Sobreseyeron a una obereña que fue acusada de convocar a un cacerolazo en plena pandemia
Alicia Raquel Arruda fue acusada de "intimidación pública" por publicaciones en Facebook en abril de 2020, en medio de las restricciones por la pandemia de COVID-19. Tras seis años de proceso, la justicia concluyó que su accionar no constituyó un delito.

En una resolución que marca un precedente sobre los límites de la libertad de expresión en tiempos de crisis, el Juzgado de Instrucción 7 de Posadas dictó el sobreseimiento total y definitivo de la obereña Alicia Raquel Arruda (42), quien había sido acusada de "intimidación pública" por publicaciones en redes sociales durante la cuarentena obligatoria de la pandemia de COVID-19.Arruda, quien actualmente reside en la Ciudad de Buenos Aires, fue investigada por convocar a un cacerolazo a través de la red social Facebook el 1 de abril de 2020, cuando regía el aislamiento social obligatorio. La denuncia surgió por un "patrullaje virtual" de la División Cibercrimen de la Policía de Misiones y las autoridades consideraron que sus mensajes podían haber generado temor social y alterado el orden público.Arruda, sin antecedentes penales, primero se abstuvo de declarar y luego, en junio de 2021, prestó declaración acompañada por su defensor, Horacio Jorge Wall.
La defensa argumentó que los hechos no constituían delito alguno y solicitó el sobreseimiento.Tras analizar las pruebas, principalmente las publicaciones, el juez concluyó que el accionar de Arruda no reunía los elementos necesarios para configurar los delitos de intimidación pública ni de incitación a la violencia colectiva. Fundamentos En la resolución del pasado 6 de agosto, se cita que "tras realizar una exhaustiva valoración de las pruebas incorporadas en las presentes actuaciones, más precisamente las publicaciones realizadas por la investigada en las redes social Facebook, estimo que su contenido no reúne los elementos típicos específicos para que el o los delitos mencionados sean configurados".Asimismo, se asienta que "la conducta realizada por la imputada se encuentra plenamente amparada por la libertad de expresión y el derecho de reunión, protegidos por nuestra Constitución Nacional y por Tratados Internacionales, careciendo por completo de la lesividad y antijuricidad que el derecho penal exige para criminalizarla".El magistrado ponderó el principio "in dubio pro reo", instancia en la que la duda beneficia al acusado, aclarando que en "la conducta de la Sra.
Arruda queda descartada de cualquier tipicidad penal".El fallo ordena comunicar la decisión a las autoridades correspondientes y archivar la causa una vez que la medida quede firme. La resolución judicial destaca la importancia de resguardar los derechos fundamentales, incluso en situaciones excepcionales."Nunca llamé a un cacerolazo"Notificada del fallo, esta tarde Alicia Raquel Arruda realizó un posteo en Facebook contando sus sensaciones. "Lástima que mi viejita se haya ido sin poder leer esta noticia.
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Cuánto me hubiese gustado compartirla con ella, abrazarla y decirle: Mamá, después de seis años, finalmente llegó este momento.
Murió con el dolor de tenerme lejos, a 1.000 kilómetros, y con el peso de escuchar que algunas personas -incluso quizás aquellas a quienes más ayudé en mi vida- hablaran de mí sin conocer realmente lo que ocurrió", escribió.Y continuó: "Esperé seis años este sobreseimiento.
Y, sin embargo, hoy no siento la felicidad que imaginé tantas veces, porque leo una resolución cuya interpretación de los hechos está muy lejos de la verdad que yo viví.
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Jamás pondría deliberadamente a una población en riesgo de salud"."Quienes me conocen de verdad saben quién soy.
Trabajé toda mi vida ayudando a quienes más lo necesitaban.
Mi vida siempre estuvo atravesada por la protección, el cuidado y el amor.
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Me duele profundamente ver cómo, a veces, la fuerza de seguridad y la Justicia pueden terminar siendo utilizadas para intereses que poco tienen que ver con la verdad y mucho con los intereses de unos pocos", señaló.
Fuente: El Territorio
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