"Su muerte pudo haberse evitado": la Corte Suprema destacó el fallo por el femicidio de Florencia Romano
El asesinato de la adolescente de Maipú, ocurrido en 2020, forma parte del Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026 realizado por la Oficina de la Mujer al abordar el tema de la responsabilidad civil del Estado por no haber actuado antes del ataque. Mendoza debió pagar a…

El asesinato de la adolescente de Maipú, ocurrido en 2020, forma parte del Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026 realizado por la Oficina de la Mujer al abordar el tema de la responsabilidad civil del Estado por no haber actuado antes del ataque. Mendoza debió pagar a la familia de la niña de 14 años la suma de $100 millones.
El Gobierno pagó $ 100 millones a la familia de Florencia Romano por su femicidio. Fotos: Mariana Villa / Los Andes
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La sentencia civil que condenó a Mendoza por el asesinato de Florencia Romano (14) forma parte de una suerte de selección de fallos sobre femicidios que publicó la Corte Suprema de la Nación.
El recordado caso de la adolescente asesinada en Maipú en 2020, que tuvo repercusión nacional no sólo por la brutalidad del crimen sino por el deficiente accionar policial, integra el "Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026" realizado por la Oficina de la Mujer del máximo tribunal del país, representando un caso de responsabilidad civil del Estado —en este caso el provincial— por el deficiente funcionamiento del servicio de emergencias 911: mientras la menor estaba siendo atacada en la casa del agresor, un vecino llamó al Centro de Operaciones para denunciar la situación y una auxiliar de policía no comunicó la novedad a sus superiores.
La Oficina de la Mujer tomó el caso mendocino caratulado "M. C. T., R. J. A., y R. M. M. A. c/ Estado de la Provincia de Mendoza p/ cuestiones derivadas de la responsabilidad civil" del Tribunal de Gestión Asociada Tercero, con sentencia firme.
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Y lo resumió de la siguiente manera: "Ante un caso de femicidio, los padres de la menor víctima demandaron por daños y perjuicios a la Provincia de Mendoza.
Relataron que, mientras su hija estaba siendo atacada, un vecino llamó al Centro de Operaciones 911 para denunciar el delito, siendo atendido por una auxiliar de policía quien no dio curso a la llamada. En la demanda se discutió la responsabilidad del Estado y la relación causal entre la conducta omisiva de la agente policial y el daño causado.
El Tribunal resolvió condenar a la demandada a indemnizar a los padres de la víctima y mencionó que 'la responsabilidad del Estado ha sido debidamente acreditada. Ha existido una omisión antijurídica al no observarse el cumplimiento de una manda legal expresa dispuesta en los Protocolos de actuación del CEO, lo dispuesto en la ley 6722 (art. 46) y el Art. 7 de la Convención de Belén do Pará".
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Por último, expresó que 'se verifica en el caso nexo adecuado de concausalidad con el daño que invocan los accionantes en tanto, de haberse dado curso a la llamada telefónica, muy probablemente la muerte de F. se habría evitado".
En abril de 2023, el Gobierno de Mendoza, en un acuerdo de partes con los abogados de la familia Romano —Cristian Vaira Leyton y Agustín Magdalena—, decidió pagar la suma de $12 millones de pesos a los padres de Florencia Romano a modo de indemnización por la responsabilidad que tuvo en este caso de este femicidio.
En el fuero penal, el autor del crimen —Pablo Arancibia— fue condenado a prisión perpetua. Además, en octubre de 2021, la auxiliar de la Policía de Mendoza Soledad Herrera—la mujer que ignoró la llamada al servicio de emergencias— fue condenada a 3 años de cárcel en suspenso durante un juicio abreviado en el que se declaró culpable.
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A fines del 2020, el femicidio de Florencia Romano causó gran consternación en Mendoza. El 12 de diciembre, la adolescente fue a la casa de Pablo Arancibia —a quien había conocido recientemente por redes sociales—, en Maipú. Tras su desaparición, su cuerpo fue hallado una semana después. La investigación determinó que Arancibia la golpeó, ahorcó y degolló en su vivienda, intentando luego quemar el cuerpo con ayuda de un conocido.
La misma tarde en que Florencia fue asesinada por Arancibia, en los instantes previos al ataque, otro hombre que vivía en las inmediaciones del callejón Berra llamó al servicio de emergencias para avisar de urgencia que estaba escuchando gritos de una chica en la cuadra. El hombre, nervioso, intentó avisarle a la operadora del servicio de emergencias Verónica Herrera lo que estaba oyendo. Sin embargo, la mala calidad de la llamada —se entrecortaba—, los nervios del vecino que había llamado y el hecho de que el callejón Berra no figurara geolocalizado en el sistema llevaron a que Herrera cortara la llamada.
El "Compendio de Jurisprudencia sobre Femicidios 2026" reúne 24 sentencias dictadas entre 2020 y 2025, seleccionadas a partir de casos que constan en el Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (2017-2024).
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Su objetivo es mostrar cómo los tribunales del país aplican la perspectiva de género y los estándares nacionales e internacionales en casos de femicidio.
La mayoría de los casos concluyen con condenas por homicidio agravado por el vínculo y/o por haber sido cometidos mediando violencia de género, imponiéndose generalmente la pena de prisión perpetua.
Además, hay tres causas en las que se analiza la responsabilidad civil del Estado y se condena a las provincias de Mendoza, Salta y Tucumán (y a un ex juez, en este último caso), por no haber actuado antes del ataque.
En las distintas sentencias se destaca la importancia del contexto de violencia de género. Los tribunales sostienen que el femicidio no se determina solo por la muerte de una mujer, sino por la existencia de un contexto previo de dominación, control, amenazas, violencia física o psicológica, celos, hostigamiento o relaciones desiguales de poder.
También se hace hincapié en la valoración de la prueba. Incluso cuando no existen testigos directos, las condenas pueden fundarse en pruebas indiciarias, antecedentes de violencia, denuncias previas, pericias y el comportamiento del agresor antes y después del hecho.
Las sentencias aplican la Convención de Belém do Pará, la CEDAW, la Ley 26.485 y la Ley Micaela, y se destaca la obligación del Poder Judicial de investigar y juzgar estos hechos con perspectiva de género.
Además, el Compendio remarca que, en investigaciones por femicidio, los jueces deben extremar los recaudos para garantizar el acceso a la justicia y evitar decisiones arbitrarias que pidan el esclarecimiento de los hechos.
Fuente: Los Andes
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