Súper Niño: convierten en ley el arresto y las multas millonarias por arrojar basura a canales en Mendoza
El Senado provincial dio sanción definitiva al proyecto de ley que endurece las multas para quienes arrojen basura en la vía pública.

El Senado provincial dio sanción definitiva al proyecto de ley que endurece las multas para quienes arrojen basura en la vía pública.
Personal de la Municipalidad de Capital recoge residuos de canales aluvionales en el marco del plan de prevención del Súper Niño
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En el marco del plan preventivo por el fenómeno del Súper Niño, el Senado de Mendoza le dio sanción final a un proyecto de modificación al Código Contravencional que establece el endurecimiento de multas hasta el arresto para quienes contaminen canales, zanjones y acequias.
La iniciativa reunió proyectos impulsados por el peronismo y Cambia Mendoza, puntualmente de los diputados Gustavo Perret (PJ), Franco Ambrosini (UCR) y la exlegisladora Cecilia Rodríguez (UCR).
El intendente de Capital, Ulpiano Suárez, reimpulsó la iniciativa en el marco del Súper Niño y el oficialismo aceleró su tratamiento en las últimas semanas, tomando el texto original de Perret como principal, por lo que logró aprobación por unanimidad en ambas cámaras.
La ley fue remitida al Poder Ejecutivo para su promulgación y se complementa con el proyecto enviado a la Legislatura por el gobernador Alfredo Cornejo para declarar la emergencia por riesgo hidrometeorológico y climático en todo el territorio provincial durante 180 días.
El proyecto de ley se aprobó por unanimidad en el Senado
La ministra de Seguridad y Justicia, Mercedes Rus, celebró la sanción final y sostuvo: "El que ensucia, paga. Y ahora, además, repara el daño".
Además sostuvo que "esto hace al sistema de seguridad y emergentología de la Provincia" y puso en valor que "lo recaudado por estas multas será destinado a los Bomberos Voluntarios con certificado de operatividad".
Por su lado, el intendente Suárez manifestó: "Esto no tiene banderas políticas, y está bien que así sea. Tener las acequias y los canales limpios va más allá de que la ciudad se vea linda o de cuidar el ambiente: ante la posibilidad de que aumenten las lluvias con el fenómeno de El Niño, es también una cuestión de seguridad para los mendocinos".
"Contaremos con una muy buena herramienta para que, junto a los demás intendentes, podamos profundizar el cuidado de nuestros cauces y de nuestros vecinos en toda la provincia", agregó el jefe comunal de Capital.
Uno de los cambios alcanza al artículo 127 del Código Contravencional, referido al cuidado de la higiene de bienes públicos y privados. La norma contempla vías, plazas, paseos, parques, senderos, puentes, acequias, canales, colectores y cursos de agua, además de los frentes, viviendas y terrenos.
Para quienes arrojen o acumulen escombros, residuos, malezas, aguas servidas o metales, la nueva legislación establece multas de entre 1.000 y 2.000 Unidades Fijas. De acuerdo con el valor vigente durante este año, representan aproximadamente entre $600.000 y $1,2 millones.
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Pero la sanción no quedará limitada a la multa. La reforma incorpora la posibilidad de arresto de 10 a 20 días y hasta 30 días de trabajo comunitario destinado a tareas de limpieza. Además, quienes sean sancionados deberán afrontar los costos que demande la limpieza, remoción y traslado de los residuos.
Cuando la infracción sea cometida por un menor de edad, la responsabilidad será solidaria de sus padres, madres, tutores o guardadores, bajo las condiciones establecidas por la normativa.
La principal novedad de la reforma es la incorporación del artículo 138 quinquies, que establece una protección específica para la infraestructura hídrica y de drenaje de Mendoza.
La disposición alcanza a canales, colectores, acueductos, cauces de agua, cauces aluvionales, hijuelas, acequias, obras de toma, derivaciones y otras instalaciones destinadas al drenaje pluvial.
La norma sanciona el depósito o arrojo de residuos, escombros, malezas, aguas servidas, efluentes contaminantes, objetos o metales que puedan provocar obstrucciones, contaminación, desbordes o daños.
En estos casos, las multas serán más elevadas: irán de 1.500 a 3.000 Unidades Fijas, que actualmente equivalen aproximadamente a entre $900.000 y $1,8 millones. También podrá aplicarse arresto de 15 a 25 días y 25 días de trabajo comunitario de limpieza.
Limpieza de residuos del canal Papagayos por parte de empleados municipales de Ciudad.
Un punto central es que la contravención quedará configurada por el solo hecho de realizar la conducta prohibida. Es decir, no será necesario que efectivamente se produzca un desborde o daño en la infraestructura para que pueda aplicarse la sanción.
Además, el infractor deberá hacerse cargo de los costos de limpieza, remoción, traslado y saneamiento que sean necesarios.
Durante el tratamiento en el recinto, la senadora Yamel Ases (UCR), presidenta de la comisión de Ambiente, defendió la reforma y planteó que el cuidado de la red de conducción de agua en Mendoza excede la cuestión ambiental y tiene impacto sobre la seguridad y el orden público.
La ley también incorpora sanciones específicas para las personas jurídicas cuando las infracciones sean cometidas en el marco de actividades realizadas en nombre, interés o beneficio de una empresa.
En esos casos, las multas serán de entre 5.000 y 10.000 Unidades Fijas, equivalentes actualmente a unos $3 millones y $6 millones. A esa sanción podrán sumarse otras medidas, como el decomiso, la clausura o la inhabilitación del comercio, según corresponda.
La responsabilidad de la empresa será independiente de la que pueda recaer sobre la persona que haya cometido materialmente la infracción o sobre quienes hayan actuado como representantes.
Otro de los cambios está directamente relacionado con el contexto que motivó el tratamiento de la ley: las contingencias climáticas y el riesgo de desbordes.
La reforma establece que, cuando las conductas sancionadas se produzcan durante alertas o emergencias hidrometeorológicas o estados de catástrofe declarados formalmente por la autoridad competente, se duplicarán los mínimos y máximos de las multas.
El fenómeno del Súper Niño anticipa fuertes tormentas en Mendoza. Archivo / Imagen ilustrativa
La medida busca desalentar especialmente el depósito de residuos y objetos en canales, colectores y cauces aluvionales durante períodos en los que aumenta el riesgo de lluvias intensas, desbordes e inundaciones. Durante el debate, Ases resumió el objetivo de la modificación con una frase: "el que contamina paga".
La ley también establece un mecanismo para destinar parte de los recursos obtenidos a través de las multas a los cuerpos de Bomberos Voluntarios de Mendoza que cuenten con certificado de operatividad vigente.
Los fondos serán distribuidos anualmente entre los distintos cuerpos, de acuerdo con los criterios que establezca la reglamentación.
El mecanismo no alcanza únicamente a las nuevas sanciones por contaminación e infraestructura hídrica. También contempla recursos provenientes de otras contravenciones previstas en el Código, como las relacionadas con la portación de objetos aptos para agredir en encuentros deportivos, el suministro de pirotecnia a menores, el incumplimiento del deber de vigilancia sobre menores y el encendido de fuego que genere peligro de incendio sin que llegue a producirse.
Durante el debate en el Senado, el justicialista Mauricio Sat anticipó el acompañamiento de su bloque y vinculó la aprobación con la necesidad de contar con herramientas para afrontar eventuales contingencias meteorológicas.
Fuente: Los Andes
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