Transferencias: los montos que bancos y billeteras reportarán a ARCA
Los bancos y las plataformas digitales deben informar determinados movimientos a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo puede cruzar esos datos con los ingresos y la actividad declarada para detectar eventuales inconsistencias.

Los bancos y las plataformas digitales tienen que reportar determinados movimientos a la Agencia de Recaudaci�n y Control Aduanero (ARCA) cuando alcanzan los valores establecidos por la normativa vigente.
Para las personas f�sicas, el monto informado es de $50 millones mensuales, mientras que para las personas jur�dicas alcanza los $30 millones mensuales. Los valores se calculan sobre los movimientos acumulados durante el mes.
Estos l�mites alcanzan tanto a las cuentas bancarias tradicionales como a las billeteras virtuales. Superar el monto establecido no significa que exista una irregularidad, sino que la entidad queda obligada a informar el movimiento al organismo fiscal.
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A partir de los datos recibidos, ARCA puede comparar los movimientos con la facturaci�n, los ingresos declarados y las declaraciones juradas del contribuyente.
Si el organismo encuentra diferencias relevantes entre la actividad declarada y el dinero que circula por las cuentas, puede solicitar documentaci�n para explicar el origen de los fondos e iniciar las inspecciones correspondientes.
Adem�s de las transferencias y acreditaciones, el r�gimen contempla otros movimientos financieros. Para los retiros de efectivo, el l�mite informado es de $10 millones, tanto para personas f�sicas como jur�dicas.
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En el caso de plazos fijos e inversiones burs�tiles, el l�mite es de $100 millones para personas f�sicas y $30 millones para empresas.
Cuando detecta una operaci�n que no coincide con los ingresos o la actividad registrada, ARCA puede solicitar documentaci�n que permita demostrar de d�nde provino el dinero.
Entre los comprobantes que pueden ser requeridos figuran facturas por venta de bienes o prestaci�n de servicios, recibos de honorarios profesionales, escrituras o boletos de compraventa de inmuebles y documentaci�n vinculada con la venta de veh�culos.
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Tambi�n pueden solicitarse contratos o comprobantes de pr�stamos formalizados y certificaciones contables que acrediten la procedencia de los fondos.
Por eso, ante una operaci�n importante y puntual, resulta relevante conservar la documentaci�n relacionada con el movimiento. La informaci�n publicada se�ala adem�s que dividir artificialmente una suma elevada en m�ltiples transferencias peque�as no necesariamente evita controles, ya que las plataformas pueden detectar movimientos repetidos y solicitar explicaciones sobre su origen.(IProfesional)
Fuente: Diario Nuevo Día
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