San Ignacio adhirió al programa para descontaminar y compactar vehículos abandonados
El municipio formalizó su incorporación al Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final (PRO.DE.CO.).

La Municipalidad de San Ignacio formalizó su adhesión al régimen nacional de descontaminación, compactación y disposición final de vehículos, mediante la promulgación de la Ordenanza VIII – N° 10, aprobada por el Honorable Concejo Deliberante y promulgada por el Ejecutivo municipal a través del Decreto N° 07en el Boletín Digital, fechado el 21 de julio de 2026.
La nueva ordenanza modifica el artículo 1° de la Ordenanza VIII – N° 09/2026 y establece que San Ignacio se adhiere a la Ley Nacional N° 26.348, al Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final (PRO.DE.CO.) y al Decreto Provincial N° 259/2015, mediante el cual la provincia de Misiones implementó el programa.
El Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Vehículos (PRO.DE.CO.) es un régimen destinado a resolver la acumulación de vehículos y motovehículos secuestrados, abandonados o que permanecen bajo custodia de organismos públicos y que, con el paso del tiempo, generan problemas de espacio, contaminación y seguridad.
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El procedimiento contempla distintas etapas: descontaminación de las unidades, compactación y disposición final de los materiales resultantes. De esta manera, se busca retirar vehículos que ya no pueden ser reincorporados al tránsito y que permanecen depositados durante largos períodos en predios municipales o estatales.
La aplicación del programa también apunta a reducir el impacto ambiental generado por la acumulación de chatarra, evitar la proliferación de focos contaminantes y liberar espacios utilizados como depósitos de vehículos.
A partir de esta adhesión, el Departamento Ejecutivo Municipal queda autorizado a llevar adelante las acciones de descontaminación, compactación y disposición final de vehículos y motovehículos comprendidos en la normativa, de acuerdo con las disposiciones nacionales y provinciales vigentes.
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La Ordenanza VIII – N° 10 fue sancionada por el Concejo Deliberante en la sesión del 8 de julio de 2026, según consta en el Acta N° 1164/2026. Posteriormente, el intendente municipal procedió a su promulgación al no haberse formulado observaciones sobre la norma.
El resto de las disposiciones establecidas en la Ordenanza VIII – N° 09/2026 se mantienen vigentes sin modificaciones.
Fuente: Primera Edición
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