San Ignacio prohíbe circular a vehículos con escapes libres y modificados en el ejido urbano
La ordenanza municipal prevé multas para los infractores que van desde los 121 mil hasta los 485 mil pesos.

La Municipalidad de San Ignacio puso en vigencia una nueva normativa que prohíbe la circulación dentro del ejido municipal de motovehículos, automotores y cualquier vehículo a motor que utilice escapes antirreglamentarios.
La medida fue establecida mediante la Ordenanza XVI – N° 10, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 26 de agosto de 2026 y promulgada por el Ejecutivo municipal a través del Decreto N° 08, del 3 de septiembre y publicada en el Boletín Digital.
La norma alcanza a los vehículos que circulen con escapes sin silenciador, libres, adulterados, modificados, no homologados o defectuosos. Entre las situaciones contempladas se encuentran los sistemas de escape a los que se les hayan retirado o alterado componentes internos, aquellos que presenten perforaciones, adaptaciones, válvulas o dispositivos que modifiquen el nivel sonoro, y también los escapes que no cuenten con la correspondiente homologación o que estén destinados exclusivamente a competencias deportivas.
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Las sanciones económicas fueron establecidas en Unidades Fijas (UF), equivalentes al valor de un litro de nafta Premium de YPF.
Además de la multa, la normativa establece la retención preventiva del vehículo y el traslado a un lugar de resguardo a disposición del Juzgado de Faltas local. Una vez comprobada la infracción, el juez podrá ordenar el decomiso y posterior inutilización o destrucción del escape antirreglamentario.
Para recuperar el vehículo, el titular o legítimo poseedor deberá acreditar el pago de la multa y de los gastos de acarreo y estadía que correspondan, presentar la documentación exigida para circular, entregar el escape decomisado y demostrar la instalación de un escape reglamentario, original u homologado.
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La ordenanza también establece que, si el cambio no puede realizarse en el lugar de resguardo, el vehículo podrá ser trasladado a un taller habilitado, pero no podrá salir circulando en infracción.
La nueva normativa también incorpora un componente preventivo: dispone campañas continuas de concientización sobre contaminación acústica y seguridad vial, e incorpora contenidos sobre los efectos del ruido urbano y la normativa vigente como requisito para la obtención o renovación de la licencia de conducir. Se exceptúan, previa autorización, las exhibiciones, muestras, eventos deportivos o de colección debidamente habilitados.
Con esta ordenanza, San Ignacio deroga además la Ordenanza N° 28/2014 y establece un régimen actualizado para controlar los escapes que generan contaminación acústica y afectan la circulación urbana.
Fuente: Primera Edición
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