Santa Fe prorrogó el plan de pago de impuestos provinciales: cómo adherirse
El gobierno provincial extendió el plan especial para regularizar deudas tributarias. En esta nota, cuáles son los beneficios y los diferentes tipos

El gobierno provincial extendió el plan especial para regularizar deudas tributarias. En esta nota, cuáles son los beneficios y los diferentes tipos
Foto: La Capital / Archivo
Más de 15.700 contribuyentes se adhirieron al plan especial de pago de deudas tributarias provinciales.
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El gobierno de Santa Fe prorrogó hasta el 30 de septiembre el Plan Especial de Facilidades de Pago de Tributos de Emisión Provincial, que inicialmente vencía el 31 de julio. La medida busca que más contribuyentes puedan regularizar sus deudas impositivas en condiciones preferenciales y forma parte de la política de alivio fiscal que impulsa la administración provincial.
La decisión quedó formalizada luego de la alta adhesión que registró el programa desde su puesta en marcha, según informaron el Ministerio de Economía y la Administración Provincial de Impuestos (API).
El régimen permite regularizar deudas vencidas hasta el31 de marzo de 2026 correspondientes a Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural, Patente Única sobre Vehículos, Impuesto de Sellos y el Instituto Becario.
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El plan también contempla intereses y multas. En el caso de los agentes de retención y percepción, permite regularizar exclusivamente intereses y multas, siempre que el capital ya haya sido ingresado.
El programa ofrece financiación de hasta 36 cuotas y beneficios especiales para contribuyentes cumplidores, que pueden acceder a planes de hasta 12 cuotas sin interés.
La iniciativa se enmarca en las medidas de alivio fiscal que el gobierno local implementó durante 2026 para reducir la presión tributaria y acompañar a familias, comercios y empresas en un contexto de desaceleración económica.
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Los datos preliminares de API muestran que la mayor cantidad de contribuyentes utilizó el plan para regularizar deudas de Patente Automotor.
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El detalle de las adhesiones es el siguiente:
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Plan A
Dirigido a familias con hasta dos inmuebles o dos vehículos registrados y a pequeños y medianos contribuyentes. Con un total de 17.054 adhesiones, se enmarcan 10.192 para el caso de Patente Automotor, 4.023 por Impuesto Inmobiliario, 2.829 por Ingresos Brutos y 10 por Impuesto de Sellos.
Plan B
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Destinado a contribuyentes con más de dos inmuebles o dos vehículos registrados. Las adhesiones registradas hasta la fecha fueron 5.072. Estas fueron 2.815 por Patente Automotor, 2.245 por Impuesto Inmobiliario, 10 por Ingresos Brutos y 2 por Impuesto de Sellos.
Plan C


El plan está orientado a grandes contribuyentes. Fueron 182 las adhesiones: 171 de Patente Automotor, 6 de Ingresos Brutos y 5 de Impuesto Inmobiliario.
Plan D
Destinado a empresas con deudas en discusión administrativa o judicial. De las 152 adhesiones, 69 correspondieron a la Patente Automotor, 44 por Ingresos Brutos y 39 por Impuesto Inmobiliario.
Además, el régimen incorpora un plan específico para prestadores de servicios asistenciales para personas con discapacidad, quienes pueden cancelar sus obligaciones en hasta 36 cuotas con una tasa de interés del 0%.
La adhesión se realiza de forma online a través del portal de Gestiones Ciudadanas del Gobierno de Santa Fe.
Paso 1: generar la liquidación de la deuda
El contribuyente debe ingresar al portal y emitir la liquidación del impuesto que desea regularizar.
Paso 2: elegir el Plan Especial de Pago
Una vez emitida la liquidación, el sistema habilita la opción "Plan Especial de Pago 2026", donde el contribuyente puede seleccionar la cantidad de cuotas, consultar el monto financiado, el valor de cada cuota y el cronograma de vencimientos.
Paso 3: completar la solicitud
Antes de confirmar la adhesión será necesario informar el carácter invocado (titular, presidente, socio gerente, apoderado u otro) junto con el correo electrónico, el teléfono de contacto y el CBU.
Al finalizar el trámite, el sistema permitirá descargar la solicitud del convenio de pago y el comprobante correspondiente a la primera cuota.
El pago inicial podrá realizarse en entidades habilitadas o mediante tarjeta de débito, tarjeta de crédito o transferencia inmediata (Debin) a través de PlusPagos. Las cuotas restantes se debitarán automáticamente de la cuenta bancaria informada por el contribuyente.
Un estudio jurídico impulsó la primera resolución favorable a nivel local para completar el trámite a pesar de los nuevos límites de la ley Tajani
Por Nachi Saieg
Por Elbio Evangeliste
Fuente: La Capital
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