.
"Comunicar responsablemente es lo mejor que nos puede pasar. Pero en esa comunicación no nos podemos llevar puestos a los niños, niñas y adolescentes. Ellos también tienen derechos", finalizó Rosales.
Fuente: El Ancasti
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